Introduccion Al Estudio Del Derecho
onebeatbox10 de Octubre de 2011
4.859 Palabras (20 Páginas)699 Visitas
NTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO.
DERECHO: La palabra proviene del vocablo latino “DIRETUM”, que significa: no apartarse del buen camino.
Es el conjunto de normas jurídicas creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso del incumplimiento esta prevista una sanción judicial.
* EL CONTENIDO DEL DERECHO: El derecho se nos presenta como un sistema de reglas de conducta de carácter obligatorio, impuesto por la autoridad, la cual asegura su eficacia amenazando con sanciones a los infractores y en ocasiones, forzando a su cumplimiento hasta vencer la resistencia del rebelde.
* LA MISION DEL DERECHO: Consiste en señalar a cada cual sus derechos, sus facultades y obligaciones, es decir, ¿qué es lo suyo? ¿Qué es lo que puede hacer cada cual? ¿Qué es lo que debe hacer cada uno?
* LA UTILIDAD DEL DERECHO: Es la de servir para organizar la convivencia social humana dentro de cierto grado de armonía, garantizando la paz, la seguridad y el orden social sobre las bases de equidad y justicia.
Claro esta que la existencia del derecho no logra evitar los conflictos humanos, pero si disminuye su numero y da las bases necesarias para la solución de los que inevitablemente se presenten.
* DERECHO POSITIVO: Es el conjunto de normas jurídicas que tienen fuerza obligatoria en un momento y lugar determinado, aun en el caso de que hayan dejado de estar vigentes.
* DERECHO VIGENTE: Es aquel que realmente rige en un momento determinado al grupo social y que no ha sido Derogado (norma jurídica que a perdido parcialmente su vigencia), ni Abrogado (norma jurídica que ha sido privada totalmente de su vigencia).
Para entender y arribar este concepto es imprescindible conocer el significado de la palabra norma, es decir, puede usarse en dos sentidos:
SENTIDO LATO SENSU (SENTIDO AMPLIO): Se aplica a toda regla de comportamiento obligatoria o no.
SENTIDO ESTRICTU SENSU (SENTIDO ESTRICTO): Corresponde a lo que impone deberes o confiere derechos.
DEBER: Todo deber es deber de alguien, es impuesto por un imperativo y deber de un sujeto, el cual recibe el nombre de obligado, esto es, la persona que debe realizar u omitir la conducta ordenada o prohibida por el precepto.
LEYES SOCIALES: Son mandatos a la conducta humana, a la cual moldea señalándole directrices; constituyen el llamado mundo normativo del deber ser, que comprende los principales campos del obrar del hombre, por lo cual existen Normas Jurídicas, Normas Morales, Normas Religiosas y Normas del Trato Social.
• NORMAS JURIDICAS O DEL DERECHO: Tienen como objeto la regulación de la conducta para con los demás, a fin de organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando las bases para su solución. encontramos tales normas en los códigos, leyes, reglamentos, decretos, etc.
• NORMAS MORALES: Tienen por finalidad el orientar al hombre hacia el bien, hacia la pureza, invitándolo a practicar el bien y a evitar el mal. Estas normas las encontramos en el trato moral.
• NORMAS RELIGIOSAS: Se suponen elaboradas e impuestas por la divinidad y regulan la conducta del hombre señalándole sus deberes para con Dios, para consigo mismo, y para con sus semejantes. Estas reglas las encontramos en los libros sagrados de la religión correspondiente (La Biblia, El Coran, El Talmud).
• NORMAS DEL TRATO SOCIAL: Tienen por objeto hacer más llevadera la convivencia en sociedad y evitar situaciones bochornosas, ya que se refieren a la urbanidad, al decoro, a la cortesía, al vestido, etc., estas las encontramos en los códigos de honor, las reglas de etiqueta, etc.
C A R A C T E R I S T I C A S :
• AUTONOMÍA: Facultad de gobernarse por sus propias leyes.
• HETERONOMIA: Estar sometido a la autoridad o mandato de otro.
• INTERIORIDAD: Motivos internos, la conducta, propósitos, etc.
• EXTERIORIDAD: Le interesan primordialmente las manifestaciones externas, las acciones, los resultados, etc.
• UNILATERALIDAD: Impone deberes a una sola persona.
• BILATERALIDAD: Impone deberes y obligaciones a ambas personas.
• INCOERCIBILIDAD: No se cumple por medio de la fuerza.
• COERCIBILIDAD: Se obliga a viva fuerza.
" CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS "
NORMAS JURIDICAS:
• HETERONOMIA: Significa estar sometido a la autoridad o mandato de otro.
• EXTERIORIDAD: Le interesan primordialmente las manifestaciones externas de la conducta humana, el aspecto objetivo del comportamiento y en 2ndo lugar los móviles, propósitos, intenciones, etc.
• BILATERALIDAD: Sus normas tienen dos lados, dos aspectos, en la norma jurídica encontramos un derecho pero también una obligación..
• COERCIBILIDAD: Es la nota mas característica del derecho y consiste en la posibilidad de imponer el cumplimiento de sus mandatos a viva fuerza.
NORMAS MORALES:
o AUTONOMÍA: Existe autonomía en aquello que se gobierna por sí mismo.
o INTERIORIDAD: Es aquella que le importa preferentemente los motivos internos de la conducta, intenciones, propósitos, quedando en 2ndo termino las acciones, resultados, lo exterior.
o UNILATERALIDAD: Consiste en que sus normas solo imponen deberes a los sujetos, pero no facultan a nadie para exigir de los obligados el cumplimiento de aquellas.
o INCOERCIBILIDAD: No puede hacerse cumplir por medio de la fuerza, deben ser obedecidos de manera espontánea.
NORMAS RELIGIOSAS:
• HETERONOMIA: Por ser impuestas por la divinidad.
• INTERIORIDAD: Porque para ellas importa principalmente la intención y en 2ndo termino el resultado.
• UNILATERALIDAD: Solo prescriben deberes, pero no facultan a nadie para exigir su cumplimiento.
• INCOERCIBILIDAD: Son las que no son susceptibles de ser impuestas por medio de la fuerza, debiendo ser cumplidas de manera espontánea.
NORMAS DEL TRATO SOCIAL:
• HETERONOMIA: Son las impuestas por la sociedad en que se vive.
• EXTERIORIDAD: Puesto que lo que ellas demandan es una conducta exterior, aparente, aunque se obre por conveniencia, por hipocresía, etc.
• UNILATERALIDAD: Desde el momento en que imponen deberes u obligaciones, pero a nadie facultan para exigir su cumplimiento.
• INCOERCIBILIDAD: Porque sus disposiciones no pueden hacerse cumplir por medio de la imposición forzada.
PROCESOS DE FORMACION DEL DERECHO:
La expresión Fuente del Derecho se usa para designar el orden del derecho, es decir, la manera como el orden jurídico brota para su observancia.
Existen 3 clases de Fuentes del Derecho:
* FUENTES REALES: Son aquellos elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas, son todos aquellos fenómenos sociales que contribuyen a la formación del derecho.
* FUENTES FORMALES: Son los procesos de creación de las normas jurídicas, es decir, los hechos que dan a una norma el carácter del derecho: la ley, la costumbre, la doctrina, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.
* FUENTES HISTORICAS: Están integradas por todos aquellos documentos del pasado que contienen el texto de una ley.
PROCESO DE CREACIÓN DE LA LEY
* LEY: Es una norma de conducta dictada por el Poder Legislativo de carácter general, obligatoria, abstracta y sancionada por la fuerza. cuyas características son:
GENERALIDAD: Son generales porque se aplican a todas aquellas personas que se encuentran en un hecho determinado.
OBLIGATORIEDAD: Consiste en que esta necesariamente debe ser cumplida para tal caso, existen órganos judiciales que obligan a la observancia de la misma imponiendo sanciones a los infractores.
RETROACTIVA: Cuando se aplica a hechos que ocurrieron cuando regia otra disposición anterior. El Art. 14 const. establece que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. La ley puede aplicarse retroactivamente en los casos en que no perjudique a nadie.
El Proceso Legislativo consta de 6 fases:
* LA INICIATIVA: Es la facultad que tienen determinados órganos del estado para proponer ante el congreso (El Poder Legislativo) un proyecto de ley.
Dicha facultad pertenece en exclusiva, de acuerdo al Art. 71 const. federal:
• AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
• LOS DIPUTADOS Y SENADORES, AL CONGRESO DE LA UNION.
• LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS.
* LA DISCUSION: Es el acto de las cámaras, que consisten en examinar un proyecto o iniciativa de ley, polemizando sobre él para decidir por medio de la votación mayoritaria, si debe ser aprobada o no. Las iniciativas de ley deben ser discutidas sucesivamente en ambas cámaras, pudiendo comenzarse en cualquiera de ellas, salvo que se trate de proyectos sobre impuestos, contribuciones, reclutamiento de tropas, etc., pues en estos casos deberán ser discutidos primeramente en la cámara de diputados (Art. 72 const.).
La cámara donde se disputa en 1er lugar una iniciativa de ley, es llamada Cámara de Origen y a la que conoce en 2ndo termino se le designa Cámara Revisora.
* LA APROBACION: Consiste en dar a las cámaras su asentamiento o conformidad a una iniciativa de ley. La aprobación tiene lugar cuando la mayoría del miembro presente ha otorgado su voto afirmativo al proyecto que previamente se ha discutido.
Obtenida la aprobación en una de las cámaras (la de origen por supuesto), el proyecto deberá ser remitido a la cámara revisora para su discusión y en caso de ser también aprobado por esta, se enviará al representante del poder ejecutivo para los efectos de que se tratara enseguida.
*
...