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JUSTIFICACIÓN DEL ABORTO CUANDO SE SABE QUE EL NIÑO HOMOCIGOTO VIENE CON DOBLE GEN MUTANTE CONDROPLASMATICO


Enviado por   •  20 de Octubre de 2016  •  Ensayos  •  1.299 Palabras (6 Páginas)  •  393 Visitas

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PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN

JUSTIFICACIÓN DEL ABORTO CUANDO SE SABE QUE EL NIÑO HOMOCIGOTO VIENE CON DOBLE GEN MUTANTE CONDROPLASMATICO

PLANTEAMIENTO

Entendemos por acondroplasia al “síndrome autosómico dominante en el que se presenta una mutación específica en el gen que codifica para el receptor 3 del factor de crecimiento del fibroblasto (FGFR3), que se encuentra en el cromosoma 4. Anualmente afecta a uno de cada 26,000 nacimientos.” (Bol Med Hosp Infant Mex, 2012. Pág. 46.)

Está caracterizado por un acortamiento de los huesos largos con mantenimiento de la longitud de la columna vertebral, estas características dan un aspecto desarmónico que se caracteriza por: macrocefalia, piernas y brazos cortos y un tamaño normal del tronco, entre otras irregularidades fenotípicas.

Según la fundación Magar si “una persona acondroplásica se une con una persona normal, la probabilidad de que el hijo sea también acondroplásico es del 50%, cifra que sube al 75% si ambos padres lo son (en este caso, hay un riesgo del 2,5% de aparición de la acondroplasia homocigota, que suele ser letal al nacimiento.)”

Para intentar corregir este síndrome se utilizan métodos de alargamiento, uno de ellos consiste en el alargamiento simultáneo de tibia y fémur de un pie y luego del otro, mediante una condrodiastasis y callostasis.

Los resultados arrojan que la media de alargamiento en las extremidades inferiores es de 20-25 cm. No son partidarios del alargamiento de las extremidades superiores. Pero alguna de las complicaciones es que la secuenciación en las intervenciones obliga al paciente a completar el alargamiento, corriéndose el riesgo de que se presenten complicaciones médicas o psicológicas.

Cuando el feto solo cuenta con las características anteriores mencionadas es porque viene con un solo gen, y se dice que el embarazo es de bajo riesgo, pero se considera de alto riesgo cuando ambos progenitores tienen acondroplasia.

Las pruebas de laboratorio que se hacen es el estudio de ADN del feto a partir de las vellosidades coriónicas en la semana 10-12 del embarazo o del líquido amniótico obtenido por amniocentesis en la semana 16 a 18 del embarazo.  

Se ha encontrado que si dos padres acondroplasicos tienen un hijo y ambos transmiten el gen mutante, el niño homocigoto tendrá una esperanza de vida de apenas unas semanas.

¿CUÁL ES LA VÍA LEGAL DE LA JUSTIFICACIÓN PARA EL ABORTO DE PRODUCTOS DAÑADOS?

JUSTIFICACIÓN

En el código penal para el Estado de Nayarit nos dice el artículo 335. “ABORTO ES LA MUERTE DEL PRODUCTO DE LA CONCEPCION EN CUALQUIER MOMENTO DE LA PREÑEZ.”

Pero ¿qué ocurre con una anomalía que reduce la esperanza de vida del concebido, a horas, días, meses, a un año, antes de la edad adulta?, ¿hay que limitarse a no tener en cuenta las repercusiones de ese embarazo?, el feto es inapto para vivir aunque suene grotesco.

Solo causa una gran repercusión en las vidas de los padres, ya que el trauma que tiene una madre de tener en el vientre a su hijo durante 9 meses, sabiendo que al momento del parto es posible que a penas en cuanto logre verlo frente a frente él bebe fallezca. Esto solo le generaría problemas psicológicos para toda su vida, viviendo con el temor de que vuelva a suceder o lamentándose por creer que la culpa recae en ellos.

E inclusive él bebe al nacer suponiendo que se alarguen sus días de vida, solo viviría en agonía por los problemas que este síndrome le generen al nacer.

Este problema por más increíble que parezca, afecta a miles de parejas sin que ellos puedan tener otra alternativa, es por ello que se debe reflexionar acerca de este problema, tratando de que a esas víctimas se les pueda dar la alternativa de abortar, previniendo daños psicológicos y a la vez el que puedan optar por tomar otras alternativas como el adoptar.

OBJETIVO GENERAL

Hacer conciencia a la ciudadanía y a las autoridades correspondientes para reformar el artículo relacionado con el aborto,  y poder conseguir amparos para las personas que se encuentran en una situación de este síndrome.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1° Conseguir respuesta por parte del poder legislativo para conseguir justificar el aborto en caso del doble gen condroplasmático.

2° Concientizar a las personas para que puedan ver como una alternativa el aborto, para evitar consecuencias más graves.  

MARCO CONCEPTUAL

Autosómico: Un autosoma o cromosoma somático es cualquier cromosoma que no sea sexual. En el humano, los cromosomas del par 1 al 22 son autosomas, y el par 23 corresponde a los cromosomas sexuales X e Y, también llamados heterocromosomas o gonosomas. 

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