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Jerarquia De Leyes

leoxlyon24 de Mayo de 2015

4.003 Palabras (17 Páginas)593 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVADA

“GRAN MARISCAL DE AYACUCHO”

CATEDRA: INTRODUCCION AL DERECHO

ESTRUCTURA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO

Facilitadora:

Dra. Niurka Espinoza.

Participantes: C.I

Carvajal, Ángel 8.332.189

Rengel, Milagros 12.980.074

León, Fabiola 23.997.688

Barcelona, Febrero, 2015

INDICE

pp

Introducción 03

Ordenamiento Jurídico - Conceptos 04

Origen del Ordenamiento Jurídico 04

Carácter del Ordenamiento Jurídico 05

El Ordenamiento Jurídico como Sistema 05

Estructura del Ordenamiento Jurídico

Según Hans Kelsen 06

Pirámide Jerárquica del Orden Jurídico Venezolano 07

1er Plano de Legalidad 07

2do Plano de Legalidad 07

3er Plano de Legalidad 08

Elaboración de Leyes 15

Inconstitucionalidad 17

Ilegalidad 18

Producción Derivada del Derecho 18

Arbitrariedad 19

Poder Discrecional 19

Conclusión 21

Bibliografías 22

INTRODUCCION

Las normas jurídicas existen porque forman parte de un ordenamiento jurídico general. El orden Jurídico constituye una totalidad. De acuerdo a Richard Schmidt “los preceptos jurídicos individuales carecen de existencia en la vida real, pues todo precepto jurídico rige y obliga únicamente en relación mediata o inmediata con los demás que lo determinan, limitan o complementan”.

Ese ordenamiento jurídico se encuentra conformado por normas, que son aquellas que establecen qué conducta deben seguir los hombres en sus relaciones ante la sociedad. Dichas normas de conducta requieren ser declaradas aplicables a un caso o situación concreta, y ejecutadas, si es el caso, aun en contra de la voluntad de las partes y de allí surgen las denominadas normas de organización, las cuales determinan quienes y con qué procedimiento deciden lo que es derecho en lo fundamental y en el caso particular.

En este orden de ideas, expresa el Dr. Manuel García - Pelayo, que “todo ordenamiento jurídico se encuentra conformado por normas de conducta, las cuales deben ser precisadas, surgiendo como consecuencia las normas de organización”. Éstas se pueden clasificar a su vez en normas organizadoras de una situación jurídica particular y normas organizadoras del orden jurídico en su totalidad. Pues bien, las normas organizadoras del orden jurídico en su totalidad es lo que conforma el Derecho Constitucional, al que puede definirse así, como la ordenación de las competencias supremas de un Estado.

Así pues el material a continuación desglosará el tema: Ordenamiento Jurídico Venezolano, específicamente sobre su Estructura, Institucionalidad, Ilegalidad, Producción, Originaria y Derivativa del Derecho, Arbitrariedad y Discrecionalidad.

ESTRUCTURA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO.

ORDENAMIENTO JURIDICO.

CONCEPTOS.

- Es objeto de estudio de la Ciencia del Derecho que es conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento de Derecho positivo y del ordenamiento jurídico, conocimientos de los que, sistemáticamente estructurados, se deducen principios y leyes generales.

- Es un conjunto sistemático de reglas, principios o directrices a través de las cuales se regula la organización de la sociedad. Consiste en normas jurídicas que rigen en un lugar determinado en una época concreta. En el caso de los estados democráticos, el ordenamiento jurídico está formado por la Constitución del estado, que se rige como la norma suprema, por las leyes, por las normas jurídicas del poder ejecutivo, tales como los reglamentos, y otras regulaciones tales como los tratados, convenciones, contratos y disposiciones particulares.

ORIGEN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO

Existen al menos dos concepciones del origen del ordenamiento jurídico:

- La corriente normativa: Nos dice que el ordenamiento es un conjunto de normas que se entienden y que se rigen de acuerdo con una serie de juicios de valor, creencias y convicciones. Su base es el Iusnaturalismo (Es decir el Derecho Natural)

- La corriente institucional: Establece que el ordenamiento jurídico está formado por la sociedad, por los mecanismos que producen aplican y garantizan las normas, por todas las instituciones y los criterios de aplicación. Su base es Iuspositivismo (Es decir que es un conjunto de normas dictadas por los seres humanos (por el soberano), a través del Estado, mediante un procedimiento formalmente válido, con la intención de someter la conducta humana al orden disciplinario por el acatamiento de esas normas.)

CARACTERES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO

La autonomía. Significa éste carácter que, cada Estado dicta leyes para garantizar las reglas de convivencia social, es decir el Estado emite un Ordenamiento Jurídico para que los diferentes “conjuntos de reglas de convivencia” (Derechos) de cada nación (Pluralismo jurídico) que conformen un Estado sean cumplidas.

La exclusividad. La exclusividad significa que, en un espacio y tiempo sólo hay un Ordenamiento Jurídico.

La estatalidad de las normas: Ya que éstas son dictadas por los órganos a los que la constitución atribuye potestad normativa.

La unidad formal del ordenamiento jurídico: es decir, cada tipo de norma en función de su fuente de producción va a ser igual a las que siguen su misma forma aunque el contenido sea distinto.

ATRIBUCIONES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO

Soberanía. Significa que el Ordenamiento Jurídico está por encima de las reglas de convivencia porque es emitida por el Estado.

General. El Ordenamiento Jurídico expresa que todos los miembros de una sociedad están obligados a cumplir las reglas de convivencia.

EL ORDENAMIENTO JURÍDICO COMO SISTEMA

Las normas interactúan entre sí y están interconectadas basándose en principios de aplicación general, se habla de sistema jurídico. Según el jurista inglés de la universidad de Oxford, Herbert H. Hart, el derecho está formado por dos tipos de reglas jurídicas: las reglas jurídicas primarias que imponen obligaciones de conducta (por ejemplo, la regla por la cual es obligatorio pagar impuestos), mientras que las reglas jurídicas secundarias confieren potestades para que algunas personas introduzcan reglas primarias (por ejemplo, la regla que faculta a la Cámara de Diputados a fijar los impuestos). Un sistema jurídico es, de acuerdo con Hart, un conjunto de reglas jurídicas primarias y secundarias que goza de cierta eficacia.

ESTRUCTURA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO

SEGÚN HANS KELSEN.

Para Hans Kelsen: Un orden jurídico no es un sistema de normas yuxtapuestas y coordinadas. Hay una estructura jerárquica y sus normas se distribuyen en diversos estratos superpuestos.

PIRAMIDE JERARQUICA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO VENEZOLANO

1er PLANO DE LEGALIDAD:

LEYES FORMALES: Acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador.

LEYES ORGANICAS: Las que se dicten para organizar poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y que le sirven de marco normativo de otras leyes.

LEYES ESPECIALES: Son aquellas leyes que rigen con preferencia en el campo de su especialidad, sobre leyes ordinarias.

LEYES ORDINARIAS: Acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador. Las leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a determinada materia se podrán denominar códigos.

DECRETOS – LEYES: Actos con fuerza de ley que emanan del Poder Ejecutivo Nacional en uso de sus facultades y atribuciones según la CRBV.

2do PLANO DE LEGALIDAD:

REGLAMENTOS: Es una de las atribuciones del Presidente de la República ya que por mandato constitucional se le faculta para reglamentar total o parcialmente las leyes sin alterar su espíritu y razón.

3er PLANO DE LEGALIDAD:

SENTENCIAS O DECISIONES DE LOS TRIBUNALES: Decisiones judiciales que emanan de los tribunales de la República.

ACTOS ADMINISTRATIVOS PARTICULARES como aquellos nombramientos del personal de la administración pública que requieren ser publicados en Gaceta Oficial.

ACTOS ADMINISTRATIVOS GENERALES – ORDENANZAS: normas de obligatorio cumplimiento para los ciudadanos, como es el caso de las Ordenanzas.

NEGOCIOS JURIDICOS: Manifestación de voluntad dirigida a la producción de determinados efectos jurídicos protegidos por el derecho.

Específicamente en el Artículo 7: "La Constitución es la Norma Suprema y el fundamento del Ordenamiento Jurídico. Todas las personas y los Órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a estas Constitución" (Principio de Supremacía Constitucional).

Este artículo establece claramente que sobre la Constitución no hay ninguna Ley; y que cualquier ley que sea creada, debe respetar su contexto, de manera tal que cualquier Ley que colide

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