Jurisdicción y Controversias
Enviado por jaelas • 6 de Julio de 2014 • Ensayos • 429 Palabras (2 Páginas) • 237 Visitas
Capitulo IX
Jurisdicción y Controversias
Art 53.- Jurisdicción.- El Instituto Nacional de Desarrollo Agrario (INDA) no ejercerá funciones jurisdiccionales. Las decisiones que adopte serán de carácter administrativo. Los tribunales distritales de lo Contencioso Administrativo tendrán jurisdicción exclusiva para conocer y resolver las impugnaciones de las resoluciones de los Directores Distritales, del Director Ejecutivo y del Consejo Superior del Instituto Nacional de Desarrollo Agrario, (INDA).
Análisis.- EL instituto Nacional de desarrollo agrario INDA se suprime bajo el decreto 373 del R.O No. 916 del 20 de marzo del 2014, entregando la competencia, deberes y atribuciones al MAGAP. Para el efecto, dicho decreto crea la subsecretaria de tierras y reforma agraria quien tampoco puede ejercer las funciones jurisdiccionales en relación a la materia. Las decisiones serán de carácter Administrativo y serán resueltas en los tribunales distritales de lo contencioso administrativo y bajo la ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.
Concordancias.-
• Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
• Ley No.35
• Registro Oficial 338 de 18-mar-1968
• Ultima modificación: 28-dic-2001
• Estado: Vigente
Art 1.- El recurso contencioso – administrativo: puede interponerse por las personas naturales o jurídicas contra los reglamentos, actos y resoluciones de la Administración Pública o de las personas jurídicas semipúblicas, que causen estado, y vulneren un derecho o interés directo del demandante.
Art 10.- - Son atribuciones y deberes jurisdiccionales del Tribunal de lo Contencioso - Administrativo:
a) Conocer y resolver en única instancia de las impugnaciones a los reglamentos, actos y resoluciones de la Administración Pública, o de las personas semipúblicas o de derecho privado con finalidad social o pública y decidir acerca de su legalidad o ilegalidad;
b) Conocer y resolver en única instancia de las resoluciones de la Contraloría General de la Nación que establezcan responsabilidad en la gestión económica estatal o municipal o de otras instituciones sometidas al control o juzgamiento de aquélla;
Conocerá también los juicios de excepciones a la coactiva originados en resoluciones dictadas por la
Contraloría General de la Nación;
Conocerá y resolverá igualmente en única instancia, de las acciones de prescripción de los créditos fiscales, estatales, locales o seccionales o de las Instituciones Públicas originados en decisiones de la Contraloría
...