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LA JURISDICCION


Enviado por   •  28 de Agosto de 2012  •  5.905 Palabras (24 Páginas)  •  324 Visitas

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La Jurisdicción.

La jurisdicción.

Acepciones del vocablo.

Diferentes conceptos La jurisdicción en la doctrina iberoamericana:

Sujetos de la Jurisdicción:

Caracteres:

Características:

Garantías Jurisdiccionales:

Función de la jurisdicción.

Jurisdicción contenciosa:

Jurisdicción voluntaria:

La jurisdicción disciplinaria Jurisdicción ordinaria:

Jurisdicción especial:

Diferencias entre la jurisdicción voluntaria y la contenciosa La jurisdicción de derecho y la jurisdicción de equidad:

Los dos momentos de la jurisdicción.

La jurisdicción y otras funciones del estado.

La jurisdicción contencioso-administrativa:

La jurisdicción penal:

Jurisdicción contencioso-electoral.

Objetivos

· Establecer el concepto o definición de Jurisdicción y Competencia;

· Determinar las diferentes acepciones del vocablo Jurisdicción, tanto en la doctrina como en la Ley;

· Identificar la relación existente entre jurisdicción y competencia;

· Determinar cuáles son las diferentes corrientes que tratan sobre la Jurisdicción y la competencia;

· Describir los principales objetivos de cada una de las corrientes antes mencionadas;

· Identificar las bases constitucionales que tratan sobre la Jurisprudencia y la Competencia.

Concepto.

La jurisdicción (del latín iuris, «decir o declarar el derecho») es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes. Uno de los principales rasgos de la potestad jurisdiccional es su carácter irrevocable y definitivo, capaz de producir en la actuación del derecho lo que técnicamente se denomina cosa juzgada. En sentido coloquial, la palabra "jurisdicción" es utilizada para designar el territorio (estado, provincia, municipio, región, país, etc.) sobre el cual esta potestad es ejercida. Del mismo modo, por extensión, es utilizada para designar el área geográfica de ejercicio de las atribuciones y facultades de una autoridad o las materias que se encuentran dentro de su competencia; y, en general, para designar el territorio sobre el cual un Estado ejerce su soberanía.

Concepto:

En palabras del distinguido profesor, don Eduardo Couture: "Es la función pública, realizada por los órganos competentes del Estado, con las formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por acto de juicio, se determinan los derechos de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones bajo autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución".

Naturaleza y características

La jurisdicción es una función estatal de satisfacción de pretensiones ante una controversia o conflicto.

Para el Derecho constitucional y las Ciencias políticas, por largo tiempo ha sido uno de los poderes del Estado, llamado Poder Judicial (de acuerdo a la doctrina de la separación de poderes). Mientras que, para el Derecho procesal, constituye uno de los presupuestos procesales, y uno de los más importantes.

Esta se caracteriza por ser:

· Constitucional: nace de la constitución.

· General: se extiende por todo el territorio.

· Exclusiva: solo la ejerce el Estado.

· Permanente: se ejerce en todo momento que un estado tenga soberanía.

· P.P.: puesto que es un presupuesto procesal

También se acostumbra a caracterizarla como una función monopólica del Estado. Sin embargo, es discutible considerando la existencia de los tribunales arbitrales, que evidencia que el Estado no se ha reservado en forma privativa el ejercicio de la jurisdicción.

Bases de la jurisdicción

Para que la función jurisdiccional cumpla justa y eficazmente su cometido, en la mayoría de las legislaciones, se le ha rodeado de un conjunto de principios y condiciones indispensables, denominadas en general bases de la jurisdicción. Entre ellas encontramos las siguientes:

* Legalidad: no es propia de la actividad jurisdiccional, toda vez que es común a todos los actos del Estado. Es más bien, un común denominador de todos los órganos estatales y un principio del Derecho público.

* Independencia e inamovilidad: también es una base común a todos los órganos del Estado. No obstante, la independencia de la función jurisdiccional es, tal vez, de mucha mayor importancia por el carácter de objetividad e imparcialidad con que debe cumplir su cometido. La independencia supone que el órgano que la ejerce está libre de sujeción a otro, sea cual fuere, es decir, no sujeto a los tribunales superiores ni a entidad o poder alguno (quedando sometido exclusivamente al Derecho).

* Responsabilidad: ésta se encuentra en íntima conexión con la anterior, por cuanto los jueces son generalmente inamovibles en sus cargos, porque son responsables de sus actos ministeriales (comúnmente civil y penalmente).

* Territorialidad: los tribunales sólo pueden ejercer su potestad en los asuntos y dentro del territorio que la ley les ha asignado.

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