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LA CAPA DE OZONO


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  5.960 Palabras (24 Páginas)  •  418 Visitas

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CONVENIO PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO

1º CUATRIMESTRE 2013

CÁTEDRA: DRA. LILIAN DEL CASTILLO

PROFESOR ADJUNTO (I): MARCOS NELIO MOLLAR

COMISIÓN Nº: 461

ADRIANA PULICICCHIO

JULIA SALOMON

CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO

INDICE

1. Antecedentes.

1.1. El PNUMA y las investigaciones científicas tuvieron un papel fundamental en la detección de las sustancias (CFCs) que agotan la capa de ozono.

1.2. Comienza a prohibirse el uso de aerosoles (con contenido de CFCs)

1.3. Se toma la decisión política de firmar un Convenio para la Protección de la Capa de Ozono (Convenio de Viena, 1985).

1.4. Como consecuencia del descubrimiento del “agujero de ozono” en la Antártida, se firma un Protocolo (Protocolo de Montreal, 1987).

2. Tratado e instrumentos conexos:

2.1. Características del Tratado e Instrumentos.

2.1.1. El Convenio marco para objetivos generales. No admite reservas (Art. 18).

2.1.1.1. Fecha de adopción del Convenio. Fecha de entrada en vigor.

2.1.2. El Protocolo para objetivos específicos.

2.1.3. Las enmiendas para nuevos objetivos y actualizaciones científicas.

2.1.3.1. Las enmiendas del Protocolo realizadas.

2.2. Estructura del Tratado.

2.2.1. Preámbulo.

2.2.2. Glosario.

2.2.3. Obligaciones generales (artículos 2 al 5).

2.2.4. Estructura institucional prevista (artículos 6 y 7).

2.2.5. Mecanismos para la adopción de protocolos y enmiendas al convenio, protocolos y anexos (artículos 8 al 10).

2.2.6. Mecanismo de solución de controversias (artículo 11).

2.2.7. Mecanismo de entrada en vigor y funcionamiento (artículos 12 al 21).

2.2.8. Anexos

2.2.9. Declaraciones

2.3. Contenido a identificar y analizar:

2.3.1. Objetivo y fin; sujetos involucrados; derechos y obligaciones pactados; mecanismo de funcionamiento previsto; cláusulas especiales.

2.3.1.1. El objetivo y fin es negociar para eliminar las sustancias que agotan la capa de ozono.

2.3.1.2. Los sujetos involucrados son los Estados Parte y observadores. Las Partes en el Convenio son los Estados y las organizaciones de integración económica regional.

2.3.1.3. Se impusieron restricciones comerciales y los Estados Parte deben presentar un informe anual de su producción y consumo de las sustancias nocivas para su control.

2.3.1.4. Argentina aprobó el Convenio por ley 23724, reafirmando sus derechos de soberanía sobre Malvinas y el Sector Antártico (Art.2 de la ley).

2.3.2. Principios de derecho internacional ambiental contenidos en el tratado como así también principios generales del derecho allí contemplados.

2.3.2.1. El principio 21 de la Conferencia de Estocolmo: principio de Soberanía sin perjudicar a otros Estados. El principio de general de “no dañar”.

2.3.2.2. Responsabilidades comunes pero diferenciadas y cooperación.

2.3.2.3. Precaución.

2.3.3. Estructura Institucional.

2.3.3.1. Secretaría

2.3.3.2. Conferencia de Partes

2.3.3.3. Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica (GETE)

2.3.3.4. Grupo de Evaluación Científica (GEC)

2.3.3.5. Grupo de Evaluación de Efectos Ambientales (GEEA)

2.3.4. Reunión de las Partes.

2.3.5. Mecanismo para el control y cumplimiento de las obligaciones convencionales.

2.3.6. Mecanismo de cooperación previsto.

2.3.7. Medios y procedimientos de solución de controversias previstos.

3. Aplicación: casos reales / jurisprudencia

3.1. Comisión de las Comunidades Europeas c/ Reino de Bélgica.

4. Conclusiones y opinión personal.

BIBLIOGRAFIA

INSTRUMENTOS JURIDICOS

JURISPRUDENCIA

CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO

1) Antecedentes.

1.1) El PNUMA y las investigaciones científicas tuvieron un papel fundamental en la detección de las sustancias (CFCs) que agotan la capa de ozono.

La protección de la capa de ozono ha sido objeto de atención del PNUMA desde sus orígenes en 1972. En esos días, la preocupación estaba concentrada en el daño que podrían provocar a la capa de ozono los centenares de aviones supersónicos que se suponía estarían en servicio a fines de la década de1980, los frecuentes vuelos del transbordador espacial que estaban planeados y la liberación de los óxidos nitrosos de los fertilizantes. Pero a mediados de la década de 1970 se comprobó que buena parte de éstos eran motivos de falsa alarma.

En 1974, Sherwood Rowland, Mario Molina y Paul Jozef Crutzen (premios Nobel 1995) de la Universidad de California en Berkeley publicaron un artículo sugiriendo que los CFC podrían desempeñar un papel fundamental en la destrucción del ozono en la estratosfera. Su investigación fue instigada por James Lovelock quien descubrió que los

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