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La Prueba Prohibida


Enviado por   •  16 de Marzo de 2014  •  997 Palabras (4 Páginas)  •  436 Visitas

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El concepto de prueba ilegal implica la obtención de elementos de prueba en violación a las garantías constitucionales; el investigador si se vale de un medio ilícito para lograr la prueba, como por ejemplo cuando obtiene la confesión del hecho, por parte del imputado, bajo apremios o tormentos, o cuando se allana un domicilio sin orden judicial. Así la ilegalidad puede derivar de: a) La prueba en si misma está prohibida; b) La prueba está permitida, pero el procedimiento para obtenerla es ilícito.

En el primer supuesto está en presencia de una medio de prueba que directamente se encuentra vedado por el ordenamiento procesal, como por ejemplo la interceptación de comunicaciones entre el imputado y su defensor técnico; en estos casos la ilegalidad de ésta prueba surge por esta prohibida en la ley procesal penal. En cambio en la segunda hipótesis la prueba está permitida por el ordenamiento procesal; sin embargo el método para obtener ese medio de prueba resulta ilícito. Los códigos procesales autorizan el registro domiciliario cuando existen fundadas sospechas de que en un determinado lugar se encuentra el imputado

o cosas relacionadas con el delito que es necesario; es decir que el allanamiento es una prueba autorizada por los digestos procesales; no obstante para practicar un allanamiento las leyes procedimentales exigen el cumplimiento de ciertas formalidades como puede ser una orden judicial para el registro domiciliario, salvo de que se trate de algunos supuestos de urgencia en los cuales se puede prescindir de dicha orden.

El allanamiento será ilegal y por ende también el secuestro de los elementos convictivos, cuando se carezcan de la autorización judicial y no se trate de una supuesta excepción. En éste caso la ilegalidad deviene no del medio de prueba en sí mismo, sino del método para obtener esa prueba. Dos criterios respecto al alcance de la prueba ilegal: a) la regla de exclusión; y b) la doctrina del fruto del árbol envenenado. La regla de la exclusión implica que no podrá utilizarse en el proceso penal la prueba obtenida en violación de garantías constitucionales; la doctrina del fruto del árbol venenoso indica que no sólo se excluirá del proceso penal aquella prueba obtenida directamente de manera ilegal, sino también las pruebas que deriven, aún directamente

a idea que se nos viene a la mente al escuchar este término del derecho procesal es que se trataría de algo ilegal, contrario a derecho y no deja de tener sentido sino que más específicamente nos referimos a la actividad de conseguir la prueba relacionada con actos ilegales, es decir que los encargados de la labor de investigación, llámese La Policía y el Ministerio Público (Arts. 166 y 159 Inc. 4 de la Constitución) al cumplir su misión encomendada no pueden violar lo establecido en las normas que constituyen las garantías propias de un debido proceso, por que está absolutamente prohibida tal vulneración.

En este sentido debemos entender por garantías, "al conjunto de prevenciones o cautelas, institucionalizadas en los modernos ordenamientos bajo la forma de límites al ejercicio del poder estatal, que se traducen para

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