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La justicia comunitaria, es definida según el autor Edga


Enviado por   •  5 de Octubre de 2011  •  Exámen  •  541 Palabras (3 Páginas)  •  683 Visitas

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HACIA UNA DEFINICION DE LO QUE ES UNA JUSTICIA COMUNITARIA

La justicia comunitaria o como también han llegado a nombrarla "decisión comunitaria de conflictos[20]ò "mediación comunitaria[21]ha contado a dios gracias con la colaboración de varios autores y desarrolladores quienes han defendido a capa y espada su aplicabilidad así como también las ventajas que trae a los grupos comunitarios en aras de lograr esa tan ansiada accesibilidad efectiva a la justicia y a la resolución de los conflictos que frecuentemente ocurren dentro de sus espacios.

Para poder comprender verdaderamente a que se refiere el término justicia comunitaria es necesario definirla, pero siempre enmarcándola como una dinámica mas que existe dentro de la administración de justicia, que surge dentro de un ambiente determinado con referentes principales propios de un entorno cultural: la comunidad. Entendiendo como comunidad en su sentido mas amplio al conjunto de grupos de población que viven juntos en condiciones específicas de organización y de cohesión social y cultural. Sus miembros están ligados por características comunes y por intereses que pueden devenir comunes (H. San Martín y V. Pastor).

La justicia comunitaria, es definida según el autor Edgar Ardila Amaya, "como un conjunto de instancias y procedimientos mediante las cuales, para situaciones de controversia, se regulan los comportamientos legítimos a partir de normas propias de una comunidad o contexto cultural específicos[22]Examinando esta definición claramente se pueden establecer los rasgos característicos y elementos predominantes que involucra el término justicia comunitaria: un grupo o comunidad, instancias y procedimientos propios no creados por terceros, solución de controversias o lo que es lo mismo la solución de conflictos generados en un entorno cultural determinado.

Según Ermo Quisbert[23]la justicia comunitaria "es un sistema autogestionado, dado que los propios participantes implantan las normas que se les aplican. Es además consensual, ya que no se rige por el principio de mayoría sino por el de consenso". Continua este autor diciendo que la Justicia Comunitaria es considerada "una institución de Derecho Consuetudinario (costumbres propias, cotidianidad y usos) que permite sancionar las conductas reprobadas de los individuos pero sin la intervención del Estado, sus jueces y su burocracia, sino directamente dentro la comunidad de individuos en la que las autoridades naturales de la comunidad hacen de equilibrantes entre las dos partes enfrentadas" En este sistema se busca el equilibrio de decisiones y de las partes, la consideración de los usos y costumbres así como también identificar y considerar a los individuos no de manera aislada sino interrelacionándolo con la comunidad y el entorno en donde subyace el problema a resolver.

Según

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