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Justicia Comunitaria


Enviado por   •  13 de Marzo de 2013  •  1.201 Palabras (5 Páginas)  •  552 Visitas

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CONCEPTO DE JUSTICIA COMU MUNITARIA:

Es la facultad que tienen las comunidades de aplicar sanciones a los individuos que violen las normas dentro de su entorno social, y de resolver los conflictos por la vía extrajudicial, es decir, sin necesidad de acudir a un juez , ni a un proceso judicial. Generalmente las herramientas que se utilizan para resolver los conflictos entre las partes enfrentadas son la conciliación y la equidad.

Diversas investigaciones han señalado desde hace años el caos de la administración de la justicia en Venezuela, la gran desconfianza del ciudadano común, frente al sistema y la corrupción de los tribunales. Solo un 15% tienen acceso a la justicia, pero esta justicia es a su vez lenta, costosa y excesivamente burocrática.

Como una de las alternativas a esta justicia, surge la idea de permitir a los ciudadanos a participar en la administración de justicia y madura así la iniciativa de implantar sistemas ya exitosos en otros países, como la justicia de paz. Así en diciembre de 1995, fue aprobada la Ley Orgánica de Justicia de Paz, con base en la cual se inició la elección democrática de los jueces de paz para las comunidades. Por ejemplo, en julio de 1996, en un pequeño barrio de Baruta, en Caracas, se celebro la primera elección comunitaria de jueces de paz en Venezuela. En la actualidad existen 252 equipos de justicia de paz funcionando en 10 Estados del territorio venezolano. La C.R.B.V. consagra la justicia de paz en su artículo 258, que reza: “La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los jueces y juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal, directa y secreta, conforme a la ley. Igualmente la ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos.

CARACTERÌSTICAS DE LA JUSTICIA COMUNITARIA:

Las partes no necesitan representación de ningún abogado, ni la intervención de las autoridades del Estado.

Se busca el equilibrio entre las partes, a través de la equidad y la igualdad

* Es imparcial

* Los individuos en conflictos, no se consideran como individuos aislados, por el contrario, están estrechamente relacionados con la comunidad y con el ambiente en que se presenta el conflicto

* Las comunidades tienen cierta autonomía para desarrollar instituciones e instancias propias de gestión y regulación de los conflictos surgidos.

* Pueden asumir, surtir y desarrollar, en su seno, figuras de administración de justicia

creadas por el Estado para el manejo de un cierto rango de conflicto

El Estado frente a la justicia comunitaria asume dos movimientos: por un lado, el reconocimiento de ciertas figuras nacidas en las comunidades y la validación de sus actuaciones ante el sistema jurídico nacional. Y por el otro, el establecimiento de ciertas instancias y procedimientos mediante los cuales las comunidades alcanzan decisiones validas ante el sistema jurídico nacional.

Según Édgar Ardila, existen tres grandes modalidades de justicia comunitaria:

PRIMERA MODALIDAD:

Es aquella justicia comunitaria que es el resultado de una organización de la administración de justicia estatal, como los jueces de paz en varios países.

SEGUNDA MODALIDAD:

Se trata de ciertas dinámicas de justicia comunitaria que se desarrollan en las comunidades, principalmente tradicionales (como las indígenas),

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