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Legislación Ambiental en la Minería


Enviado por   •  13 de Mayo de 2019  •  Biografías  •  738 Palabras (3 Páginas)  •  140 Visitas

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Legislación Ambiental en la Minería

Carlos Díaz Sepúlveda.

Legislación Minera y Ambiental.

Instituto IACC

30/09/2018.


Respuesta pregunta 1

En este caso menciono dos tablas la 4 y 5 ambas sirven ya que ambas son para los máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de aguas fluviales para ríos y es para el caso expuesto por la maestra.

Con la diferencia que una establece 5 la establece con la capacidad de dilución que para el caso expuesto es la más óptima ya que el vertido finalmente se realizara al rio y eso es lo importante de estudiar la otra se puede tener como referencia (tabla 4).

Destacar que Residuos líquidos, aguas residuales o efluentes son: todas las emisiones líquidas generadas desde una fuente hacia un cuerpo receptor y este caso aplica para residuos líquidos emitidos por una minera al río.

La tabla numero 4 límites máximo permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de aguas fluviales.

Parámetro

Unidad

Valor

Manganeso

Mg/L

0,3

Cobre total

Mg /L

1

Manganeso del caso

Mg/L

12

Cobre total del caso

Mg/L

20

Los limites se sobre pasan.

Y agregando la tabla 5 límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de aguas fluviales considerando la capacidad de dilución del receptor.

Parámetro

Unidad

Valor

Cobre total

Mg/L

3

Manganeso

Mg/L

3

Igual los limites se sobre pasan.

Y en los límites de PH tabla 4 y 5 considerando la capacidad de dilución del receptor.

Parámetro

Unidad

Valor

PH

Unidad de PH

6,0-8,5

PH del caso

Unidad de PH

4

El PH en tabla 4 y 5 no cambia ya que en ambas es de 6,0 – 8,5 y en el caso expuesto es de 4 que estaría dentro de lo permisible.

Respuesta a la pregunta 2

En el caso de incumplimiento de las normas quien fiscaliza y cual serían las multas.

Respondiendo la pregunta el ente fiscalizador seria la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS). La fiscalización y el control de la normativa ambiental en relación a la generación  de residuos líquidos industriales dispuesta en los artículos 11c y 11d de la Ley 18.902 requerir de los establecimientos generadores de riles informes sobre cumplimiento de las resoluciones de monitoreo, realizar inspecciones, resolver análisis y muestreos, atender denuncias o situaciones del ámbito ambiental.

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