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Lley De Descarga


Enviado por   •  27 de Octubre de 2014  •  1.247 Palabras (5 Páginas)  •  243 Visitas

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NORMAS DE DESCARGA DE EFLUENTES A UN CUERPO DE AGUA O RECEPTOR: AGUA DULCE Y AGUA MARINA.

Los puertos deberán contar con un sistema de recolección y manejo para los residuos sólidos y líquidos para todo tipo de transporte marino (embarcaciones, buques, naves) el cual es regulado por embarcaciones, buques, naves. As mismo se establece que se prohíbe todo tipo de descarga en:

• Las cabeceras de las fuentes de agua.

• Aguas arriba de la captación para agua potable de empresas o juntas administradoras, en la extensión que determinará el CNRH, Consejo Provincial o Municipio Local y,

• Todos aquellos cuerpos de agua que el Municipio Local, Ministerio del Ambiente, CNRH o Consejo Provincial declaren total o parcialmente protegidos.

Los regulados que exploren, exploten, refinen, transformen, procesen, transporten o almacenen hidrocarburos o sustancias peligrosas susceptibles de contaminar cuerpos de aguas deberá contar y aplicar un plan de contingencia para la prevención y control de derrames, el cual deberá ser aprobado y verificado por la Entidad Ambiental de Control.

En los tramos del cuerpo de agua en donde se asignen usos múltiples, las normas para descargas se establecerán considerando los valores más restrictivos de cada uno de los parámetros fijados para cada uno, así mismo se establece controles para la aplicación de contaminantes en el agua como agroquímicos, los cuales deben contar con permisos y estatutos otorgados por el MAGAP, y se deberá también cumplir las demás de carácter legal y reglamentario sobre el tema, así como los listados referenciales de la Organización para la Agricultura y Alimentos de Naciones Unidas (FAO).

De esta manera toda descarga a un cuerpo de agua dulce, deberá cumplir con los valores establecidos a continuación (ver tabla 12).

PARAMETROS EXPRESADO COMO: UNIDAD LIMITE MAX. PERMISIBLE

Aceites y grasas Sustancias solubles en hexano mg/l 0,3

Alkil mercurio mg/l No detectable

Aldehidos mg/l 2,0

Aluminio Al mg/l 5,0

Arsenico total As mg/l 0,1

Bario Ba mg/l 2,0

Boro total B mg/l 2,0

Cadmio Cd mg/l 0,02

Cianuro total CN- mg/l 0,1

Cloro activo Cl mg/l 0,5

Cloroformo Extracto carbon cloroformo ECC mg/l 0.1

Cloruros Cr mg/l 1000

Cobre Cu mg/l 1.0

Cobalto Co mg/l 0.5

Coliformes fecales Nmp/100ml Remocion > al 99.9 %

Color real Color real Unidades de color Inapreciables en dilución 1/20

Compuestos fenolicos Fenol mg/l 0,2

Cromo Hexavalente Cr+6 mg/l 0,5

Demanda bioquimica de oxigeno (5 dias) DBO5- mg/l 100

Demanda quimica de oxigeno DQO mg/l 250

Dicloroetileno Dicloroetileno mg/l 1,0

Estaño Sn mg/l 5,0

Fluoruros F mg/l 5,0

Fosforo total P mg/l 10

Hierro total Fe mg/l 10,0

Hidrocarburos TPH mg/l 20,0

Total de petroleo

Manganeso total Mn mg/l 2,0

Materia flotante Visibles Ausencia

Mercurio total Hg mg/l 0,005

Níquel Ni mg/l 2,0

Nitratos + nitritos Expresado como Nitrogeno (N) mg/l 10,0

Nitrogeno total N mg/l 15

Kjedahi

Organoclorados totales Concentración de organoclorados totales mg/l 0,05

Organofosforados totales Concentración de organofosforados totales mg/l 0,1

Plata Ag mg/l 0,1

Plomo Pb mg/l 0,2

Potencial de hidrogeno pH 5-9

Selenio Se mg/l 0,1

Sólidos sedimentables ml/l 1,0

Sólidos suspendidos totales mg/l 100

Sólidos totales mg/l 1600

Sulfatos SO4- mg/l 1000

Sulfitos SO3 mg/l 2,0

Temperatura °C < 35

Tensoactivos Sustancias activas al azul de metileno mg/l 0,5

Tetracloruro de carbono Tetracloruro de carbono mg/l 1,0

Zinc Zn mg/l 5,0

TABLA 12. Límites de descarga a un cuerpo de agua dulce

ANÁLISIS:

La calidad del agua potable es de suma importancia para la salud de las personas que la consumen y de los ecosistemas que se desarrollan a su alrededor, por lo cual la mayoría de los países tienen legislaciones internas que están relacionadas con las aguas de consumo humano, como es el caso en nuestro país que está regido en el libro VI Anexo I Norma De Calidad Ambiental Y De Descarga De Efluentes: Recurso Agua. Estas normas que están redactadas en este texto sirven para determinar la responsabilidad de los distintos sectores involucrados en la producción y distribución del agua potable, su monitoreo y su control.

De tal manera en la tabla anterior se mostraba un listado de varios contaminantes y sus límites establecidos para consumo que se establece que estas sustancias pueden estar presentes en el agua y las concentraciones máximas permisibles que no significan riesgo para la salud. De tal manera si no existiera toda esta legislación en cuanto al consumo de agua y el estudio que estableciesen estos límites máximos de ciertas sustancias la contaminación y propagación de enfermedades en personas sería muy elevada. De acuerdo a esto a continuación se expone unos ejemplos en los cuales se compara lo que deduce la normativa ecuatoriana y la internacional en cuanto a los límites máximos permisibles de ciertas sustancias, además de lo efectos de la salud si se excede en el consumo de los mismos.

• Cianuro: Es una sustancia química, potencialmente letal, que actúa como tóxico a través de la inhibición de ciertas proteínas que causan durante daños al cerebro y el corazón y puede producir coma y la muerte. Las cantidades de cianuro permitidas en los países presentan una alta variabilidad. Según el valor de 0.07 mg/l recomendado por la OMS el 44.44% de los países permite concentraciones mayores a esta que alcanzan un máximo de 0.2 mg/l, entre estos se encuentran Canadá, Estados Unidos, Chile, Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador y Uruguay.

• Cobre: El cobre es un metal importante porque posee propiedades que lo hacen extraordinariamente útil para una diversidad de usos. La mayoría de las aguas superficiales y subterráneas del mundo que se utilizan para beber contienen cobre, pero en cantidades que no ofrecen riesgo para el ser humano. El nivel recomendado de cobre por la OMS es de 2 mg/l, el cual es adoptado por el 6.31% de los países, entre los que se encuentran México, Costa Rica, Honduras, Nicaragua y Venezuela. La mayoría de los países investigados (73.68%) se encuentran por debajo de este en valor en un rango que varía entre 1 mg/l hasta los 2 mg/l. Esta variación es en gran medida debido a las variaciones de la calidad no solo del agua sino también de la tierra en las diferentes regiones, ya que Sur América esta muy regularizada en su porcentaje. En este caso, ningún país permite una concentración mayor de cobre en sus normas nacionales de calidad de agua potable.

• Mercurio: Metal que ocurre en forma natural y que una vez en el organismo causa daños en el sistema nervioso central y el periférico, el aparato digestivo y los pulmones y riñones. El nivel establecido por la OMS es de 0.001 mg/l, el cual presenta un comportamiento muy homogéneo al ser adoptado por el 88.88% de los países. Solo los Estados Unidos (0.002 mg/l) y Ecuador (0.01 mg/l) permiten una concentración mayor de este metal en el agua, conformando el 11.11%.

• Nitrato: Es un producto químico presente en la mayoría de fertilizantes, sistemas sépticos y almacenamiento de estiércol; el cual en sí mismo no es particularmente venenosos para los seres humanos. Su concentración está limitada por los estándares de agua potable a 50 mg/l por razones fisiológicas. Todos los países investigados se encuentran al margen (22.22%) o por debajo de este nivel (77.77%), entre un rango de los 10 mg/l a un máximo de 50 mg/l. Esto permite inferir que el nivel de nitrato es bien administrado por las legislaciones nacionales de cada uno de los países los cuales se mantienen al margen de los estándares de la OMS.

• Plomo: Es un metal tóxico muy peligroso para la salud, causa Daño a los riñones, Abortos y perturbación del sistema nervioso, daño al cerebro. Sus propiedades hacen que posea numerosas aplicaciones (industria química, metalúrgica y construcción). El plomo entra al agua potable primordialmente como resultado de la corrosión o desgaste de los materiales que están en el sistema de suministro de agua y la plomería doméstica. La concentración de plomo recomendada por la OMS es de 0.01 mg/l, valor sobre el cual se mantiene la mayoría de los países Americanos

• Tetracloruro de Carbono: Se encuentra con más frecuencia en forma de gas incoloro. No es inflamable y no se disuelve en agua muy fácilmente. Se usa en actividades industriales únicamente debido a sus efectos perjudiciales. El valor máximo recomendado por la OMS para este parámetro es de 2 ug/l, al cual se acogen el 50% de aquellos países que proporcionan información sobre este valor. Estos países son Costa Rica, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Ecuador. El 50% restante establece límites superiores a los recomendados en la Guías de la OMS alcanzando niveles hasta de 3 ug/l para Argentina y Brasil; y de 5 ug/l para Estados Unidos, Canadá y Guatemala. Ningún país se encuentra por debajo del límite establecido.

BIBLIOGRAFÍA.

http://www.lenntech.es/aplicaciones/potable/normas/estandares-calidad-agua-oms.htm

https://www.oas.org/DSD/publications/classifications/Armoniz.EstandaresAguaPotable.pdf

http://www.who.int/water_sanitation_health/dwq/es/

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