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Mediciones De Ruido

roleda18 de Mayo de 2014

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Mediciones de Ruido Ambiental: En Chile están regidas por la Norma D.S 146 de Ministerio de Salud . Básicamente, esta norma establece 4 tipos de zona distintas, asociadas al plan regulador municipal. Para cada una de esas zonas (residencial, pequeños comercios, Mixta e Industrial) se establecen niveles máximos de ruidos permitido. Además para las tres primeras zonas se establecen horarios diferenciados. Así se puede emitir más ruido durante el día que durante la noche. Es interesante que los niveles medidos son de inmisión, es decir, no existe un nivel máximo de ruido que se puede emitir, sino un máximo que un vecino puede recibir. Por ello, cuando se realiza un planificación de Impacto Acústico, se deben preveer los puntos más sensibles, para realizar ahí las mediciones de ruido.

- Mediciones de Ruido Laboral: Se rigen por el D.S. 594 . Y establece la dosis de ruido a la que puede estar expuesto un trabajador. El concepto de dosis se refiere a niveles de presión sonora, durante un cierta cantidad de tiempo. Para realizar las mediciones de ruido laboral se debe disponer un "Dosimetro".

Ruido Estable (art 71º D.SNº594/99)

Es aquel ruido que presenta fluctuaciones del nivel de presión sonora inferiores o iguales a 5 dB(A) lento, durante un período de observación de 1 minuto.

Se entenderá que un ruido es de tipo estable cuando la diferencia entre el NPSmax y el NPSmin obtenidos durante una medición de un minuto, es menor o igual a 5 dB(A)

Ruido Fluctuante (art 71º D.SNº594/99º)

Es aquel ruido que presenta fluctuaciones del nivel de presión sonora superiores a 5 dB(A) lento, durante un período de observación de 1 minuto.

Se entenderá que un ruido es de tipo fluctuante cuando la diferencia entre el NPSmax y el NPSmin obtenidos durante una medición de un minuto, es mayor a 5 dB(A).

Ruido Impulsivo (art 71º D.SNº594/99)

Es aquel ruido que presenta impulsos de energía acústica de duración inferior a 1 segundo a intervalos superiores a 1 segundo.

Dosímetros

Cuando se quiere evaluar el riesgo de ruido, hay que tener en cuenta su nivel en función de la frecuencia, y el tiempo de exposición.

Se define como dosis de ruido a la cantidad de energía sonora que un oído normal puede recibir durante la jornada laboral para que el riesgo de pérdida auditiva al cabo de un día laboral esté por debajo de su valor establecido. Se da en tanto por ciento de la dosis máxima permitida.

Doímetro

El dosímetro mide la dosis de ruido acumulada, independientemente de donde haya estado el trabajador y del tiempo que allí haya permanecido. Existen dos criterios internacionales de dosis la Norma ISO y la OSHA. Si nos fijamos en la ISO, podemos decir que sigue el criterio de doble nivel de intensidad de ruido, doble riesgo, es decir para un aumento de la presión sonora de 3 dBA hay que reducir el tiempo de exposición a la mitad.

La dosis de ruido tiene una relación con el nivel continuo equivalente en dB durante 8 horas existiendo tablas para su correspondencia. Los dosímetros contienen etapas idénticas al sonómetro, sólo los últimos incorporan un circuito inhibidor y un circuito contador. El circuito inhibidor compara los niveles con un nivel mínimo, si es inferior no pasará al circuito contador.

Esto es debido a que las normas sobre dosis de ruido indican que ruidos con niveles inferiores a un número determinado de dB no perjudican al oído y por tanto no deben tenerse en cuenta. El circuito contador acumula la dosis en función de su nivel y tiempo siguiendo el criterio de las normas.

Mediciones de ruido: ¿Sonometría o Dosimetría?

El ruido es un contaminante físico que puede estar presente presente en el entorno laboral. Según la normativa actual, el límite equivalente

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