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Municipio.


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2014  •  Tesis  •  2.060 Palabras (9 Páginas)  •  203 Visitas

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Municipio.

Concepto. Municipio deriva del vocablo latino municipium, nombre que daban los romanos a entes con personalidad jurídica independiente, leyes propias, y patrimonio distinto de los habitantes que la conformaban, derivados de la práctica de los romanos de someter a los pueblos conquistados, pero manteniendo la organización interna de sus ciudades, con una doble estructura administrativa.

Actualmente los municipios son pequeñas divisiones territoriales de carácter administrativo de un estado, que pueden comprender una o varias localidades, basados en relaciones de vecindad, gobernadas por un ayuntamiento, municipalidad, concejo o alcaldía, con división de poderes, encabezados por un ejecutivo unipersonal: en Argentina es el Intendente, en México, Brasil, Bolivia y Colombia, se lo llama Alcalde. Tiene el municipio cuatro elementos: Territorio, población, autoridades políticas y objetivos de bien común. Son las jurisdicciones territoriales de gobiernos locales. Por extensión también se llama municipio al lugar físico donde se cumple las funciones municipales, y residen sus órganos de gobierno, que generalmente se ubica frente a la plaza principal de la localidad.

Evolución de los municipios en el constitucionalismo mexicano. El municipio nace de la necesidad de descentralizar la administración de tal manera que ésta pueda ejercer sus atribuciones de una forma más eficaz en beneficios de sus habitantes. El municipio se ha creado para manejar los intereses colectivos de la población, por lo que ésta debe participar en la administración, debido a que el municipio no es una especie de “poder soberano” dentro de un estado, sino que es una institución descentralizada de los servicios públicos, a la que se le ha dado autonomía en el área administrativa. El Congreso Constituyente de 1916 y 1917 aborda la elaboración del artículo 115 de la Constitución, que trata de la organización de los estados y de los municipios. El 1º de mayo de1917 se inicia la vigencia de la Constitución, ocupando el municipio un sitio muy destacado en la vida política, jurídica, económica y social de México. Es importante mencionar como en esta Constitución se habla del Municipio Libre como la base de la organización política y de la administración pública de los estados, adoptando para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa el Municipio, conforme a las tres bases siguientes. 1. Cada municipio será administrado por un ayuntamiento de elección popular directa y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el gobierno del estado. 2. Los municipios administrarán libremente su hacienda, recaudarán todos los impuestos y contribuirán al gasto público del estado en la proporción y término que señale la legislatura local. 3. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica para todos los efectos legales. En 1983 se dio una reforma muy importante al artículo 115 constitucional, los aspectos que se abordaron fueron los siguientes: Facultad a los congresos de los estados para resolver sobre la desaparición de los ayuntamientos o de algunos de sus miembros, previa garantía de audiencia. Existencia de regidores de representación proporcional. Entrega de participación sin condiciones por los gobiernos de los estados. Cobro de impuesto predial por los ayuntamientos. Facultades a los ayuntamientos para zonificación y determinación de reservas ecológicas.

Estructura jurídico-política de los municipios. El municipio desde este punto de vista se ubica dentro del mundo subjetivo del deber ser, en este sentido es la organización, la estructura, el orden jurídico que le es dado a la población local para que pueda autogobernarse, satisfacer sus necesidades, desarrollarse y alcanzar sus fines.

En algunos países como Francia, el municipio es una forma de organizar la administración pública, una descentralización por región.

En México, el municipio de acuerdo a lo que dispone el artículo 115 constitucional, es una forma jurídica de organizar política, administrativa y territorialmente a las entidades federativas.

Desde el punto de vista jurídico hay dos posibilidades de concebir al municipio como objeto de derecho y como sujeto de derecho.

El municipio plasmado como imperativo de organización política, administrativa y territorial de las entidades federativas, es una institución que podemos analizar como objeto de derechos y obligaciones, ya que produce efectos jurídicos, esto es, crea, modifica, transmite o extingue derechos y obligaciones.

Para que exista el objeto del derecho, se requiere que existan sujetos que se puedan relacionar con motivo del objeto, además que exista orden jurídico que regule las relaciones jurídicas de estos sujetos.

OBJETO: Entendemos como tal, a la obligación que nos constriñe a dar, hacer o prestar algo, o bien, al derecho que nos corresponde de que otros nos den, hagan o nos presten algo.

SUJETOS: Lo son la federación, las Entidades federativas y los vecinos.

ORDEN JURÍDICO: Está integrado por la constitución federal, las constituciones locales y las leyes federales y locales relativas al municipio.

Así tenemos que la federación puede invocar y hacer valer como objeto de su derecho el que una entidad federativa cumpla con su obligación de organizar política, administrativa y territorialmente, conforme a la única alternativa que le concede la constitución, esto es, en forma de municipio o viceversa, la entidad federativa puede hacer valer ese derecho en los casos que se le pretenda limitar.

La constitución en su artículo 115 fracción II da al municipio personalidad jurídica, es decir, le otorga aptitud de ser sujeto de derechos y obligaciones.

El municipio es una persona jurídica de Derecho público que regula su estructura y funcionamiento por lo dispuesto en la constitución política federal, la constitución política local que corresponde, así como la ley orgánica municipal de la entidad respectiva y las leyes locales que le sean aplicables.

El municipio como persona jurídica colectiva de derecho público, tiene los mismos atributos de este tipo de personas.

La existencia de un grupo social con finalidades unitarias, permanentes y voluntad: En el caso del municipio el grupo lo integra una asociación de vecindad, misma que tiene unidad, es permanente y tiene voluntad.

Denominación o nombre: El municipio tiene el nombre que le permite identificarse y distinguirse de las demás

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