Norma internacional de auditoria 330. Aalcance de esta NIA
areasTutorial9 de Septiembre de 2014
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NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 330
RESPUESTAS DEL AUDITOR A LOS RIESGOS VALORADOS
ALCANCE DE ESTA NIA
1. Responsabilidad que tiene el auditor, en una auditoria de estados financieros, de diseñar e implementar respuestas a los riesgos de incorrección material identificados y valorados por el auditor.
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR
2. Es aplicable a auditorias correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de Diciembre de 2009.
OBJETIVO
3. Obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada con respecto a los riesgos valorados de incorrección material.
DEFINICIONES
4. Procedimiento sustantivo: Diseñado para detectar incorrecciones materiales en las afirmaciones.
Los procedimientos sustantivos comprenden:
Pruebas de detalle ( de tipos de transacciones, saldos contables e información a revelar) ; y
Procedimientos analíticos.
Prueba de controles: procedimiento de auditoria diseñado para evaluar la eficacia operativa de los controles en la prevención o en la detección y corrección de incorrecciones materiales en las afirmaciones.
REQUERIMIENTOS
Respuestas globales
A1. Las respuestas globales a los riesgos valorados de incorrección material en los estados financieros pueden consistir en:
Necesidad de mantener el escepticismo profesional.
Asignar empleados con mayor experiencia
Proporcionar más supervisión.
Incorporar elementos adicionales en la selección de los procedimientos de auditoría posteriores que se vayan a realizar.
Modificar de forma general la naturaleza, el momento de realización o la extensión de los procedimientos de auditoría
A2. El conocimiento del
entorno de control por el auditor afecta a la valoración que hace de los riesgos de incorrección material en los estados financieros, y por lo tanto, a sus respuestas globales. El auditor puede responder a un entorno de control ineficaz, por ejemplo:
Mediante la aplicación de un mayor número de procedimientos de auditoría al cierre del periodo que en una fecha intermedia.
A través de la obtención de evidencia de auditoría más amplia a partir de procedimientos sustantivos.
Incrementando el número de ubicaciones que deben incluirse en el alcance de la auditoría.
A3. Estas consideraciones tienen una incidencia significativa en el enfoque general del auditor.
Procedimientos de auditoria que responden a los riesgos valorados de incorrección material para las afirmaciones.
A4. La valoración por el auditor de los riesgos no identificados en las afirmaciones sirve de base para la consideración del enfoque de auditoria adecuado relativo al diseño y aplicación de los procedimientos de auditoria posteriores. Por ejemplo, el auditor puede determinar que:
a) Solo puede conseguir una respuesta eficaz al riesgo valorado de incorrección material en una determinada afirmación mediante la realización de pruebas de controles;
b) En el caso de determinadas afirmaciones resulta adecuado realizar únicamente procedimientos sustantivos;
c) Resulta eficaz un enfoque combinado, en el que se utilizan pruebas de controles y procedimientos sustantivos.
A5. La naturaleza de un procedimiento de auditoria se refiere a su objeto y a su tipo. La naturaleza de los procedimientos de auditoria es fundamental para responder a los riesgos
valorados.
A6. El momento de realización de un procedimiento de auditoria se refiere al momento en el que se aplica, o al periodo o fecha que corresponde a la evidencia de auditoria.
A7. La extensión de un procedimiento de auditoria se refiere al volumen cuantitativo de lo que ha de realizarse.
A8. El diseño y la aplicación de procedimientos de auditoria posteriores cuya naturaleza, momento de realización y extensión se basan en los riesgos valorados de incorreción material en las afirmaciones y responden a ellos, proporcionan una correspondencia clara, entre los procedimientos de auditoria posteriores y la valoración del riesgo.
7. Para el diseño de los procedimientos de auditoria posteriores que han de ser aplicados, el auditor:
a) Considerará los motivos de la valoración otorgada al riesgo de incorrección material en las afirmaciones para cada tipo de transacción, saldo contable e información a revelar, incluyendo:
La problemática
Si en la valoración del riesgo se han tenido en cuenta los controles
Respuesta a los riesgos valorados en las afirmaciones
Naturaleza
A9. Los riesgos valorados por el auditor pueden afectar tanto a los tipos de procedimientos de auditoria que serán aplicados como a su combinación.
Para algunas afirmaciones, determinados procedimientos pueden resultar más adecuados que otros.
A10. Los motivos de la valoración asignada a un riesgo son relevantes para la determinación de la naturaleza de los procedimientos de auditoria.
Momento de realizacion
A11. Cuando mayor sea el riesgo de incorrección material, mayor mayor será la probabilidad de que el auditor decida que es
más eficaz aplicar eficaz aplicar procedimientos sustantivos. Ejemplo:
Realizando procedimientos de auditoria en ubicaciones seleccionadas sin previo aviso. Esto es especialmente relevante cuando se trata de considerar la respuesta a los riesgos de fraude.
A12. Aplicación de los procedimientos de auditoria antes del cierre del periodo puede facilitar al auditor la identificación de cuestiones significativas en una fase temprana de la auditoria.
A13. Por ejemplo:
La comprobación de la concordancia de los estados financieros con los registros contables.
El examen de los ajustes realizados durante el proceso de preparación de los estados financieros, y
Los procedimientos para responder al riesgo de que, al cierre del periodo, la entidad pueda haber celebrado contratos de ventas impropios o puedan existir transacciones que no se hayan finalizado.
A14. Los factores relevantes que influyen en la consideración por el auditor del momento de realización de los procedimientos de auditoria incluyen los siguientes:
El entorno de control
La fecha en que la información relevante esta disponible (por ejemplo, los ficheros electrónicos)
La naturaleza del riesgo ( por ejemplo, si existe un riesgo de sobrevaloración de ingresos mediante la creación a posteriori de contratos de venta falsos con el fin de cumplir expectativas de beneficios , es posible en la fecha de cierre del periodo).
El periodo o fecha a que se refiere la evidencia de auditoría.
Extensión
A15. La extensión de un procedimiento de auditoria se determina tras considerar la importancia relativa, el riesgo valorado y el grado de seguridad que tiene
previsto alcanzar el auditor. Cuando es necesaria una combinación de procedimientos para alcanzar un solo objetivo, la extensión de cada procedimiento se examina por separado. En general estos procedimientos se amplían a medida que aumenta el riesgo de incorrección material.
A16. La utilización de técnicas de auditoria asistidas por ordenador (TAAO) puede permitir la realización de pruebas más extensas sobre transacciones electrónicas y ficheros contables, las cuales pueden resultar de utilidad cuando el auditor decide modificar la extensión de las pruebas.
Consideraciones específicas para las entidades del sector público
A17. En las auditorias de entidades del sector público, el mandato de auditoria y otros requerimientos de auditoria especiales pueden afectar a la consideración por el auditor de la naturaleza, momento de realización y extensión de los procedimientos de auditoria posteriores.
Consideraciones específicas para entidades de pequeña dimensión
A18. En el caso de entidades muy pequeñas, puede ocurrir que el auditor solo identifique un número reducido de actividades de control, o que el grado en que la entidad ha documentado su existencia o funcionamiento sea limitado.
b) Obtendrá evidencias de auditoria más convincente cuando mayor sea del riesgo realizado por el auditor.
A19. A la hora de obtener evidencia de auditoria más convincente debido a una valoración más alta del riesgo, el auditor puede incrementar la cantidad de evidencia u obtener evidencia más relevante o fiable.
Pruebas de controles
8. Se realizaran con el fin de obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada sobre
la eficacia operativa de los controles relevantes si:
A.-Para determinación de la naturaleza, momento de realización y extensión de los procedimientos sustantivos, el auditor tiene previsto confiar en la eficacia operativa de los controles; o
B.-Procedimientos sustantivos por si mismos no pueden proporcionar evidencia de auditoria suficiente y adecuada en las afirmaciones.
A20 Las pruebas de controles se realizan sólo sobre aquellos controles que el auditor haya considerado adecuadamente diseñados para prevenir, o para detectar y corregir, una incorrección material en una afirmación.
A21. Es posible que el auditor decida que resulta eficiente probar la eficacia operativa de los controles al mismo tiempo que se evalua su diseño y se determina si han sido implementados.
A22. Los procedimientos de valoración de riesgo pueden haber incluido lo siguiente:
• Indagaciones sobre la utilización de presupuestos por parte de la dirección.
• Observación de las comparaciones realizadas por la dirección
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