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Organizacion Del Estado

miguel203 de Octubre de 2012

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ORGANIZACIÓN DEL ESTADO MEXICANO

El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida sobre un territorio determinado. El concepto de Estado difiere según los autores, pero normalmente se define como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Max Weber, en 1919, define el Estado como una organización que reclama para sí -con éxito- el “monopolio de la violencia legítima”; por ello, dentro del Estado se incluye instituciones tales como las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras como las relaciones exteriores.

Asimismo, como evolución del concepto se ha desarrollado el “Estado de Derecho” por el que se incluyen dentro de la organización estatal aquellas resultantes de la división de poderes, (ejecutivo, legislativo y judicial) y otras funciones más sutiles, pero propias del Estado, como la emisión de moneda propia.

La democracia tiene que ver ante todo con el pueblo, el sujeto de los derechos políticos que decide como elegir, vigilar y cambiar las autoridades del estado. Sin embargo la democracia implica muchos otros aspectos relacionados con el pueblo, pues este vive en un territorio determinado que marca el ámbito espacial en que se ejercitan los derechos políticos de las personas, y donde se lleva a cabo la vida política. En este sentido, el territorio pertenece a la esencia del estado, pues no existe pueblo sin territorio.

Los estados democráticos, además de pueblo y territorio, tenemos también gobierno. El gobierno es el órgano o instancia encargada de conducir a la sociedad políticamente organizada al bien común. Para no abusar unos de otros, conviene que el pueblo el que designe válidamente la autoridad.

Además de estos tres elementos existe también el orden jurídico. Este es otro aspecto fundamental de la democracia. El orden jurídico consta de personas con derechos y obligaciones, las cuales viven en instituciones regidas por leyes que se aplican con procesos y procedimientos.

Los elementos del orden jurídico son:

Personas

Derechos

Obligaciones

Instituciones

Procedimientos

Procesos

Los dos últimos aspectos fundamentales de la democracia son el bien común y la soberanía nacional. El primero, tal como indica su nombre, es un bien logrado entre todos y para todos. Pero no se trata de los bienes particulares, si no un valor más alto, humanamente trascendental, que puede perfeccionar a todos y a cada uno de los miembros de una comunidad. En cuanto a la soberanía, es importante entender que en la democracia el único soberano es el pueblo. La soberanía reside en el pueblo, por lo que los diversos niveles de gobierno, federal, estatal y municipal no son más que órganos de ejercicio de la soberanía popular.

Los aspectos fundamentales de la democracia son:

Pueblo

Territorio

Gobierno

Orden jurídico

Bien común

Soberanía

EL GOBIERNO MEXICANO COMO UNA REPUBLICA DEMOCRATICA, REPRESENTATIVA SUSTENTADA EN LA DIVICION DE PODERES Y EL FEDERALISMO.

Cuatro características del gobierno mexicano:

REPUBLICA. La república es una forma de gobierno que se opone a la monarquía, donde el pueblo por medio del voto elige a sus gobernantes, los cuales temporalmente desempeñan sus funciones correspondientes. En México se elige presidente de la república cada seis años.

DEMOCRATICO: La democracia es el sistema por el cual el pueblo es quien decide la forma de gobierno: el poder reside en el pueblo, y este lo delega o transmite a los gobernantes. Dicho de otra forma, la democracia es la participación de cada integrante de la sociedad en la vida cívica.

REPRESENTATIVO. El pueblo es quien directa e indirectamente a sus gobernantes. Una ciudad es democrática cuando el pueblo gobierna y en ella pueden escucharse las voces de cada uno de sus integrantes. Pero no todos pueden gobernar al mismo tiempo por eso es tan importante que nos organicemos mediante el sistema de participación y representatividad de manera que se escuchen las voces de todos pero en armonía.

Además, si todos hablamos a la vez ninguna de nuestras voces se distingue del ruido o de los gritos de los más fuertes, lo más práctico, lo más sensato, es elegir a uno o varios representantes para que se encarguen de los puestos de mando de manera que hagan oír las voces de todos, incluso de los más débiles. El ideal es que sean representantes capaces, honestos y que lleven a cabo la voluntad del pueblo, que piensen en nosotros y nos tomen en cuenta en cada decisión.

El carácter representativo de nuestro gobierno permite que todas las formas de vida y todos los intereses de los ciudadanos tengan una presencia real y efectiva para tomar las decisiones de carácter público. Si hay representantes de las distintas maneras de pensar, habrá equilibrio a la hora de tomar las decisiones, por eso México es un país representativo.

FEDERAL. México es una república federal por que está conformada por estados que son libres y soberanos para sus asuntos internos, pero que están unidos en lo que se denomina como Federación. Además aunque cada estado tiene su propia Constitución interna, todas se derivan de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano. Una federación es una forma de organización o alianza con un destino común. En el federalismo cada entidad tiene su autonomía en diversos aspectos, a diferencia del centralismo, en el que todo el poder se concentra en la capital de la República.

En sus artículos 117 y 118, la carta magna señala algunos puntos importantes para entender mejor la unidad en la federación:

Los estados no pueden celebrar alianzas ni tratados o coaliciones con otro estado ni con las potencias extranjeras. Es decir no puede haber un ``Tratado de Libre Comercio´´ por ejemplo, Colima, Nayarit y Japón.

Los estados tampoco pueden acuñar moneda o emitir papel moneda, estampillas ni papel sellado.

No pueden prohibir ni gravar directa o indirectamente la entrada a su territorio, ni la salida de él, a ninguna mercancía nacional o extranjera. Tampoco pueden prohibir la entrada ni el tránsito de personas que atraviesen en su territorio. Es decir, no puede haber una cuota para pasar de Veracruz a Tabasco.

También es importante señalar que en los estados no tienen la facultad de tener tropa permanente. Tampoco pueden declarar la guerra a alguna potencia extranjera, exceptuándose los casos de invasión o de peligro inminente. En estos casos darán cuenta inmediata al presidente de la república.

LA SEPARACION DE PODERES

Las ideas de soberanía del pueblo y división de poderes surgieron como respuesta al sistema de gobierno absoluto. Los antecedentes de la división de poderes, se remontan mucho tiempo atrás, pues ya en el siglo IV a. C. el filosofo griego Aristóteles planteaba la necesidad de organizar los poderes del estado en una asamblea general, que elaborara las leyes y administrara los asuntos de la guerra y la paz; un cuerpo de magistrados que se encargara de la recolección y administración de impuestos, y un cuerpo judicial que vigilara el cumplimiento de las leyes. Siglos más tarde, pensadores como el francés Montesquieu, y él inglés Locke propusieron la división de poderes en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Ellos intuyeron que la única forma de limitar al poder y controlarlo era oponiéndole otro poder. ``Que el poder controle al poder´´, de ahí la necesidad de separar los poderes para que puedan estar frente a frente unos a otros.

En esta división de poderes:

Los poderes son independientes unos de otros de tal manera que no exista primacía de ninguno de ellos y que estén coordinados por las leyes de la constitución.

El presidente es al mismo tiempo jefe de gobierno y jefe de estado pero su poder es limitado por el congreso.

El presidente es electo por el pueblo y su nombramiento no depende del apoyo que le dé o no el congreso.

El congreso no pude pedir la renuncia del presidente pero tampoco el presidente puede disolver constitucionalmente al congreso.

Los miembros del gabinete presidencial no pueden formar parte del poder Legislativo.

El parlamento garantiza que esta separación no sea tajante, si no que los poderes Ejecutivo y Legislativo estén integrados.

PODER EJECUTIVO

El artículo 80 de nuestra carta magna establece que ``Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominara Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

De acuerdo con el Artículo 89 de la Constitución, las facultades y obligaciones del presidente son:

Promulgar y ejecutar las leyes que expide el Congreso de la Unión.

Nombrar libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión.

Nombrar los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del senado.

Nombrar, con aprobación del senado, los coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales con arreglo a las leyes.

Disponer de la totalidad de la Fuerza Armada para la seguridad interior y defensa exterior

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