ORGANIZACION DEL ESTADO PERUANO
macope16 de Enero de 2013
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AÑOA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
RESUMEN DE LA COMISION DE LA VERDAD Y RECONCILIACION
CURSO:
PROBLEMAS DEL PERU CONTEMPORANEO
DOCENTE:
LIC. MSc. JOSE A. QUEVEDO BUSTAMANTE
ALUMNA:
CORDOVA PEÑA MARIBEL
TARAPOTO – PERU
2012
El presente ha sido elaborado por el equipo de trabajo con la finalidad que nosotros como estudiantes y futuros profesionales aprendamos y apliquemos nuestros conocimientos en el futuro.
Continuando con nuestra preocupación por analizar los principales problemas económicos y sociales del país, el presente número tiene como núcleo central de atención el tema la organización del estado.
Es así como presentamos algunos alcances sobre determinados enfoques teóricos sobre cómo está organizado.
Desde hace tiempo nuestro País ingreso a un sistema democrático, donde el Estado es considerado conceptualmente como la nación jurídicamente organizada, la misma que incluyen los tres poderes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial con la finalidad de lograr un mayor desarrollo y crecimiento del País.
Con frecuencia, los países con mayor avance en el desarrollo y aquel más desarrollado han reestructurado sus sectores de organización. Por lo mismo que existen diversos tipos de organización del Estado.
Perú tiene como organización interna de su Estado lo siguiente: Poder Ejecutivo, el Presidente de la República y el Consejo de Ministros. Poder Legislativo. Poder Judicial; la Corte Suprema, las Salas Superiores en la sede de cada Distrito Judicial, los Juzgados de primera instancia en cada provincia, los Juzgados de paz en cada distrito.
El papel que el Estado ha venido desempeñando en la nación peruana es de acuerdo a su detallada Organización y a todos los acuerdos y leyes planteadas para hacer que el Perú sea un país con promedios de desarrollo elevados y crecimientos considerados en aspectos mundiales.
ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PERUANO
EL ESTADO:
El Estado Peruano es conceptualmente la Nación Peruana jurídicamente organizada, es la entidad que ejerce el gobierno en la República del Perú. La estructura del Estado está definida en la Constitución Política del Perú.
El Perú es una república presidencialista de representación democrática con un sistema multipartidario. Según la actual Constitución, el Presidente es el jefe de Estado y Gobierno, es elegido cada cinco años y no puede ser inmediatamente reelegido. El Presidente designa al Primer Ministro y en acuerdo con éste nombra a los demás miembros del Consejo de Ministros.
El Congreso es unicameral y consta de 120 miembros elegidos para un período de cinco años. Las leyes pueden ser propuestas tanto por el poder ejecutivo como el legislativo, éstas se ratifican después de haber sido aprobadas por el Congreso y promulgadas por el Presidente. La justicia es nominalmente independiente.
PODER EJECUTIVO:
El Poder Ejecutivo está constituido por el Presidente de la Republica y los Ministerios, el primero, como Jefe de Estado, representa a la nación y ejerce la presidencia del gobierno. Asimismo, simboliza y representa los intereses permanentes del país.
Como Jefe de Gobierno, es quien dirige la política gubernamental, respaldado por la mayoría político-electoral. En el régimen presidencial, tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo son elegidos por sufragio popular.
Lo conforman:
Presidente de la República
Consejo de Ministros
Organismos Públicos del pode ejecutivo
Presidente del Perú
Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso
El Presidente de la República, jefe del estado y de gobierno nacional, elegido para un período de cinco años. En el Jefe de Estado reside exclusivamente la defensa nacional, llevada a cabo por las fuerzas armadas. Para coordinar su accionar, el Perú se halla subdividido en 24 departamentos y una Provincia Constitucional.
FUNCIONES:
Establece la forma en que se cumplirán las leyes.
Provee de los recursos económicos para que las leyes se cumplan.
Supervisa el cumplimiento de las leyes
Provee los servicios públicos como son educación, servicios de salud, carreteras, puentes, cuidado ambiental, fuentes de energía, etc.
Garantiza el bienestar de todas las personas que habitan en el territorio peruano, a través de programas sociales, de vivienda, de seguridad social, promoción del empleo, etc.
Promueve el desarrollo económico.
Vela por la seguridad nacional y el orden público.
La mayoría de sus funciones las debe realizar en coordinación con los Gobiernos regionales.
Consejo de Ministros
Presidente del Consejo de Ministros, Juan Federico Jiménez Mayor
El Consejo de Ministros del Perú es la reunión de todos los Ministros de Estado. Este consejo se encuentra presidido por el Presidente del Consejo de Ministros del Perú, quien es nombrado directamente por el Presidente del Perú. El Presidente del Gabinete es quien preside las reuniones del Consejo, salvo cuando el Presidente de la República lo convoca o lo reúne con ellos y es él quien lo preside.
Los ministros son nombrados discrecionalmente por el Presidente de la República a propuesta y coordinación del Presidente del Consejo de Ministros. Dentro de los treinta días que se nombra un gabinete, deberán presentarse ante el Congreso de la República del Perú quien le debe otorgar su voto de confianza. Para que el Consejo de Ministros pueda llegar a un acuerdo se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de sus miembros.
REQUISITOS:
Según el Artículo 124° de la Constitución política del Perú, para ser ministro de Estado, se requiere:
• Ser peruano por nacimiento
• Ser ciudadano en ejercicio
• Haber cumplido veinticinco años de edad.
• Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional pueden ser ministros.
FUNCIONES:
1. Dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes.
2. Aprobar la propuesta de presupuesto de las entidades de su sector, respetando lo dispuesto en el artículo 32, y supervisar su ejecución.
3. Establecer las mediciones de gestión de las entidades de su Sector y evaluar su cumplimiento.
4. Proponer la organización interna de su Ministerio y aprobarla de acuerdo con las competencias que les atribuye esta Ley.
5. Designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio, los titulares de Organismos Públicos y otras entidades del Sector, cuando esta competencia no esté expresamente atribuida al Consejo de Ministros, a otra autoridad, o al Presidente de la República; y elevar a este las propuestas de designación en el caso contrario.
6. Mantener relaciones con los gobiernos regionales y los gobiernos locales en el ámbito de las competencias atribuidas a su sector.
7. Refrendar los actos presidenciales que atañen a su Ministerio.
8. Expedir Resoluciones Supremas y Resoluciones Ministeriales.
9. Efectuar la transferencia de competencias, funciones y recursos sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales y dar cuenta de su ejecución.
10. Ejercer las demás funciones que les encomienden la Constitución Política del Perú, las leyes y el Presidente de la República.
Los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice. Son facultades y atribuciones privativas las contempladas en los numerales 2, 4, 5, 7 y 8.
PRESIDENTE CONSEJO Y SUS MINISTERIOS:
Presidente del Consejo de Ministros (PCM)
Juan Federico Jiménez Mayor
Ministro de Relaciones exteriores (RREE)
Rafael Roncagliolo Orbegoso
Ministro de Defensa (MINDEF)
Pedro Alvaro Cateriano Bellido
Ministro de Economía y Finanzas (MEF)
Luis Miguel Castilla Rubio
Ministro del Interior (MININTER)
Jerónimo Wilfredo Pedraza Sierra
Ministro de Justicia (MINJUS)
Eda Adriana Rivas Franchini
Ministro de Educación (MINEDU)
Patricia Salas O´Brien
Ministro de Salud (MINSA)
Midori Cristina de Habich Rospigliosi
Ministro de Agricultura (MINAG)
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