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PATOLOGIA


Enviado por   •  29 de Octubre de 2022  •  Documentos de Investigación  •  4.257 Palabras (18 Páginas)  •  44 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Este documento se realiza con el fin de establecer el procedimiento de patología que se lleva a cabo en la institución, el cual es realizado por el personal del área y con conocimiento de este se logre minimizar fallas durante el proceso y se pueda entregar al cliente y/o paciente un diagnóstico oportuno, eficaz y de alta calidad, con un enfoque a la seguridad al paciente teniendo en cuenta la correcta identificación de los pacientes evitando que ocurran incidentes o eventos adversos.

  1. OBJETIVO GENERAL

Definir la metodología para realizar los análisis y diagnósticos en patología asegurando la calidad del servicio y la eficacia del sistema de gestión de calidad de la institución.

  1. ALCANCE

Este procedimiento aplica para todas las muestras que tengan estudios de patología correspondientes a los pacientes atendidos en los servicios de Proseguir Ips, y todo el personal médico y paramédico que esté involucrado en el proceso.

2.1. ATENCIÓN CON ENFOQUE DIFERENCIAL

Proseguir se encuentra comprometido en ofrecer una atención encaminada a la eliminación de situaciones de discriminación y marginación en la prestación de servicios de salud para los pacientes y sus familias, es por esta razón que en reconocimiento del enfoque diferencial, se respetan las diferencias existentes entre las personas, reconociendo sus particularidades en razón de edad, curso de vida, raza, género, etnia, condición de discapacidad, orientación sexual, ideología de género y población en situación social desventajosa.

Para la atención del paciente y de acuerdo a los procesos de atención establecidos en el presente documento, Proseguir reconoce:

Reconocimiento del ciclo vital de los pacientes y/o cursos de vida:

Proseguir reconoce el ciclo vital de cada paciente, teniendo en cuenta las características particulares de cada persona de acuerdo al grupo etario al cual pertenecen, lo cual permite facilitar la identificación de riesgos durante la atención, así como la priorización de acciones e intervenciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de vida de cada paciente.

Reconocimiento de grupos étnicos:

- Para Proseguir, es importante conocer y reconocer las características históricas sociales y culturales comunes de los pacientes que acuden a nuestros servicios durante su atención, lo cual teniendo en cuenta el grupo étnico al cual pertenezcan (indígenas, gitanos, afrocolombianos, negros, palenqueros y raizales), se consideran sujetos especiales de derechos, merecedores de una atención humana, oportuna y de calidad.

Reconocimiento de población con discapacidad:

- Proseguir reconoce las diferencias y necesidades de atención específicas que deben ser tenidas en cuenta, en el momento de garantizar la atención, es por esta razón que las estrategias de atención van enfocadas en:

  • Brindar un trato respetuoso y diferencial al paciente con discapacidad y su familia, el cual debe tener en cuenta sus necesidades, logrando brindar un servicio oportuno y adecuado.
  • Durante la atención, no subestimar las capacidades de las personas con discapacidad, teniendo en cuenta que la discapacidad no define la condición humana.
  • Fomentar la autonomía e independencia de las personas con discapacidad aceptando sus decisiones frente a la aceptación o negación a la ayuda ofrecida.
  • Utilizar un lenguaje adecuado y entendible en el que se evite el uso de expresiones ofensivas para las personas con discapacidad que puedan atentar contra su dignidad.

Reconocimiento de población con posición y/o condición social desventajosa:

Proseguir reconoce personas víctimas del conflicto armado, personas en situación de habitabilidad en calle, personas que ejercen actividades sexuales pagas, personas privadas de la libertad y personas migrantes en alta vulnerabilidad dentro de esta categoría, contando con las siguientes estrategias de atención:

- Tener en cuenta el contexto del paciente y su familia durante su atención.

- Evitar juicios de valor a la hora de brindar la atención.

- Evitar el uso de términos o expresiones que minimicen la dignidad humana de los usuarios o que    nieguen sus capacidades.

- Mantener contacto visual con el paciente y su familia.

- Evitar la victimización secundaria del paciente o su familia.

- Reconocimiento de identidades de género y orientaciones sexuales:

- Proseguir, desde el marco de orientaciones sexuales e identidades de género, reconoce las características particulares en razón de las identidades de género y las orientaciones sexuales desde las cuales las estrategias de atención se encuentran encaminadas en:

-Tener presente que la orientación sexual o la diversidad de género, no son enfermedades.

-Evitar brindar un trato desigual haciendo distinciones por orientación sexual o identidad de género.

-Se debe evitar divulgar o visibilizar la información dada por el usuario frente a su orientación sexual o identidad de género, teniendo en cuenta que no en todos los casos el usuario desea que esta información sea expuesta.

  1. MARCO LEGAL

  • Decreto 780 de 2016, por la cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  • Resolución 4445 de 1996 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, se aplicarán exclusivamente a la infraestructura física creada o modificada, a partir del 1 de noviembre de 2002. En caso de crear o modificar uno o más servicios, sólo se le aplicará la Resolución 4445 de 1996, al servicio creado o modificado.
  • Resolución 3100 de 2019 Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los Prestadores de Servicios de Salud y de habilitación de servicios de salud.
  • Resolución 1995 de 1995 por la cual conforme al artículo 8 de la Ley 10 de 1990, al Ministerio de Salud le corresponde formular las políticas y dictar todas las normas científico-administrativas, de obligatorio cumplimiento por las entidades que integran el sistema de salud.
  • Que la Ley 100 de 1993, en su Artículo 173 numeral 2, faculta al Ministerio de Salud para dictar las normas científicas que regulan la calidad de los servicios, de obligatorio cumplimiento por parte de todas las Entidades Promotoras de Salud, los Prestadores de Servicios de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud y las direcciones Seccionales, Distritales y Locales de Salud.
  • Que el Decreto 2174 de 1996, mediante el cual se organizó el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el numeral 4 del Artículo 5, estableció como uno de los objetivos del mismo, estimular el desarrollo de un sistema de información sobre la calidad, que facilitara la realización de las labores de auditoria, vigilancia y control y contribuyera a una mayor información de los usuarios.
  • Que la Historia Clínica es un documento de vital importancia para la prestación de los servicios de atención en salud y para el desarrollo científico y cultural del sector.
  • Que de conformidad con el Artículo 35 de la Ley 23 de 1981, corresponde al Ministerio de Salud implantar modelos relacionados con el diligenciamiento de la Historia Clínica en el Sistema Nacional de Salud.
  • Que se hace necesario expedir las normas correspondientes al diligenciamiento, administración, conservación, custodia y confidencialidad de las historias clínicas, conforme a los parámetros del Ministerio de Salud y del Archivo General de la Nación en lo concerniente a los aspectos  archivísticos contemplados en la Ley 80 de 1989.
  1. DEFINICIONES
  • Patólogo: El médico patólogo es el profesional especializado que realiza el diagnóstico de la biopsia o pieza quirúrgica. De este diagnóstico acertado depende una correcta conducta terapéutica para la recuperación de la salud.
  • Patología: Es la rama de las ciencias naturales que estudia las enfermedades. La Patología comprende en general dos grandes campos: la teratología, que estudia los trastornos del desarrollo de los seres vivos y la nosología, que estudia los procesos o enfermedades adquiridas como entidades aisladas o específicas.
  • Patología clínica: La Patología es el estudio de las alteraciones anatómicas, fisiológicas y bioquímicas de un organismo vivo como consecuencia de una enfermedad. La patología clínica abarca una amplia gama de funciones del laboratorio y sus intereses van del diagnóstico y los cuidados al paciente hasta la prevención de las enfermedades.
  • Histopatología: Estudio microscópico de las células y el tejido enfermos.
  • Diagnóstico: Identificación de la enfermedad, afección o lesión que sufre un paciente, de su localización y su naturaleza.
  • Biopsia: Estudio microscópico para analizar la naturaleza, benigna o maligna, de algún fragmento de tejido humano.
  1. RECURSO HUMANO
  • Patólogo
  • Instrumentador quirúrgico
  • Auxiliar de Enfermería
  • Especialista en áreas quirúrgicas: cirujano de mama, cirujano general, cirujano ortopedista, cirujano plástico, cirujano de cabeza y cuello, cirujano urólogo, cirujano ginecológico.
  1. MATERIALES, INSUMOS, MEDICAMENTOS Y EQUIPOS BIOMÉDICOS.
  • Recipientes herméticos
  • Láminas
  • Tubos de diferentes tamaños y calibres
  • Nevera de transporte con termómetro
  • Criostato
  • Formol buferado
  • Solución salina
  • Pesa
  1. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
  1. SOLICITUD MÉDICA

Toda solicitud médica deberá contener:

  • Datos del paciente: nombres y apellidos completos, número de identificación, edad, impresión diagnóstica y datos clínicos de relevancia, teniendo en cuenta la información requerida según el tipo de examen a realizar.
  • Estudio solicitado
  • Entregarse con Anexo Resumen de historia clínica

  1. IDENTIFICACIÓN DE LA MUESTRA

El auxiliar de salas de cirugía o de consulta externa debe marcar todas las muestras con rótulo de la siguiente manera:

...

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