PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL
Tomas Adolfo Morales RodriguezApuntes15 de Junio de 2022
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LOS PRINCIPIOS EN EL DERECHO AMBIENTAL
- De todos los principios leídos ¿Cuáles le parecen más útiles en la actividad de abogado?
Todos los principios leídos son sumamente fundamentales para garantizar la protección y conservación del medio ambiente, pero considero que los más útiles en la actividad del abogado son los siguientes:
- Sostenibilidad o de desarrollo sostenible: Es la base del Derecho Ambiental, porque estos principios se han formado tomando en cuenta la conservación ambiental y el desarrollo económico, brindándole al abogado, una visión y proyección más humana, cultural y jurídica, permitiéndole tener un mejor análisis.
- Prevención: Nos resulta provechoso puesto que funciona como sistema de protección, dado que a través de las instituciones, podemos hacer uso de instrumentos tales como evaluación de daño, medidas cautelares, etc., para evitar la producción de daños ambientales bajo cualquiera de sus formas.
- Contaminador pagador: Es importante este principio, porque nos permite establecer un nexo entre el contaminador y el costo de contaminación, en vista de que si la persona o empresa no se responsabiliza del daño causado al ambiente, las autoridades nacionales están en la obligación de impedir su actividad a través de los mecanismos legales correspondientes.
- Responsabilidades comunes pero diferenciadas: Podemos evidenciar que todos los Estados tienen responsabilidades con respecto al medio ambiente, pero se diferencian con respecto a la aplicación de su legislación, en medida de que estas normas no pueden ser aplicadas de igual manera en todos los países, a razón de que presenciamos realidades diferentes.
- Considera usted que en nuestra constitución falta desarrollar principios y que le parece lo descrito en la constitución de la república de Uruguay
- Considero que a nuestra Constitución le falta desarrollar estos principios, puesto que existen diversos conflictos con respecto al medio ambiente, y no se ve el accionar de las autoridades, al parecer el Perú no cuenta con un plan de prevención, conservación y restauración de daño ambiental, por ello es que las empresas toman por alto las leyes ambientales que existen aquí en nuestro territorio y siguen haciendo de las suyas, con tal de beneficiarse.
Estamos frente a una deficiencia de políticas ambientales, que a la larga solo nos perjudican, consecuencia de ello, existe la contaminación de los ríos y mares, la deforestación entre otras problemáticas, que solo dañan al medio ambiente, y por consecuente nuestra forma de vida, no solo de la actual, sino también de las generaciones futuras.
- Lo descrito en la Constitución de la República de Uruguay, me parece excelente que hayan teniendo en cuenta los principios y declaraciones ambientales para su posterior integración a su Constitución y asimismo a su Derecho Constitucional General y Ambiental Constitucional, también cabe mencionar, que en Uruguay se prioriza el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado esta entrelazado con derechos, deberes y garantías inherentes a la personalidad humana. Por último, es importante resaltar el accionar de los legisladores, que cada tiempo reconocen cuales son los derechos, los deberes y las garantías de sus ciudadanos, pero también son consciente de la protección del Medio ambiente para garantizar una buena calidad de vida, eso nos hacer notar que están al tanto de los cambios que se dan en su país, y que buscan garantizar la correcta aplicación inmediata de la normativa constitucional.
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