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Politicas Publicas

eduni10 de Marzo de 2014

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DERECHO PROCESAL MERCANTIL

PROFESOR: Lic. Miguel Marcial Canul Dzul

RECOPILATORIO DE LOS TEMAS CORRESPONDIENTES AL CURSO DE DERECHO PROCESAL MERCATIL

ERICK GERARDO AGUILAR GARCÍA 09-10634

Depto: CIENCIAS SOCIALES ECONOMICO Y ADMINISTRATIVAS

UNIDAD 1

DERECHO MERCANTIL

Introducción

Este derecho surge con la división del trabajo, con la actividad comercial evidentemente internacional, ya que no hay forma de ponerle límites, se reguló por el derecho común, dos mil años antes de Cristo se utilizó el Código de Hammurabi, regulando el préstamo con intereses, depósitos de mercancías, contratos de comisión, los fenicios reglamentaron la avería marítima, entre los egipcios y griegos existían comerciantes especializados en la actividad bancaria denominados trapezitas, los griegos regularon el préstamo a la gruesa, los hindúes con su Código de Manú destacaron la profesión del comerciante.

El Derecho mercantil surge en la Edad Media, siglos XII y XIII, debido a dos factores:

1. Para la defensa de los intereses de los comerciantes que crearon sus propios tribunales denominados Consulados y en los cuales se juzgaba conforme a usos, equidad y estatutos.

2. Para la celebración de ferias y mercados comerciales que contaban con tribunales propios, facultados para resolver las controversias y surge el derecho cambiario, el contrato de cuenta corriente, etc.

Con el desarrollo del comercio marítimo en las nuevas tierras, creó necesidades, problemas, soluciones que debían aplicarse en forma equitativa, tipificándose los actos y especializándose en la materia.

Entre las primeras recopilaciones tenemos a los Juicios o Rooles de Olerón, Fuero Real de Castilla; las Leyes de Partida; el Consulado del Mar; las Leyes de Wisby, en 1673 surge en Francia el primer acto legislativo conocido como Ordenanza de Colbert, que reglamentó el comercio terrestre, después otra para normar el comercio marítimo, ambos reconocen ciertos actos típicos (letras de cambio).

En el S. XIX destaca el Código de Comercio de Napoleón que influye en las posteriores codificaciones mercantiles.

Derecho Mercantil en México

En México el derecho mercantil tiene su origen en los llamados tianguis que aún prevalecen, en esa época el de Tlatelolco es un claro ejemplo donde más de 50 mil personas celebraban transacciones, existía un dios para el comercio llamado Yacatecutli y los comerciantes eran conocidos como Pochtecas, los jueces, en procesos sumarios, dirimían los conflictos que se suscitaban.

Durante la Colonia se creó la Universidad de Mercaderes que contaba con un Consulado de Comercio regido por las Ordenanzas de Burgos y las de Sevilla, promulgando las propias en 1639, denominadas Ordenanzas del Consulado de México, Universidad de Mercaderes de Nueva España, el Consulado de Comercio se sostenía por el impuesto de avería.

Al inicio del México independiente continuaron rigiendo las disposiciones coloniales y se hicieron nuevas reformas entre las cuales están:

1.- 1824, que suprime los consulados y somete los negocios mercantiles al conocimiento de los jueces comunes.

2.- 1841, restablece los consulados con la denominación de tribunales mercantiles y crea el Tribunal Mercantil de la Ciudad de México y las juntas de comercio.

3.- 1842, aumenta de una a dos Salas al Tribunal Mercantil de la Ciudad de México.

Para 1854, se publica nuestro primer Código de Comercio, que se le atribuye al servidor público Teodosio Lares, en el gobierno de Antonio López Santana, con influencia española y francesa, su vida fue efímera.

Para 1884, durante la presidencia de Manuel González, se expide un nuevo Código y se regula el procedimiento de quiebra y es sustituido por el aún vigente, expedido por el presidente Porfirio Díaz, con influencia de la legislación española, italiana e inspirada en el Código de Comercio francés.

Actos con Mercantilidad Absoluta

Los Actos con mercantilidad absoluta, son típicos del comercio, son siempre mercantiles, sin importar la persona que los realice, como ejemplos estás las enajenaciones, compraventas, contratos relativos al comercio marítimo, operaciones de comisión mercantil, depósitos en almacenes generales, cheques, letras de cambio, remesas de dinero, fábricas, manufacturas, etc.

Actos con Mercantilidad Relativa

Los Actos con mercantilidad relativa, únicamente cuando se llevan a cabo con la intención de especular, como ejemplos están las adquisiciones, enajenaciones, depósitos por causa de comercio, obligaciones contraídas entre comerciantes y banqueros.

Derecho Mercantil Internacional

Parte del derecho mercantil que estudia las transacciones comerciales realizadas por personas residentes en dos o más naciones, por los Estados en uso de su iure gestionis y los actos que poseen algún punto de contacto con el extranjero.

Es importante destacar que el derecho mercantil internacional excluye las relaciones comerciales que pertenecen al ámbito del derecho público, como las referentes a la actitud y conducta de los Estados que en ejercicio de su poder soberano regulan los efectos del desarrollo del comercio dentro de su territorio.

En nuestro continente se suscribieron los primeros tratados en materia de derecho mercantil internacional. El primero fue el Tratado de Derecho Comercial Internacional, emanado del Primer Congreso Sudamericano de Derecho Internacional Privado o Congreso de Montevideo, celebrado en dicha ciudad durante 1888 y 1889 a propuesta del jurista uruguayo Gonzalo Ramírez.

En el S. XX se han formulado diversas regulaciones internacionales en el derecho mercantil internacional emanadas de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI o UNCITRAL) y de otros organismos internacionales como:

• Comisión de Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (CNUCID o UNTAD).

• Instituto para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT).

• Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado.

• Conferencias Especializadas Interamericanas sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP).

• Unión Europea (UE).

• Consejo para la Ayuda Económica Mutua (COMECON).

• Asociación Internacional para la Ciencia Jurídica (AICJ).

• Academia de La Haya de Derecho Internacional Privado, etc.

El derecho mercantil internacional ha utilizado los siguientes métodos para su desarrollo:

a) Método Conflictual

Crea normas de elección (conflictuales) que determinan cuál de los derechos nacionales vinculados con la situación jurídica concreta es el preferido para regir el fondo de la misma.

b) Método De Derecho Uniforme

Busca que las normas pertenecientes a dos o más sistemas jurídicos locales aplicables al negocio con elementos internacionales sean sustituidas por una reglamentación única, la que a últimas fechas es la más utilizada. Para lograr tal unificación se han empleado tres criterios:

1. Leyes modelo: Con la finalidad de que los legisladores nacionales incorporen sus disposiciones a la normatividad interna.

2. Contratos tipo: Elaborados por agrupaciones de comerciantes con el propósito de que las partes en una relación mercantil se ajusten a ellos.

3. Reglas, nomenclatura y terminología uniforme: Con la finalidad de precisar los alcances de disposiciones concernientes al comercio internacional. Las más conocidas son las llamadas INCOTERMS (Reglas Internacionales para la Interpretación de los Términos Comerciales) elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI).

Unificación y Armonización

• UNIFICACIÓN: Se lleva a cabo mediante la aprobación de normas jurídicas comunes (normas sustantivas o materiales uniformes) que son aplicables a determinados aspectos de las operaciones comerciales internacionales y ello únicamente se logra mediante la celebración de tratados internacionales (hard law).

• ARMONIZACIÓN: Resulta de la modificación de las diversas leyes nacionales y tiene como base las disposiciones (normas sustantivas o materiales armónicas) contenidas en una Ley Modelo o los lineamientos establecidos en una guía (soft law) elaborada por algún organismo internacional. (Con esto se busca eliminar las dificultades de celebrar un convenio internacional entre Estados que pertenecen a familias jurídicas diversas o poseen diferentes niveles de desarrollo económico y social).

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI o UNCITRAL: United Nations Commission on International Trade Law)

A efecto de fomentar el desarrollo progresivo del comercio internacional mediante la armonización y unificación progresiva del derecho mercantil internacional, el 17 de diciembre de 1966 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad de votos la constitución de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional.

Actualmente la CNUDMI cuenta con una representación

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