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Recurso de reposición a la Unidad de víctimas.


Enviado por   •  2 de Febrero de 2017  •  Ensayos  •  650 Palabras (3 Páginas)  •  429 Visitas

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Orito - Putumayo, 24 de octubre de 2016.

SEÑORES:

UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VICTIMAS.

Bogotá D.C.

REF: RECURSO DE REPOSICION RESOLUCION N° 2016-135290 DE 25 DE JULIO DE 2016 FUD: NI000625091.

Cordial saludo,

RUBY ALEXANDRA GIRALDO CORDOBA, identificada con la cedula de ciudadanía Nº 1.006.288.324 expedida en Palmira - Valle, respetuosamente me dirijo a ustedes con el fin de interponer Recurso de Reposición subsidio a apelación, en contra de la resolución N° 2016-135290 DE 25 DE JULIO DE 2016 FUD: NI000625091, en los hechos victimizantes AMENAZA Y DESPLAZAMIENTO FORZADO para lo cual me permito manifestar lo siguiente:

HECHOS

Solicito se sirva reevaluar la declaración rendida ante la Personería Municipal de Orito – Putumayo el día 08/02/2016, el día 17 de enero del presento año vivía en Palmira – Valle arrendaba una casa esquinera en la cual tenía una tienda ese día mataron a un hombre aproximadamente a las 10:30 de la noche a fuera de la casa que arrendaba debido a este homicidio llego la Policía y la Sijin y estuvieron patrullando en el barrio para tener conocimiento de la muerte posteriormente me hicieron preguntas.

Al día siguiente a las 10: 00 am llegaron tres hombres en dos motos a la tienda y me encontraba atendiendo a una señora por consiguiente uno de ellos se me acerco a comprar unos chicles y saco un arma de fuego amenazándome me dijo “que andaba de sapa y que no me querían ver más así que debía irme con mis dos hijos”. Por lo tanto, el mismo día me fui con mis dos hijos para Orito – Putumayo.

MATERIAL PROBATORIO

Los documentos anexos a la declaración rendida ante el Despacho de la Personería Municipal Orito, y que se encuentran en la base de archivo de la UARIV.

RAZONES QUE SUSTENTAN ESTE RECURSO

Me permito transcribir taxativamente lo que es enuncia la UNIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VICTIMAS después de analizar la narración de los hechos se establece de manera objetiva y atendiendo rigorosamente el relato de la deponente, que el hecho victimizante al que fue expuesta no tiene relación cercana y suficiente con los hechos a que se hace referencia este relacionados en el artículo 3° de la ley 1448 de 2011, ya que no se evidencia que los hechos a que se hace referencia estén relacionados con motivos ideológicos o políticos, además en el relato se evidencian situaciones relacionadas con la delincuencia común presente en el sector, y que según la ley 1448 de 2011 en el parágrafo 2 del artículo 3 que describe “(..) no serán considerados como victimas quienes hayan sufrido un daño en sus derechos como consecuencia de actos de delincuencia común.”

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