RECURSO DE REPOSICIÓN
germaniriasTesis23 de Noviembre de 2013
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RECURSO DE REPOSICIÓN
ÍNDICE
3.-INTRODUCCION
4...5CONCEPTOS
6.ETIMOLOGIA DE LA PALABRA E HISTORIA
7.-CARACTERISTICAS
8.- REQUISITOS
8.-9-13 PROCEDENCIA.FUNDAMENTACION
14.-18 RESOLUCIONES CONTRA QUE NO PROCEDE.
19.- PROCEDIMIENTO
20.- RESOLUCIÓN
21.- FLUJOGRAMA
22.- CONCLUSIONES
23.- BIBLIOGRAFIA
24.-. ANEXOS
9-
INTRODUCCION
En el presente trabajo daremos a conocer un análisis completo de lo que es el Recurso de Reposición, cual es su utilidad en el ejercicio de nuestra profesión, algunos conceptos, la etimología de la palabra, sus características, contra que procede y la forma de interponerse.
Es una recopilación de información de diferentes fuentes como el Código Procesal Civil, el Código Procesal Comentado, el decreto 211-2006 y otras fuentes de información que nos han servido para documentar este trabajo.
Este recurso sirve como medio de impugnación que la ley establece, contra todas las resoluciones que desfavorecen a la parte agraviada, a fin de dejarlas sin efecto o modificarlas, por haber sido dictadas con vicios de nulidad o con defectos que conforme a ley deben enmendarse.
A partir de esta información, tenemos las herramientas necesarias para conocer en qué casos, en qué momento, como se debe interponer este Recurso en materia Civil y quien debe resolverlo, por lo que se espera que el contenido del mismo sea provechoso para todos nosotros.
RECURSO DE REPOSICION
CONCEPTOS
1.-Es el recurso en el cual una de las partes, presenta ante el propio juez que dicta la resolución interlocutoria, con la finalidad que la deje sin efecto, la corrija, la aminore o la cambie según solicite el recurrente. (Guillermo Cabanellas
2. El recurso de reposición es un recurso no devolutivo, dado que debe ser resuelto por el mismo órgano que dictó la resolución recurrida. Dicho recurso se contemplaba ya en la anterior Ley de Procedimiento Civil de 1.906, concretamente en los artículos 197 a 199, aunque solo estaba previsto para providencias y sentencias interlocutorias que se dictaran en primera instancia o que recayeren en la substanciación de los recursos de apelación o de casación. El nuevo Código lo regula de forma más detallada y extensa en los artículos 695 a 700, pero en términos prácticamente idénticos a la anterior regulación, como pasaremos a exponer.(Modulo Instruccional Los Recursos en el nuevo Código Procesal Civil)
3.-El Recurso de reposición consiste en solicitar al mismo funcionario que dictó el acto que lo aclare, lo modifique o lo revoque.
En el derecho procesal este recurso ordinario y horizontal puede interponerse en cualquier instancia, incluso contra recursos extraordinarios. Es decir que se podría revocar una providencia simple de la Corte.
Procede únicamente contra interponer de forma escrita y dentro de los tres días de la notificación. Debe ser fundada. Así, este tipo de recursos se erigen como el medio de impugnación que la ley establece en favor de una parte agraviada por un auto o decreto y, excepcionalmente, por una sentencia interlocutoria, a objeto que el mismo tribunal que ha dictado esta resolución proceda a dejarla sin efecto o modificarla. Es el recurso que, por excelencia, se interpone en contra de aquellas resoluciones que tienen este carácter.
3.La reposición, o también llamado recurso de revocatoria, al igual que la aclaratoria es un medio de impugnación de providencias, que se resuelve en la misma
Instancia procesal que la dictó, por razones de economía procesal. Por este motivo muchos autores la consideran un remedio procesal y no un recurso. Los españoles lo consideran como un medio no devolutivo pues no se “devuelve” la competencia de juzgar al tribunal jerárquicamente superior, sino que el mismo juez o tribunal lo decide por contrario imperio.
REPOSICIÓN:(Derecho Procesal) Es el recurso que se interpone contra los decretos y tiene por objeto que el juez reponga, revoque o reforme la decisión adoptada en su resolución.(Diccionarioo jurídico)
RECURSO DE REPOSICIÓN:(Derecho Procesal Civil). Medio que sirva para impugnar los decretos o resoluciones de mera tramitación, que impulsan el proceso, con la finalidad de que el mismo ente jurisdiccional que lo emitió revoque o modifique, subsanando el error (Diccionarioo jurídico)
Bajo estos conceptos podemos decir que el recurso de reposición, es como el primer paso para iniciar un proceso de impugnación, que dé lugar a anular, modificar o corregir cualquier resolución que haya sido dictada, con vicios de nulidad o con errores que afecten al demandado o demandante, conforme lo que la ley prescribe, ante el órgano que la dicto, y quien según lo prescribe la ley, está obligado a resolver, aclarar, modificar o revocar la resolución recurrida, por lo que se considera un recurso NO DEVOLUTIVO.
ETIMOLOGIA DE LA PALABRA Y ANTECEDENTES HISTORICOS.
REPOSICION proviene del latín REPOSITĬO, reposición es la acción y efecto de reponer o reponerse (volver a poner o colocar a algo o alguien en el lugar o estado que tenía antes, reemplazar lo que falta).(http://definicion.de/reposicion/#ixzz2bo424KqD Conceptohttp://definicion.de/reposicion/#ixzz2bo424KqD)
La historia enseña que:
Los egipcios:habíajerarquía judicial y recursos, existiendo un órgano superior, la Corte Suprema, compuesta de 30 miembros elegidos (en el periodo de mayor desarrollo) por las ciudades de Mentís, Tebas y
Heliópolis.
En Esparta y Atenas: los ciudadanos podían apelar, a la Asamblea del
Pueblo, de las sentencias de los tribunales.
En Roma: donde debe comenzar toda historia científica de las instituciones jurídicas de la evolución de nuestros institutos pasa por diversas etapas. (Monarquía. República Imperio)
Derecho Germano: más primitivo no se concibe el fenómeno de los recursos, porque el proceso es una expresión de la divinidad, de la que aparece infalible. El juicio se desarrolla en la Asamblea del Pueblo y el presidente de ella como absoluta (Richter) proclamaba la decisión, que era inmutable. Inconmovible.
En la edad Media, con el fraccionamiento del poder, los señores creaban cada uno su tribunal de justicia, o la dictaban por si mismos; pero a Medida que crecía su poder, los reyes restauraban los recursos ante ellos
(O sus delegados, órganos centrales).(www.icdp.co/revista/articulos/18-19/3%recursos%ordinarios.pdf)
CARACTERÍSTICAS
1.-Se interpone ante el Tribunal que dictó la resolución para que lo resuelva él mismoesun recurso emanado de las facultades jurisdiccionales de los Tribunales de justicia.
2ª. Se trata de un recurso no devolutivo, es decir, de un recurso cuya decisión corresponde al mismo órgano judicial que dictó la resolución impugnada.
3ª. Es un recurso que cabe contra todas las providencias que no sean de mero trámite y los autos no definitivos dictados por cualquier tribunal de la jurisdicción civil (artículo 694 CPC). Esto quiere decir que el recurso de reposición tiene únicamente por objeto básicamente cuestiones procesales, y no cuestiones materiales referentes directamente a la relación jurídico sustantiva que se debate en elproceso, ya que éstas sólo pueden resolverse en sentencia, y no en
providencias ni autos.
4ª. Es un recurso que no tiene efectos suspensivos, es decir, que no produce la suspensión de la resolución impugnada. Ello significa que la tramitación del proceso no está a disposición de las partes, y que los recursos que éstas interpongan contra las decisiones del tribunal sobre la dirección del proceso, que es de orden público, no pueden torcer su tramitación. Que el proceso avance y
termine es un valor digno de protección, sin perjuicio de que en sucesivas instancias o recursos devolutivos puedan y deban corregirse los defectos de tramitación ocurridos en las anteriores (véase el artículo 705 CPC, que señala que el recurso de apelación tiene por objeto lograr la enmienda de la aplicación e interpretación tanto de las normas legales que rigen los actos y garantías del proceso, como de las normas legales empleadas para resolver las cuestiones objeto de debate por el tribunal competente; y el artículo 719 CPC para el recurso de casación.(Código de Procedimientos Comunes 1906 Decreto no.76)
REQUISITOS
1) Que se interponga contra resoluciones y actos de trámite que pongan fin a la vía administrativa.
2) Que se interponga en el plazo legalmente establecido.
3) Que se formule por escrito, con expresión concreta de los motivos de inconformidad.
4) Que se interponga dentro de la oportunidad legal.
5) Que se interponga directamente por el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, o se acredite la personería si quien lo interpone actúa como apoderado o representante.
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