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Reglamento de aguas residuales


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2021  •  Informes  •  8.624 Palabras (35 Páginas)  •  68 Visitas

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DEFINICION DEL PROBLEMA

  1. Introducción

El artículo 26 del TUO de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (Ley Marco), aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA señala que los prestadores de servicios de saneamiento están facultados para brindar a terceros, con la correspondiente contraprestación, las siguientes actividades: i) Comercializar el agua residual tratada, residuos sólidos y subproductos; generados en el proceso de tratamiento de agua para consumo humano y tratamiento de aguas residuales, con fines de reúso, ii) Brindar el servicio de tratamiento de aguas residuales, para fines de  reúso, y iii) Comercializar el agua residual sin tratamiento, para fines de reúso, a condición que los terceros realicen las inversiones y asuman los costos de operación y mantenimiento para su tratamiento y reúso.

Debe entenderse que las actividades mencionadas en el párrafo anterior hacen referencia a la comercialización de los productos y servicios derivados, que se obtienen como resultado de la utilización de una infraestructura dedicada a la producción de servicios de saneamiento regulados (Servicio de Agua Potable, Servicio de Alcantarillado Sanitario, Servicio de Tratamiento de Aguas Residuales para disposición final o reúso y Servicio de Disposición Sanitarias de Excretas)

Dichas facultades otorgadas a las empresas prestadoras, son consistentes con el nuevo paradigma de la economía circular, la cual busca reusar todo tipo de recursos, entre ellos las aguas residuales domésticas. Se señala que el agua «tiene valor» en sí misma, pero también «hay valor» en el agua (energía, nutrientes, etc.); por lo que se propone propiciar el mercado de los productos y servicios derivados del saneamiento que permita a las empresas prestadoras tener un ingreso a partir de él y se produzca externalidades positivas para el medio ambiente (Nika et al., 2020).

Como se recuerda, los sistemas de saneamiento ideados y desarrollados en los siglos XIX y XX se fundamentaban en una concepción lineal de un proceso que parte de un insumo (agua) para dar un servicio (tratamiento, distribución, uso, recogida y disposición). La finalidad principal era evitar la propagación de enfermedades, sin otras consideraciones medioambientales. La financiación de los prestadores (mediante tarifas o subsidios) estaba basada en el volumen de agua. El objetivo principal, de ahí que sea un sector sujeto a la regulación económica, particularmente la tarifaria, era minimizar el costo de acceso a los servicios de saneamiento a la mayor cantidad posible de la población.

Sin embargo, como se muestra en la siguiente figura, en el nuevo paradigma cambian los componentes y la configuración del sistema, lo cual va a tener implicaciones en la regulación de los servicios de saneamiento a largo plazo. En particular, el cambio principal de paradigma con relación al servicio de recogida y tratamiento de aguas residuales es que lo que hoy en muchas ocasiones es un servicio que únicamente supone costos (tratamiento, pago por vertidos, etc.) sin ningún ingreso asociado, pasa primero a ser un costo evitado (alguien se lleva un producto que para el prestador es costoso de disponer, como las aguas residuales o los lodos); y, posteriormente, a ser una oportunidad para tener ingresos (mediante la venta de materias que permiten la generación de energía o fertilizantes).

Figura 1: Nuevo paradigma para los servicios de saneamiento

[pic 1]

Tomado de IDB. (2019), Tabla 1.

En este contexto, la Ley Marco estableció que los productos y servicios derivados de los sistemas de saneamiento están sujetos a regulación económica, siempre que no sean prestados en condiciones de competencia. Asimismo, que la Sunass como regulador económico puede establecer los procesos mediante los cuales se establecen cargos de acceso a los prestadores de servicios regulados, con la finalidad de favorecer la eficiencia y la sostenibilidad de los mercados de productos y servicios derivados.

En ese sentido, a fin de definir los alcances de una posible regulación en la siguiente sección se explora la problemática de la comercialización de los productos y servicios derivados de los servicios de saneamiento, así como sus causas y efectos.

  1. Problema: Causas y efectos

La problemática es esquematizada en un árbol de problema (figura 2), el cual fue construido en base a la etapa de consulta pública (reuniones con EPS, GIZ y especialistas en el tema) y la revisión de documentos especializados.

  1. Problema Principal

Se ha definido como problema central el “poco reúso de agua residual u otros productos/servicios derivados”, dado que en el Perú sólo algunas empresas prestadoras vienen comercializando algunos productos derivados (SEDAPAL, EMAPICA, SEDAPAR, EPS MOQUEGUA, etc.), y la gran mayoría de empresas prestadoras no lo vienen realizando, a pesar de los beneficios potenciales y la creciente tendencia del desarrollo de esta actividad a nivel mundial.

¿Por qué es importante el reúso de agua residual u otros productos/servicios derivados?

Cada vez cobra más importancia el agua tratada para consumo humano directo debido a la escasez de agua potable para consumo humano existente en muchas zonas del planeta y la, cada vez más frecuentes, crisis hídricas. De acuerdo con el estudio realizado por IDA&GWI (2020) en el año 2050 la escasez de agua afectara a 5 000 millones de personas.

Figura 2: Árbol de problemas

[pic 2]

De acuerdo con esta fuente, en el 2019 la capacidad mundial de plantas municipales para reúso de agua aumentó en 7,9 millones de metros cúbicos al día; de ellos el 47% se instaló en China, el 13% en India y el 11% en los EE. UU. Como referencia, en 2018 la capacidad aumentó en aproximadamente 7 millones de metros de metros cúbicos al día. La capacidad instalada mundial actual es de 145,8 millones de metros cúbicos al día, el doble que hace 15 años. En la figura 3 se puede apreciar la evolución del sector desde el año 2010.

Figura 3: Capacidad anual contratada en instalada para reúso desde 2010 en el mundo

[pic 3]

Tomado de IDA&GWI (2020), pág. 23.

Por lo que se refiere al uso que se le da las aguas tratadas en el mundo, destaca que en los países del extremo oriente, los principales usuarios y más desarrollados económicamente, el uso es predominantemente industrial. Por el contrario, en oriente próximo e Iberoamérica el uso es predominantemente agrícola, como se aprecia en la figura 4.

Figura 4 Usos del agua tratada por regiones en el mundo

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