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SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA


Enviado por   •  25 de Julio de 2016  •  Ensayos  •  492 Palabras (2 Páginas)  •  403 Visitas

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SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON CUENCA

MIGUEL ANTONIO MATUTE BARROS y LORENA DEL ROCIO GUAMAN CACERES, ecuatorianos, de estado civil casados entre sí, de 37 y 38 años de edad, y números de cédula de ciudadanía 0124568973, 0134570716 respectivamente, empleados privados, domiciliados en el barrio” San Juan Loma”, de la parroquia el Valle, del cantón Cuenca, provincia del Azuay; ante Usted en debida forma comparecemos y manifestamos:

De la partida de matrimonio que adjuntamos, podrá apreciar que nos encontramos legalmente casados, partida que consta en el Tomo 4, Página 196, acta 1396, celebrado en este cantón Cuenca, provincia del Azuay, el 31 de julio de 1998.

Dentro de nuestro matrimonio, hemos procreado tres hijos de nombres: ANDREA CAROLINA MATUTE GUAMAN, KAREN CRISTINA MATUTE GUAMAN, MIGUEL ANGEL MATUTE GUAMAN, de 14, 12 y 3 años de edad respectivamente, conforme se demuestra con las partidas de nacimiento que adjuntamos a la presente. Señor Juez durante nuestra vida matrimonial no hemos adquirido ningún bien inmueble, solo bienes muebles necesarios para el hogar.

Señor Juez, es nuestra voluntad compartida la de Divorciarnos, y es por ello que con fundamento en el artículo 107 del Código Civil vigente, acudimos ante su autoridad para solicitarle el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y tramitado que sea el mismo, se declare en Sentencia disuelto el vínculo matrimonial que nos une y a su vez ordene la marginación de la Sentencia en el Registro Civil Correspondiente.

De conformidad con el art. 334, numeral 3, del COGEP, el trámite que se dará a la presente causa es el de los Procedimientos Voluntarios.

La cuantía por su naturaleza es indeterminada, de acuerdo al art.144 numeral 6.

Por existir un menor de edad, se designará Curador –Ad Litem, conforme a ley, para que represente a nuestro hijo en la presente causa, previa la Audiencia de Parientes o de personas honorables del lugar; y nuestras hijas al ser adolescentes designaran personalmente al Curador Ad-Litem que les represente en la presente causa.

Notificaciones que nos corresponda las recibiremos en el casillero Judicial número 1310 de la H. Corte Superior de Justicia de Cuenca; las notificaciones electrónicas las recibiremos a la siguiente dirección: franklindominguezg@gmail.com

Autorizamos al profesional del derecho Franklin Arturo Domínguez Gallego con CI 0104424841, para que con su sola firma presente los escritos que sean necesarios para el correcto desarrollo de la presente causa.

Atentamente

Ab. Franklin Domínguez Gallego           Miguel Matute Barros          Lorena Guamán Cáceres

           CI 0104424841                                    0124568973                          0134570716

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