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Sentencia


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2014  •  391 Palabras (2 Páginas)  •  209 Visitas

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Sentencia

[DPro] Resolución judicial que decide definitivamente un proceso o una causa o recurso o cuando la legislación procesal lo establezca. Las sentencias, después de un encabezamiento, deben expresar en párrafos separados los antecedentes de hecho, los hechos que han sido probados, los ftmdamen- tos de Derecho y el fallo. Deben ir firmadas por el Juez, Magistrado o Magistrados. Asimismo, pueden ser dictadas de viva voz cuando lo prevea expresamente la legislación procesal aplicable.

iS LOPJ, arts. 245.l.c), 248.3; LECiv, art. 206.2.3.°

Resoluciones judiciales.

(Procedimiento Civil) Nombre dado a los fallos emitidos por los tribunales de instancia y por los tribunales de trabajo, así como también por los árbitros. V. Aforismo.

(Procedimiento General) Resolución judicial tomada por una Corte de Apelación, por la Corte de Casación o por las jurisdicciones administrativas distintas de los tribunales administrativos. V. Juicio.

Derecho Procesal

Resolución judicial que decide definitivamente el pleito o causa en cualquier instancia o recurso, o cuando, según las leyes procesales, deban revestir esta forma. Será siempre motivada y se pronunciará en audiencia pública (art. 120.3 de la Constitución).

Las sentencias se formularán expresando, tras un encabezamiento, en párrafos separados y numerados, los antecedentes de hecho, hecho probados, en su caso, los fundamentos de derecho y, por último, el fallo. Serán firmadas por el Juez, Magistrado o Magistrados que las dicten (V. arts. 245 y 248 de la L.O.P.J., 206 y 208 y ss. de la L.E.C. de 2000, 67 y ss. de la L.J.C.A., 141 y ss. de la L.E.Cr. y 97 y ss. de la L.P.L.).

Es el acto procesal que emite el órgano jurisdiccional para decidir definitivamente un pleito o recurso, además de poder utilizarse en los casos expresamente previstos por la ley. Se dice que hay sentencia firme cuando no cabe recurso alguno contra ella, sea porque no lo tiene previsto legalmente, sea porque, teniéndolo, transcurrió el término para interponerlo. También se denomina sentencia irrecurrible. Los recursos extraordinarios, como el de revisión, no afectan a la firmeza de la sentencia. La clase contraria será la sentencia no firme o sentencia recurrible. Hay sentencia definitiva cuando pone término a un pleito o causa. Recientemente se ha utilizado la denominación de sentencia final para referirse a la sentencia definitiva, la cual pasa a ser la sentencia definitivamente ejecutada. Si la sentencia recae en los incidentes o en aspectos parciales del pleito, se dice que es sentencia interlocutoria.

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