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Tics Aplicables Al Derecho

manisjesus26 de Agosto de 2013

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Para entender mejor el contenido que a continuación se presentará comenzaremos por definir las dos palabras claves, es decir de lo que se hablara principalmente.

DERECHO: La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad. (Álvarez, 2004, pág. 15)

TIC´S: Son tecnologías de la información y de comunicaciones, constan de equipos de programas informáticos y medios de comunicación para reunir, almacenar, procesar, transmitir y presentar información en cualquier formato es decir voz, datos, textos e imágenes. (González, 2005, pág. 33)

Cabe señalar y para profundizar un poco más acerca de las TIC´S que el desarrollo de tecnologías que permiten la comunicación entre personas es documentable desde tiempos muy remotos, para uso práctico de esta investigación se tomarán en cuenta dos sucesos un tanto recientes; el Internet y la televisión.

Las nuevas tecnologías forman parte de la cultura actual y con la que se debe convivir, ya que éstas amplían las capacidades físicas y mentales y las posibilidades de poder obtener un buen y satisfactorio desarrollo social.

Cuando se habla de TIC no solo se hace referencia a la informática, telemática, sino también a los medios de comunicación de masas.

Las TIC están provocando numerosas transformaciones en la economía, sociedad, cultura y el Derecho e incide en numerosos aspectos de la vida como: el acceso al mercado laboral, la sanidad, gestión industrial, la información, la comunicación,etc.

Su gran impacto en todos los ámbitos actualmente hace cada vez más difícil que se pueda actuar eficientemente prescindiendo de ellas.

Uno de los fenómenos característicos de ésta época es el desarrollo vertiginoso de la tecnología y a su lado, las contradicciones que para su incorporación cultural generan.

DIFERENCIAS ENTRE DERECHO JURÍDICO E INFROMÁTICA JURÍDICA (LAS TIC´S APLICADAS AL DERECHO).

Derivado de la incursión de las Tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en prácticamente todas las áreas del conocimiento y actividades del ser humano, desde la comunicación entre familiares y amigos, hasta las cirugías más sofisticadas, es se advierte que para el óptimo desarrollo e implementación de las TIC, así como en aras de alcanzar el bien común, y que la mayor cantidad de personas puedan verse beneficiadas, reduciendo los riesgos que el uso de la tecnología pudiera implicar en cuanto a la protección de sus derechos individuales y sociales, es indispensable contar con una regulación tanto técnica como jurídica local, nacional e internacional, que otorgue seguridad y certeza jurídica tanto a los usuarios de las TIC como a quienes las desarrollan.

En este orden de ideas, es que se observa la necesidad de crear normas jurídicas específicas para la regulación de las TIC, en todas aquellas áreas que pudieran involucrar derecho y obligaciones, surgiendo así lo que se conoce como Derecho informático o de las TIC.

El Derecho informático puede definirse, de acuerdo con Tellez como “una rama de las ciencias jurídicas que considera a la Informática como instrumento y objeto de estudio”. (Tellez, 2004). De lo cual deriva la división de esta área del Derecho en dos partes, la informática jurídica, que estudia la aplicación de la TIC en el Derecho, como en el caso de la digitalización de leyes y jurisprudencias, los apoyos en la enseñanza del Derecho, así como para su investigación, y el Derecho de la Informática, que comprende el conjunto de leyes, normas y principios aplicables a los hechos y actos derivados de la Informática.

De esta forma se observa como en la actualidad el Derecho Informático pretende abarcar todas las áreas en que las tecnologías y la ciencia jurídica convergen, desde la aplicación de las tecnologías para agilizar y facilitar el estudio y aplicación de la normas jurídicas, como la regulación de la creación y uso de todo tipo de tecnología de la información y la comunicación. Cabe destacar que si bien es cierto actualmente es considerada por la doctrina como un área autónoma del derecho, tiene injerencia en muchas de las otras áreas y éstas a su vez en ella.

En este sentido, y de acuerdo con Pedro de la Garza se puede afirmar que el Derecho Informático no puede estudiarse ni aplicarse de forma aislada, es necesario contar con conocimientos jurídicos generales, toda vez que lo que se intenta es tomar todas las normas jurídicas aplicables a los modelos tradicionales, adaptándolas y adecuándolas al uso de la TIC, de tal forma que aun cuando se cuenten con nociones de esta rama de derecho, no será factible su óptima aplicación, sin conocimientos en el toda la ciencia jurídica en general. (Garza, 2011)

Como se observa el Derecho Informático es muy amplio, su conocimiento y aplicación no sólo implica a los abogados, ya que si bien es cierto ha sido creado por los juristas, su aplicación como toda norma jurídica no es exclusiva de éstos, sino para todo aquel que encuadre en los supuestos normados; es por ello que resulta de gran trascendencia su difusión, y no sólo eso sino que quienes se dedican directamente al desarrollo y aplicación de la TIC, cuenten con apoyos suficientes para ejercer su profesión conforme a derecho.

No obstante lo anterior, esto es sólo el comienzo de la cruzada para regular el uso de las tecnologías y sus alcances, ya que las TIC avanzan de forma muy acelerada, dando como resultado que no siempre las normas creadas para su regulación sean las optimas o abarquen todos los supuestos. Otra problemática esta en que pese a la que la regulación para el uso de TIC ya existe y los organismo para hacerlas valer también, la mayor parte del tiempo el conocimiento de estas regulaciones no llega a sus destinatarios finales, los usuarios, creadores, e implantadores de las TIC. Dada esta situación, se puede aducir la problemática a la que se enfrentan los profesionistas en TIC al momento de desarrollarse en el ambiente laboral, sin contar con los conocimientos indispensables respecto a sus derecho y obligaciones, dependiendo del área exacta en la que se desenvuelvan, ya sea como empleados de la administración pública, en la iniciativa privada, o de forma independiente, cada actividad se encuentre regulada por una serie de normas jurídicas tanto regionales, nacionales y en ocasiones hasta internacionales, que si bien es cierto no es indispensable que las dominen a la perfección, su desconocimiento si pudiera implicarles conflictos legales y de cuantiosas sumas de dinero, como en el caso de los litigios en cuanto a propiedad intelectual o derecho laborales.

Por lo antes expuesto, y con la intención de brindar seguridad y certeza jurídica a los profesionistas en TIC en su desarrollo profesional, se plantea la necesidad de buscar la mejor forma de acercar el derecho informático a quienes les aplica, así como los profesionistas en TIC facilitan la aplicación y estudio del derecho a través del desarrollo de la informática jurídica, igualmente los juristas tienen el compromiso social de hacer asequible la información concerniente a toda aquella norma jurídica aplicable al uso e implementación de las TIC para quienes ejercen dichas profesiones.

LO QUE PRETENDEN LAS TIC´S EN EL DERECHO (LA´TECNICA APLICADA AL DERECHO).

• Actualización de las ciencias jurídicas

• Mejoramiento en el desempeño de actividades jurídicas (la técnica)

• Cambio en la cultura del jurista (labor del abogado)

LEYES QUE PERMITEN AL ABOGADO APOYARSE EN LA TECNOLOGÍA.

• Leyes como las 791 de 2002 (en materia civil).

• Leyes como las 906 de 2004 (en materia penal).

• Leyes como las 1149 de 2007 (en materia laboral). Leyes como las 962 de 2005 (en actuaciones administrativas).

Totalmente de acuerdo con Verónica Valle, las anteriores permiten que se recurra a las nuevas tecnologías; es necesario que se expida, en algunos casos, la reglamentación correspondiente. (Valle, 2011)

CRÍTICAS A LAS TECNOLOGIAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN APLICADAS AL DERECHO.

De acuerdo con Soto, no todos los estudiosos del Derecho ni los abogados aplican las TIC´S en el Derecho, ya que muestra una serie de críticas que se tienen que mejorar:

1.-Su integración total al campo de estudio del Derecho así como su difusión y enseñanza.

2.-Su aplicación teórica y práctica en los textos y documentos legales. Para que a través de su uso adecuado (el de la Informática Jurídica) se creen nuevas formas y procedimientos más fáciles, precisos así como más confiables para su consulta.

3.-Buscar, por todos los medios que los logros y avances resultantes, lleguen a la gente que lo requiere y lo necesita para su adecuada formación Jurídica. (Soto, 2000)

VENTAJAS.

Una de ellas es el tiempo, por ejemplo si una demanda la mandan a otro estado a revisar, la puede enviar por correo electrónico, la revisan y se entrega respuesta y como tal se ahorraría el estar viajando, además en lo económico y en lo físico, además de

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