Unidades Del Centro De Salud
Karenbp1620 de Septiembre de 2013
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Los establecimientos de salud del primer nivel de atención, son la puerta de entrada a los servicios de salud y constituyen la unidad operativa de la oferta de menor capacidad resolutiva, brindan atenciones sanitarias: preventivas, promociónales, recuperativas, y de rehabilitación al individuo, la familia y la comunidad.
Estos servicios están enfocados básicamente a preservar la salud, la detección temprana y el tratamiento oportuno de patologías de baja complejidad , con un enfoque de atención integral de salud.
Los establecimientos de salud del primer nivel de atención forman parte de la Red de Salud y se organizarán de acuerdo a la demanda de la población, accesibilidad geográfica y el perfil epidemiológico de la zona, lo que les permitirá contar desde el punto de vista arquitectónico con: unidades, áreas y ambientes de acuerdo a su capacidad de resolución.
Los establecimientos del primer nivel de atención se organizan de acuerdo a la normatividad vigente en las siguientes categorías:
3.1 TENENCIA LEGAL DEL TERRENO
Para la construcción y ampliación de los establecimientos de salud, como requisito previo para la elaboración del estudio de preinversión se debe contar con la tenencia legal del terreno, el mismo que estará formalmente inscrito en la Oficina de los Registros Públicos de la jurisdicción, a favor del Ministerio de Salud.
En las zonas rurales:
1.- En caso de donaciones de terceros, se solicitara el documento de donación del terreno a nombre del Ministerio de Salud, en el que se consignara los siguientes datos:.
Área del terreno, linderos y orientación geográfica.
Límites del terreno
Fecha de la donación
Documentos legales que acrediten la propiedad y donación.
2.- En el caso de donación del Gobierno Local se debe contar con la Resolución de la Alcaldía y el Acta de acuerdo del Consejo , en este documento se deben especificar los siguientes datos:
Número de la resolución
Fecha de donación
Informe técnico o legal que sustente la donación.
Área del terreno, linderos y orientación geográfica.
Límites del terreno
Documentos legales que acrediten la propiedad y donación.
3.2. ACCESIBILIDAD Y LOCALIZACION
1.- Los terrenos deberán ser accesibles, peatonal y vehícularmente de tal manera que garanticen un efectivo y fluido ingreso al establecimiento. De preferencia tendrán dos frentes.
2.- Se evitara su proximidad a focos de contaminación ambiental por sustancias contaminantes y ruidos. Se considera una distancia de 300 mts. a establos, granjas, camales, basurales, fabricas y depósitos de fertilizantes, o cualquier otro tipo de industrias y cementerios y una distancia de 100 mts a locales comerciales..
3.- Se evitará su proximidad a grifos y depósitos de combustibles a una distancia no menor de 50 metros.(establecido en el Reglamento Nacional de Construcciones).
4.- “Estándares mínimos de seguridad para construcción, ampliación, rehabilitación, remodelación y mitigación de riesgo en los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo” Resolución Ministerial N° 335 – 2005/MINSA.
Estándar 1°: El establecimiento de salud y servicio medico de apoyo debe ubicarse en terrenos no vulnerables a fenómenos naturales y de preferencia planos.
Criterios:
1.- Debe ubicarse en zonas libres de riesgos a inundaciones y desborde por corrientes y fuerzas erosivas.
2.- Debe ubicarse en zonas no vulnerables a deslizamientos.
3.- No debe ubicarse en cuencas con topografía accidentada como lecho de ríos, aluviones y huaycos.
4.- No debe ubicarse en terrenos con pendientes inestables ni al pie o borde de laderas.
5.- Debe estar alejado del borde de océanos, ríos, lagos o lagunas.
6.- Debe estar alejado del borde de un volcán y de zonas bajas de quebradas que drenan las faldas de los volcanes.
7.- No debe ubicarse donde existan fallas geológicas (referencia en los mapas de la carta geológica del INGEMMET).
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3.3. CARACTERÍSTICAS DE LOS TERRENOS
1.- Predominantemente planos. y preferentemente de forma regular y con dos frentes libres, que faciliten el acceso.
2.- “Estándares mínimos de seguridad para construcción, ampliación, rehabilitación, remodelación y mitigación de riesgo en los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo” Resolución Ministerial N° 335 – 2005/MINSA.
Estándar 2° El establecimiento de salud y servicio medico de apoyo debe ubicarse en suelo estable, de buena capacidad portante y de características que no generen vulnerabilidad.
Criterios:
1.- Debe ubicarse en suelos rocosos o suelos secos, compactos y de grano grueso. De encontrase suelos de grano fino, arcillas, arenas finas y limos, deberá proponerse una nueva solución de acuerdo a estudios geotécnicos.
2.- Deben evitarse los terrenos de relleno sanitario.
3.- Evitar terrenos de aguas subterráneas.
3.4. DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS BÁSICOS
1.- Los terrenos deben contar con abastecimiento de agua potable de la localidad, esta debe de ser adecuada en cantidad y calidad .
2.- De no contar con abastecimiento de agua potable en la localidad se podrá abastecer mediante la captación agua subterránea o pluviales.
3.- El terreno debe tener desagüé conectado a la red pública, en el caso de no tenerlo se construirán pozos sépticos y pozos de percolación.
4.- Así mismo deberán contar con sistema de drenaje para las aguas pluviales.
5.- El establecimiento deberá contar con suministro de energía eléctrica, en caso de no ser factible se le dotará de un grupo electrógeno.
4.1.1. UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN
Es la encargada de la administración de los recursos humanos, materiales y de la atención al paciente para su admisión en el establecimiento de salud. Su ubicación será cercana al ingreso del establecimiento.
Comprende:
Informes
Secretaría y Jefatura
Admisión – Archivo de historias clínicas – Espera
Contabilidad – Logística – Personal
Caja
Botiquín - Farmacia
INFORMES:
Es el ambiente de recepción para los pacientes y público en general donde se les proporciona información verbal y escrita, de acuerdo a su solicitud y asimismo se les informa sobre las actividades que realiza el establecimiento.
Ubicación: Se ubicara en la zona de ingreso..
Relación: Inmediata con la unidad de consulta externa y admisión.
Área mínima: 1.50 m².
Equipamiento:
01 Mueble modular, 01 Silla giratorio
SECRETARIA:
Es el ambiente para el personal administrativo que realiza funciones de apoyo a la jefatura.
Ubicación: Debe ser de fácil acceso desde el exterior del establecimiento.
Relación: Directa con la jefatura.
Área mínima: 9.00m².
Equipamiento:
01 Escritorio, 01 Silla giratoria, 02 Archivadores. 02 Sillas, 01 Computadora, 01 Papelera
JEFATURA
Es el ambiente para el medico jefe, donde se llevan a cabo las funciones administrativas del establecimiento.
Ubicación: Debe tener fácil acceso desde el ingreso exterior.
Relación: Directa con la secretaria.
Área mínima: 12 m2. y un Servicio Higiénico de 2.50 m².
Equipamiento:
01 Escritorio
01 Credensa
01 sillón giratorio
02 Sillas
01 Pizarra acrílica
01 Computadora con su respectiva impresora
01 Papelera
01 Porta papel
01 Portatoalla
01 Papelera
01 Mueble para Computadora
ADMISIÓN, ARCHIVO DE HISTORIAS CLINICAS Y ESPERA
Son los ambientes destinados a la recepción y admisión de nuevos pacientes continuadores y a la espera de los pacientes a ser atendidos.
Ubicación: Debe tener acceso directo e inmediato desde el ingreso exterior.
Relación: Directa con la unidad de consulta externa e indirecta con la unidad de internamiento.
Área mínima: Admisión: 9 m² // Archivo: 12 m² // Espera. Se considera 1.20m2 por persona.
Equipamiento:
02 Módulos de atención
02 sillones giratorios
02 muebles para computadoras
02 estantes modulares
02 computadoras con sus respectivas impresoras.
02 papeleras
OFICINA DE CONTABILIDAD, LOGÍSTICA Y PERSONAL
Es el ambiente donde se lleva acabo las actividades de apoyo administrativo, logística, y de los recursos económicos del stablecimiento.
Ubicación: De fácil acceso desde el exterior.
Relación: Directa con la jefatura.
Área mínima: 18 m²
Equipamiento:
03 Muebles escritorio
03 Sillones giratorios
03 Sillas
03 Archivadores
03 muebles para computadoras
03 Computadoras con sus respectivas impresoras
03 papeleras
01 vitrina para anuncios
CAJA:
Es el ambiente destinado a la recepción del dinero por la venta de todos los servicios que el establecimiento presta.
Ubicación: Debe tener fácil acceso desde el exterior y del interior del establecimiento
Relación: Directa con la espera de consulta externa y admisión.
Área mínima: 5M2.
Equipamiento: 01Mostrador alto con puertas
01 silla
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