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Administracion de contratos y marco legal


Enviado por   •  9 de Julio de 2023  •  Apuntes  •  4.394 Palabras (18 Páginas)  •  126 Visitas

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CURSO: ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS Y MARCO LEGAL

TRABAJO FINAL – SEMANA 06

Docente: JAIME CRUZ SARAVIA

Equipo de Trabajo

Nombre del alumno:

AYNA ADUVIRI, Eloy Danny ​

CASTRO OTOYA, Ingri Medalí

MUÑOZ FERNANDEZ, Edgard Ramiro

PAREDES SILVA, Edgar Alejandro

SENCIA GARCIA, Erwin Ronald

ADMINISTRACION DE CONTRATOS Y MARCO LEGAL

Trabajo Final

1er Tema (8 puntos)

El señor Jaime Cruz Saravia suscribió un contrato de compraventa de bien futuro con la Constructora América SAC., por la adquisición  de un Departamento, dos estacionamientos y un Deposito por el precio de S/. 800,000.00, incluido IGV., el 15 de enero de 2016, el cual debía ser entregado el 15 de enero de 2017, sin embargo la Constructora no ha podido cumplir con su entrega, la cual recién se efectuara el 15 de julio del presente año,  el propietario vive en un departamento alquilado  y está pagando las cuotas de su crédito hipotecario.

Analice y justifique su respuesta en los siguientes casos:

  1. Que asesoraría al Sr, Cruz, respecto a la situación indicada que alternativas le plantea, que cláusula de salvaguarda podría redactar que garantice la entrega de las unidades inmobiliarias,  y el perjuicio que está ocasionando esta demora, como le podría pagar esta indemnización la Constructora.

Ante la situación descrita, asesoraría al Sr. Cruz que tome las siguientes alternativas:

  1. Negociar con la Constructora: Dado que la entrega se ha retrasado, es recomendable que el Sr. Cruz se comunique con la Constructora para expresar su preocupación y solicitar una compensación por los perjuicios ocasionados. Puede negociar una reducción en el precio de venta o la inclusión de cláusulas que beneficien al comprador en caso de incumplimiento. Hay que enviarle a la empresa constructora o inmobiliaria una carta notarial haciéndole conocer que se esta incumpliendo la obligación de entregar el bien en el plazo previsto y los daños y perjuicios ocasionados por este retraso.

"Si el incumplimiento ha determinado que yo tenga que alquilar un departamento porque precisamente como no me entregan el departamento a tiempo tengo que realizar estos gastos para tener un lugar donde vivir. Ese monto adicional, sí representa un daño para el comprador que puede derivar en una indemnización que tenga que pagar el vendedor"

b) Cláusula de salvaguarda: Para garantizar la entrega de las unidades inmobiliarias y proteger los intereses del Sr. Cruz, se puede redactar una cláusula de salvaguarda en el contrato. Esta cláusula debe establecer plazos adicionales para la entrega y estipular las consecuencias en caso de incumplimiento, como penalizaciones económicas o incluso la resolución del contrato. La devolución del dinero dado en adelanto. Es mejor ser muy explicito en el contrato por si surgieran estas complicaciones y poder resolverlas en otras instancias.

c) Indemnización por demora: Dado que la Constructora ha incumplido con la entrega en el plazo acordado, el Sr. Cruz tiene derecho a una indemnización por los perjuicios sufridos. Esta indemnización puede cubrir los gastos adicionales en los que ha incurrido el Sr. Cruz, como el pago del alquiler de su departamento actual y las cuotas del crédito hipotecario. La forma de pago de esta indemnización dependerá de lo acordado entre ambas partes, pudiendo ser un pago único, un descuento en el precio de venta o un reembolso mensual.

  1. Es posible resolver el contrato de compraventa en forma unilateral, justifique su respuesta.

No es posible resolver el contrato de compraventa en forma unilateral sin justificación legal o contractual. Sin embargo, en el caso descrito, la demora en la entrega por parte de la Constructora podría ser considerada un incumplimiento de contrato. En este sentido, el Sr. Cruz podría solicitar la resolución del contrato ante un juez o a través de un proceso de conciliación, buscando una solución amigable o una indemnización por los perjuicios ocasionados.

Para ello como explicábamos líneas arriba es necesario notificar el incumplimiento notarialmente así mismo dejar descrito los daños y perjuicios, para que estos se vean en una conciliación o ante un juez.

En el diario Gestión del 02/03/2018 señala que: “…. no son poco frecuentes los casos en que estas empresas incumplen con lo prometido a sus clientes. Solo en el 2017, Indecopi interpuso 502 sanciones a 137 empresas constructoras e inmobiliarias con multas mayores a las 1,671 UIT.”

Por lo que es recomendable poner estas cláusulas de salvaguarda.

  1. El Sr. Cruz ha decidido vender su Departamento, estacionamientos y deposito por el precio de S/. 1’000,000.00, establezca y liquide los impuestos que gravan esta operación, que corresponden al comprador y al vendedor.

El Sr. Cruz si vende todo en conjunto y no por separado el departamento, estacionamientos y deposito, es un solo inmueble que debemos actualizar su valor actual es decir Junio 2,023. para ello debemos actualizar el valor de la compra con el índice de corrección monetaria para el mes de enero del 2016 que según la tabla para Junio de 2023 es 1.29

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Entonces 800,000 x 1.29 = 1,008,000.00 que la diferencia de la venta actual 1,000,000.00 -1,008,000.00 = -8,000 por lo que en la venta estaría perdiendo y no debería cancelar renta.

Si suponemos que la venta se realizó en Julio del 2017 el IDC de esa fecha será el siguiente:

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Por lo que el ICM (Índice de corrección Monetaria), para Enero del 2016 será: 1.01

Es decir 800,000 x 1.01= 808,000 por lo que la utilidad será 1,000,000 – 808,000= 192,000

El 5% de este monto será 192,000 x 5% = 9,600

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