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Capitulo III Ley 1098 de 2006


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2023  •  Apuntes  •  379 Palabras (2 Páginas)  •  111 Visitas

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  • CAPITULO III

AUTORIDADES COMPETENTES PARA EL RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES

El Capítulo III de la Ley 1098 de 2006, en general, abarca las autoridades y entidades encargadas de proteger, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Colombia. Estas autoridades tienen la responsabilidad de intervenir en casos en los que se vean amenazados o vulnerados los derechos de la infancia y la adolescencia. El capítulo establece las funciones, deberes y calidades necesarias para ocupar estos cargos, y su propósito es asegurar el bienestar y la protección integral de los niños y adolescentes en el país.

De este capítulo, 3 artículos me llamaron la atención.

El primero es el Artículo 79 - Defensorías de Familia : Este artículo establece que las Defensorías de Familia son dependencias del ICBF y tienen una naturaleza multidisciplinaria. Su función principal es prevenir, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el país. Un punto importante es que las Defensorías de Familia deben contar con equipos técnicos interdisciplinarios que incluyan al menos a un psicólogo, un trabajador social y un nutricionista. Además, los conceptos emitidos por estos equipos técnicos tienen el carácter de dictamen pericial.

Artículo 80 - Calidades para ser Defensor de Familia: Este artículo establece los requisitos que se deben cumplir para ocupar el cargo de Defensor de Familia. Para ser Defensor de Familia, se debe ser abogado en ejercicio y tener una tarjeta profesional vigente. Además, no se deben tener antecedentes penales ni disciplinarios. También se requiere tener un título de postgrado en áreas relacionadas con el derecho, como Derecho de Familia, Derecho Civil, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derechos Humanos, o en Ciencias Sociales, siempre que incluya el estudio de la familia como componente. curricular.

Artículo 81 - Deberes del Defensor de Familia: En este artículo se enumeran los deberes del Defensor de Familia. Entre ellos, se destaca la responsabilidad de dirigir los procesos, garantizar la igualdad de las partes, prevenir y sancionar actos contrarios a la justicia, usar las facultades de esta ley en materia de pruebas y dictar providencias dentro de los términos legales. También se subraya la obligación de guardar reserva sobre las decisiones y que la violación de estos deberes constituye una falta sancionable.

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