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Diez diferencias entre personas naturales y jurídicas

1718562463Documentos de Investigación13 de Noviembre de 2023

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UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA

Modalidad abierta y a distancia

                                              Nombre: Jennifer León

                                              Profesor tutor: Dr. Tandazo Espinoza Paco Alexander

                                              Asignatura: Derecho Civil

                                              Paralelo:  104/ I Bimestre

          Periodo académico: OCT/2022 - FEB/2023

1.- Establezca diez diferencias entre personas naturales y jurídicas

             PERSONAS NATURALES

          PERSONAS JURÍDICAS

Actúa a título personal.

No actúa a título personal, sino como una entidad (empresa, asociación, organización, etc.)

Puede ejercer todos los derechos y obligaciones de un negocio a su nombre.

Las deudas u obligaciones se limitan a los bienes de la empresa.

No necesita de un representante legal ya que el mismo puede ser su representante.  

Necesita de un representante legal, que este a cargo.

No requiere demostrar su capital para emprender su actividad.

Requiere de un capital, en dinero o bienes, para su actividad.

Está formada por una sola persona.  

Puede ser constituida por una o más personas.

Un albañil puede empezar a desempeñar su profesión sin tener un capital.

Una entidad bancaria es la muestra más clara de una persona jurídica, ya que esta debe tener capital, el cual es declarado.

Se identifica son su número de identidad asignado.

Se puede designar con el número de su representante designado por los socios.

Puede funcionar como empresa individual o microempresa familiar.

Puede funcionar como empresas anónimas, sociedad colectiva, etc.

Son trabajadores dependientes, de un empleador.

Son grandes corporativos, bancos e instituciones financieras.

La persona natural, sigue siendo la misma, simplemente adquiere la calidad de comerciante por desarrollar en forma profesional una actividad mercantil.

La persona jurídica, una vez constituida, forma una persona diferente de las individuales que la conforman.

2.- Aporte personal.

Podemos decir que las personas naturales son todos los individuos de la especie humana, así también las personas mayores de edad, que realizan actividades dentro de cualquier empresa o institución y su representante legal es personal.

Y al referirnos de las personas jurídicas podemos mencionar que, es una persona ficticia o también conocida como ficta, pueden ser con o sin fines de lucro, y se refieren a una empresa, organizaciones, asociaciones, etc.

Siendo así las personas naturales y jurídicas son sujetos de derecho.

Referencia:

Armijos G. (2019) “Derecho Civil: Personas-” Ecuador. EDILOJA.

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