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El Patrimonio, El Capital y la Personalidad Jurídica de la sociedad colectiva


Enviado por   •  3 de Mayo de 2023  •  Ensayos  •  650 Palabras (3 Páginas)  •  40 Visitas

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EL PATRIMONIO, EL CAPITAL Y LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA SOCIEDAD COLECTIVA

El Patrimonio

Las disposiciones especiales sobre la regulación legal sobre la sociedad colectiva (artículo 265 al artículo 277) no establecen normas en relación con los activos de esta comunidad. Como resultado, aplican en este caso la regla general del primer libro legal que hemos comentado a tiempo (artículo 22 al artículo 31).

En otras palabras, la formación de herencia y contribución a la sociedad colectiva no es diferente de otros tipos de empresas. Tenga en cuenta que, en una sociedad colectiva, la contribución de los servicios personales por uno o más socios es típico, a cambio de la participación, de acuerdo con el artículo 1 de la ley, muestra la prohibición del artículo 51, típica de la Compañía.

El Capital

Tampoco hay una norma estricta en relación con el capital colectivo de la comunidad. La capital se divide en la participación social que solo puede ser transferida por una escritura pública; no se pueden grabar en ningún título.

La Personalidad Jurídica

Si la sociedad colectiva es o no una entidad legal, nos liberamos de la necesidad de justificar las respuestas, firmemente afirmativas, la provisión del artículo 6 de la ley. Sin embargo, que existen leyes modernas, como Italia y Alemania, que no han otorgado personalidad jurídica a la sociedad colectiva (E. Elías).

Por lo tanto, Antonio Brunetti afirma que, aunque los activos obtenidos por las personas colectivas son sus, de cierta manera, esto no significa de ninguna manera "pertenece a la ley, en el sentido de una palabra apretada, porque la sociedad colectiva no es alguien, Pero la existencia, en relación con una comunidad asociada que se considera la unidad".

Luego agrega, como una explicación de un certificado de independencia patrimonial: "Sabemos que incluso cuando la autonomía legal del nombre colectivo no ha sido declarada expresamente por ley, es sin la diferencia las leyes de los socios". Representa esa sociedad colectiva Al igual que otras compañías comerciales marcadas por las regulaciones de la compañía, tiene una personalidad diferente de sus miembros, a pesar de que el colectivo es un tipo de sociedad.

Persona jurídica como socio de la sociedad colectiva

Esto se discute en la doctrina, ya sea una sociedad colectiva, una sociedad típica de personas y una responsabilidad ilimitada puede tener entidades legales como socios. En general, existe un consenso que admite que las entidades legales pueden consistir en el hecho de que, a su vez, tienen responsabilidad ilimitada, lo que limita el debate en el caso de entidades legales sobre responsabilidad limitada.

Hay leyes como Argentina, que limitan esta posibilidad de la obligación de responsabilidad ilimitada. Sin embargo, la mayoría de los autores con los que estamos de acuerdo en que cualquier abogado puede ser socio de una sociedad colectiva. La razón principal, en nuestra opinión, es que, en las sociedades de responsabilidad limitada, quienes usan esta restricción son sus socios, y no una entidad legal que cumpla con la integridad de sus activos. Esta opinión incluso se encuentra en los comentaristas de la legislación italiana, que no reconoce la plenitud de la personalidad legal de la sociedad colectiva.

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