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Fuentes juridicas del comercio exterior de México


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2023  •  Ensayos  •  15.223 Palabras (61 Páginas)  •  59 Visitas

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En México, el comercio exterior se encuentra regulado por un marco normativo extenso y bastante complejo, desconcentrado en varias disposiciones que cubren los diferentes sectores de la actividad comercial. Las fuentes jurídicas internas de las cuales deriva son diversas, por estas deberemos entender que son todo tipo de disposiciones jurídicas que regulan en el territorio nacional los intercambios de mercancía entre México y mercados externos (Witker, 1996).

Por esta razón su estudio es amplio y requiere de interconexiones entre las diferentes regulaciones que le aplican, por lo que es importante llevarlo a cabo de forma organizada y estructurada para no perder de vista todas las aristas que lo integran. Así, resulta cardinal tener en mente un modelo que permita realizar dicho estudio, en este caso es el modelo jurídico propuesto por Hans Kelsen.

Este surge a partir de la teoría general y pura del derecho, en donde sus principales conceptos están fundamentados en lo que Javier Esquivel (1974) llama modelo filosófico-jurídico, el cual rechaza todos los problemas que el propio Kelsen califica como metafísicos, tales como el derecho natural y la justicia. La principal aportación del mismo es que se considera necesaria la existencia de un aparato conceptual que posibilite la explicación y el estudio del derecho positivo.

Y es esta la principal aportación del autor alemán, ya que en el afán de poder brindar de estructura al estudio del derecho positivo creó un modelo en el que con base en los diferentes ámbitos de aplicación y según la envergadura de cada ordenamiento jurídico se les dota de un lugar dentro de su modelo piramidal, en el cual se puede observar una clara estratificación de los niveles de aplicación de las normas jurídicas.

Si este ejercicio lo realizamos dentro de la estructura jurídica mexicana, podemos deducir que la norma suprema ante la cual se regiría el comercio exterior es la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), particularmente en su artículo 131.No obstante, existen regulaciones internacionales que han marcado la brecha por la cual se rige actualmente el comercio exterior de nuestro país, pues han sido asimiladas por las diferentes regulaciones nacionales y se han convertido en normas fundamentales.

Una de las discusiones jurídicas fundamentales en nuestro país en el marco de la globalización ha sido la interpretación sobre la jerarquía de las normas jurídicas mexicanas y los tratados internacionales, ya que al existir una vinculación frecuente y cada vez más profunda del Estado con su realidad internacional, ha surgido una discusión entre la jerarquía del derecho internacional y el interno.

De acuerdo con la interpretación de Olga Sánchez Cordero (2002), no existe duda sobre la supremacía de la CPEUM respecto a las demás fuentes de derecho, pues en su artículo 133 se encuentra explícitamente reconocida esta superioridad. Asimismo, se puede argumentar que a partir de esta disposición se da cabida a la integración de los acuerdos internacionales realizados por México, por lo que también adquiere el escalafón dominante.

El artículo 133 de la CPEUM (IIJ, 2019), a la letra expresa:
Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.

Por medio de este artículo nuestro país reconoce la figura de los tratados internacionales y en apego a él, México es miembro activo de la comunidad internacional, vinculando y estableciendo una red cada vez más nutrida de acuerdos en diversas materias de interés estatal.

Ahora bien, una vez definida la posición de la Constitución sobre los tratados internacionales y siguiendo la línea de pensamiento de Hans Kelsen, explicada en párrafos atrás, queda pendiente la ubicación de estos últimos en la pirámide jurídica mexicana. No obstante, en este punto es donde resulta más complicado definir la jerarquía de cada una de las normas a las que el derecho nacional responde, pues existe una gran división entre los que opinan que los tratados internacionales están por encima de las leyes federales y los que opinan lo contrario, o incluso hay quienes piensan que estos ordenamientos jurídicos se encuentran dentro de un mismo rango.

Sin embargo la controversia no es simple y por lo tanto no tiene una explicación sencilla, y lleva a un sinnúmero de críticas al sistema jurídico mexicano, debido a la desvinculación de los ordenamientos y la poca hermenéutica de las normas, es por eso que en última instancia la solución a esta añeja controversia se deja en manos de los juzgadores, y como lo señala la ministra Sánchez Cordero, la correcta aplicación de las normas nacionales y de los tratados internacionales, solo se podrá hacer casuísticamente.

La relevancia del tema de tratados internacionales la podemos ubicar en el propio desarrollo histórico del país, ya que desde 1985 México inició un proceso gradual de apertura comercial, principalmente con la firma del TLCAN en 1994. Fue de esta forma que México comenzó su integración al mundo de forma más abierta y globalizada.

El primer acercamiento para obtener un acuerdo de libre comercio se realizó con Estados Unidos y Canadá, ya que al ser sus vecinos más cercanos y con una economía más fuerte se pretendía que esta se viera reflejada en un acuerdo que dejara beneficios para el país. Sin embargo, como México tenía poca experiencia en el campo, la apertura comercial se llevó a cabo con tropiezos y sin un plan de económico de largo plazo que le permitiera volverse competitivo ante sus contrapartes.

Es importante mencionar este acuerdo por ser el primero firmado por México. Este contenía los alcances tan amplios como los planteados en su texto y marcó la pauta para la apertura de México a la globalización. A pesar de que hay muchos puntos de crítica al mismo, se debe reconocer que a partir de este acuerdo México se abrió definitivamente a la firma de acuerdos similares con un mayor número de países, colocándolo actualmente como uno de los países con mayor número de convenios.

Hoy en día México cuenta con una red de once tratados de libre comercio que lo vinculan con cuarenta y seis países, treinta acuerdos para la promoción y protección recíproca de las inversiones y nueve acuerdos de alcance limitado (Acuerdos de Complementación Económica y Acuerdos de Alcance Parcial) en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).

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