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La adopcion. Encuesta realizada en el M.I.E.S. sobre los artículos del C.O.N.A.

Andreina JimenezTarea2 de Marzo de 2023

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS SOCIALES

Y POLITICAS

CURSO:

DERECHO DE FAMILIA

DER-S-MA-3-1

NOMBRE DEL DOCENTE:

 MGs. MIRIAM PATRICIA BERNI, Abg.

NOMBRE DE INTEGRANTES:

GAVILANES ALCÍVAR ELYAN XAVIER

LALAMA ZUÑIGA MARÍA GABRIELA

LAVAYEN ACUÑA JOSÉ GABRIEL

JÍMENEZ MACHARE ANDREÍNA

TEMA:

ENCUESTA REALIZADA EN EL M.I.E.S. SOBRE LOS ARTÍCULOS DEL C.O.N.A.  # 165 - 168 -170. 174. 

FECHA DE ENTREGA:

28 DE FEBRERO DEL 2023

GUAYAQUIL-ECUADOR

Introducción  

La adopción es reconocida como uno de los aspectos más importantes del derecho de familia, sus metas han cambiado a lo largo de los años y su objetivo principal es fortalecer la base de la sociedad. La adopción ofrece la posibilidad de formar una familia no sustentada por restricciones biológicas. Es otra manera de abordar la maternidad y la paternidad, se forma simbólicamente en una relación de parentesco que es igualmente importante en el proceso natural de reproducción, y cuyo propósito es asegurar el restablecimiento del bienestar y la seguridad del niño.

En Ecuador disponemos el Código de la Niñez y Adolescencia, Código Civil, así mismo la Constitución de la República los cuales brindan, registran, salvaguardan y aseguran los derechos de los niños, niñas y adolescentes, por lo tanto La adopción en el Ecuador posee su marco legal, en específico encontramos en el título VII del Código de la Niñez y Adolescencia (CONA) lo que corresponde a las normas de la adopción. Teniendo como fin brindar garantía una familia idónea, permanente y definitiva al niño, niña o adolescente que se encuentre en aptitud social y legal para ser adoptado.

 Para el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), La adopción es un programa que dispone como meta dar garantía una familia adecuada para todos los niños elegibles para la adopción. Por eso nos dirigimos a el Gobierno Zonal de Guayaquil para buscar respuestas específicas que sacien nuestras interrogantes, en este ensayo describiremos punto por punto todas las preguntas que surgieron de los Artículos del CONA, las cuales fueron contestadas por personal autorizado y capacitado de esta institución

De igual forma se detallará lo que nos fue expuesto en nuestra visita al Registro Civil sobre la información de la identidad de los jóvenes que no fueron adoptados durante su estadía en la casa de acogida de menores y estos alcanza la mayoría de edad.  

 

Desarrollo  

Cómo se mencionó con antelación, se elaboró interrogantes en concordancia con los Artículos señalados del Código de la Niñez y Adolescencia. Dichas interrogantes fueron respondidas por la psicóloga y abogada del Ministerio de inclusión económica y social, en el edificio del Gobierno litoral. A continuación, se presentarán los artículos con su respectiva interrogante y respuesta.

ART 165 DEL C.O.N.A.

Art. 165.- Objeto de la fase administrativa. - Todo proceso judicial de adopción estará precedido de una fase administrativa que tiene por objeto:

  1. Estudiar e informar sobre la situación física, psicológica, legal, familiar, y social de la persona que va a adoptarse;
  2. Declarar la idoneidad de los candidatos a adoptantes; y,
  3. Asignar, mediante resolución administrativa, una familia a un niño, niña o adolescente. Esta facultad es privativa del Comité de Asignación Familiar correspondiente.

En síntesis este artículo nos indica que todo proceso de adopción será dual, es decir, constará de dos partes: una judicial y otra administrativa, siendo está última la que tiene por objeto como bien menciona el artículo, la recolección de información acerca del niño, niña o adolescente que va a ser adoptado, además del informe médico, y psicológico del mismo para ver si el menor es apto para ser adoptado. A su vez que se realizan los distintos análisis al menor, en esta misma fase tanto la psicóloga como la trabajadora social irán por (por separado y en diferentes ocasiones) al domicilio de los candidatos a adoptantes para así verificar la situación psicológica y económica de los mismos para confirmar la idoneidad de los mismos como adoptantes. El comité de asignación familiar, por otro lado será el cual, mediante resolución administrativa le asigne una familia al niño, niña o adolescente.

Preguntas

  1.   ¿Cómo se lleva a cabo la adopción de un niño, niña o adolescente con alguna discapacidad o enfermedad que se haya contemplado en los exámenes médicos? ¿El proceso es diferente?

         Por lo general, los niños que son declarados con alguna discapacidad o enfermedad por medio de los resultados arrojados por los diversos exámenes médicos están separados por enfermedades leves graves y moderadas. Obviamente se discrimina ningún infante, aunque es necesario que estos tengan la declaratoria de adoptabilidad y para eso la casa hogar, Dinapen y judicatura determinaran si el niño dentro de todas las cosas que se evalúan entra con declaratoria de adaptabilidad.  En caso de que el niño tenga alguna enfermedad terminal pero cuente con declaratoria de adaptabilidad el Mies tiene que ingresarlo en caso de que hayan adoptantes. El proceso de adopción es el mismo. Tristemente la mayoría de familias a nivel nacional no busca niños con enfermedades o discapacidades. Cuando un niño no es adoptado a nivel zonal, se lo manda a nivel nacional, y si no hay a nivel nacional se lo manda a nivel internacional.

  1. ¿Cuáles son los requisitos para que el candidato a adoptante sea idóneo?

Se considerarán idóneos a aquellos candidatos a adoptantes que aprueben las diferentes pruebas psicológicas y sociales. Para esto irán en diferentes ocasiones la trabajadora social y psicóloga del Mies para analizar la situación de quienes van a asumir la responsabilidad de adoptantes. Se preferirán parejas constituidas mediante el matrimonio o la unión de hecho, antes que personas solteras.

ART 168 DEL C.O.N.A.

Art. 168.- De las Unidades Técnicas de Adopciones. - Corresponde a las Unidades Técnicas de Adopciones:

1. Elaborar o solicitar y aprobar, los informes médicos, psicológicos, legales, familiares y sociales, relativos a la persona que va a adoptarse; y requerir las ampliaciones o aclaraciones que sean necesarias

2. Estudiar las solicitudes de adopción de los candidatos a adoptantes, evaluar los informes sobre la realización de los cursos de formación de padres adoptivos y declarar su idoneidad;

3. Llevar a cabo el proceso de emparentamiento dispuesto por los Comités de Asignación Familiar y presentar los informes respectivos;

4. Diseñar y ejecutar, directamente o a través de entidades autorizadas para el efecto, el proceso continuo de formación de padres adoptivos y servicios de apoyo después de la adopción; y,

5. Regular los procedimientos para garantizar que el niño, niña o adolescente sea adoptado por la persona o personas más adecuadas a sus necesidades, características y condiciones. Para este efecto, establecerá un sistema nacional integrado de información que cuente con un registro de los candidatos a adoptantes y un registro de los niños, niñas y adolescentes aptos para la adopción.

Todo informe que se requiera en el proceso de adopción debe ser motivado y compromete la responsabilidad solidaria de la Unidad Técnica de Adopciones y de la entidad que lo elaboró. Estos informes y estudios son reservados y deberán archivarse y conservarse de manera que se asegure este carácter. Podrán acceder a ellos el adoptado que haya cumplido dieciocho años, sus padres adoptivos y las personas legitimadas para la acción de nulidad de la adopción.

En síntesis este articulo nos indica lo que es responsabilidad de las unidades técnicas de adopción, la realización de los múltiples pasos para un eficaz, seguro y garantizar el proceso que beneficiaran al infante o adolescente que tendrá la adopción, esto generando un registro de los postulantes adoptantes y de igual forma un registro de los niños, niñas y adolescentes aptos para la adopción para que al momento de generar un hogar se de en armonía y seguridad. Estos informes y estudios son confidenciales y deben ser almacenados y conservados de manera que se asegure este carácter. El adoptado ha cumplido dieciocho años, pueden dirigirse a ellos los padres adoptivos y quienes tengan derecho a solicitar la cancelación de la adopción.

Preguntas

  1. ¿En específico que es lo que se busca la mayoría del tiempo al Estudiar las solicitudes de adopción de los candidatos a adoptantes?

El enfoque principal es encontrar que los candidatos podrán brindarles una familia que tenga como características estabilidad psicológica, social, económica, ya que esto es algo tan importante, puesto que solo podemos tener éxito en la vida cuando podemos manejar los altibajos de nuestras emociones y esto deben brindarnos desde la base de la sociedad que es la familia

Teniendo como objetivo el encontrar una familia idónea y adoptar, Dando inicio la fase administrativa del proceso de adopción que será en algunas entrevistas, proceso de formación, estudio de hogar, entre otros.

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