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Marco Legal Constitución o Tratados internacionales


Enviado por   •  4 de Abril de 2023  •  Trabajos  •  422 Palabras (2 Páginas)  •  57 Visitas

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¿Qué consideras que debe tener mayor jerarquía: La Constitución o los Tratados Internacionales?

Los jueces de cada entidad federativa se arreglaran a dicha Constitución leyes y tratados pesar de las disposiciones en contrario que puede haber en las constituciones o leyes de las entidades federativas esto quiere decir que ninguna ley inferior puede contradecir a la Constitución una ley superior por ejemplo la Constitución de Sonora no puede contravenir a la Constitución Federal la segunda casa que podemos observar es cómo se van robusteciendo los escalones mediante van bajando las jerarquías, esto se debe al número de normas jurídicas existentes en la escalón superior es muy pequeño pues es la constitución solo una el último escalón es muy robusto debido a la gran cantidad de normas individuales diferentes Cómo son los contratos Cómo son los testamentos.

En lo que respecta al sistema de recepción del derecho internacional como y concretamente de los tratados internacionales Quizás lo más pertinente hubiera sido a hacer una reforma constitucional del artículo 133 En lugar de mantener el antiguo sistema que ha mostrado lagunas considerables.  Aunque la interpretación de este artículo por la suprema corte de justicia de la nación muestra que la corte no es timorata  y puede abordar todo tipo de controversias.

En el 99 se resuelve un asunto en el cual la corte concluye que los trabajos internacionales se encuentra inmediatamente después de la constitución, pero por de las leyes federales nuevamente sin retomar esta distinción que había existido entre leyes federales y leyes generales de esta manera la pirámide normativa  en  México  que daría  constitución,  tratados  internacionales y leyes federales.

 Otro aspecto importante para considerar esta jerarquía de los tratados, es la relativa a que en esta materia no existe limitación competencial entre la Federación y las entidades federativas, esto es, no se toma en cuenta la competencia federal o local del contenido del tratado, sino que por mandato expreso del propio artículo 133 el presidente de la República y el Senado pueden obligar al Estado mexicano en cualquier materia, independientemente de que para otros efectos ésta sea competencia de las entidades federativas. Como consecuencia de lo anterior, la interpretación del artículo 133 lleva a considerar en un tercer lugar al derecho federal y al local en una misma jerarquía en virtud de lo dispuesto en el artículo 124 de la ley fundamental, el cual ordena que Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los estados.

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