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Principios generales del derecho


Enviado por   •  21 de Abril de 2023  •  Tareas  •  3.051 Palabras (13 Páginas)  •  64 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO

ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE DERECHO

(LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO)

ALUMNA:

BONILLA EFFIO, ESTEFANY YOSELYN

DOCENTE:

MEJIA FERNANDES, JESUS MARTIN

CURSO:

DERECHO DE PERSONAS

PIURA – PERÚ

2023

  1. ¿Qué son los principios generales del derecho?

Son conceptos o proposiciones que ayudan a llenar vacíos legales. En este sentido, estas máximas buscan orientar a quienes interpretan las normas para tomar decisiones con criterio objetivo en hechos concretos, y estos principios son un faro en tiempos oscuros. La jerarquía de estos principios varía desde principios de valor universal hasta aquellos que se aplican solo a una rama del derecho. Deben aplicarse los principios generales del derecho y los abogados deben remitirse a los principios generales o al derecho consuetudinario cuando descubran una norma defectuosa (deficiencias) o una laguna (defectos) en la legislación.

  1. ¿Qué son los principios generales del título preliminar del código civil?

Según el profesor Rubio Correa es un conjunto de normas jurídicas con rango de ley; es decir, del mismo valor que las demás leyes, decretos legislativos y otros normas equivalentes-. Esto supone que para su modificación, suspensión o derogación rige las reglas comunes del sistema: será otra norma de rango equivalente la que los modifique sin más trámite que su aprobación de acuerdo con la Constitución.

  Y según el profesor Masías Zavaleta el Título Preliminar “… constituye una verdadera dirección para el funcionamiento y aplicación de todas las normas positivas que integran los 10 libros del citado cuerpo de leyes en las leyes [se refiere a los libros del Código Civil] en el Título Preliminar del Código Civil Peruano.”

  1.  Analizar cada uno de los 10 principios del Título preliminar del código civil.

3.1. Abrogación de la ley

De acuerdo con el artículo I del título preliminar del Código Civil tenemos que:

Artículo I - Abrogación de la ley

La ley se deroga sólo por otra ley.

La derogación se produce por declaración expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquélla.

Por la derogación de una ley no recobran vigencia las que ella hubiere derogado.

Se refiere a la derogación de las leyes y la aplicación oportuna de las leyes. "Una ley queda derogada por otra ley u otra disposición equivalente". Por ejemplo, un decreto legal puede anular una ley porque ambos tienen el mismo rango a pesar de diferentes normas.

• La nueva ley lo define de manera exhaustiva con claras excepciones. Por lo general, cualquier nueva ley tendrá una cláusula llamada derogación al final. Está allí para determinar qué normas y leyes se derogan. No se cuestiona ni cuestiona la validez de la ley derogada, no se requiere interpretación para determinar si la ley anterior era válida, y simplemente se excluyen del derecho estatal las disposiciones o leyes expresamente expresadas en la nueva ley.

Ejemplo:

El artículo 2131 del código civil dispone:

“Deróguese el código civil promulgado por decreto supremo del treinta de agosto de mil novecientos treinta y seis, así como las demás leyes que se opongan al presente código”

Por derogación tácita, que se produce en un caso por la incompatibilidad absoluta de la nueva ley con la anterior, y en el otro caso, cuando la nueva ley regula los problemas de la ley anterior, a pesar de que no existe incompatibilidad. entre la nueva ley. dos especificaciones.

Ejemplo:

La ley 27495 del 04.07.01 que incorpora la separación de hecho como causal de divorcio modifico el artículo 333 del código civil quedando vigentes las demás causales.

“POR LA DEROGACIÓN DE UNA LEY NO RECOBRA VIGENCIA LAS QUE ELLA HUBIERA DEROGADO”

La nueva ley deroga a la anterior y las disposiciones que esta hubiere derogado, caso contrario es necesario que la nueva ley así lo exprese.

Ejemplo: El código civil de 1984 derogo al CC. De 1936 y no por ello cobro vigencia ninguno de los artículos del código civil de 1852.

 3.2. Ejercicio abusivo del derecho

 De acuerdo con el artículo II del título preliminar del Código Civil tenemos que:

 Artículo II.- Ejercicio abusivo del derecho

La ley no ampara el ejercicio ni la omisión abusivos de un derecho. Al demandar indemnización u otra pretensión, el interesado puede solicitar las medidas cautelares apropiadas para evitar o suprimir provisionalmente el abuso.

Podemos definir el abuso de poder como una restricción impuesta por el ordenamiento jurídico a una acción u omisión que cause un daño ilegal o injustificado a otros en circunstancias no previstas por una regla en particular, es decir, Si hay lagunas que hacen que algunas personas sean vulnerables. Derechos de terceros afectados por los actos u omisiones antes mencionados. Abuso de leyes, ordenamientos jurídicos (derecho civil, derecho de sociedades, derecho de la libre competencia, derecho procesal, derecho constitucional, etc.), violaciones de la buena fe y alterum non laedere, es decir, el deber general de no dañar a terceros y su contenido está en constante evolución de acuerdo con la jurisprudencia.

Por ejemplo: El abuso del derecho en el código civil.

El ordenamiento jurídico nacional no ampara el abuso del derecho de acuerdo a lo previsto al código civil en los artículos siguientes: Artículos 292, Artículos 329, Artículos 414, Artículos 632, Artículos 924, Artículos 1021.

3.3. Aplicación de la ley en tiempo

De acuerdo con el artículo III del título preliminar del Código Civil tenemos que:

Artículo III.- Aplicación de la ley en el tiempo

La ley se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. No tiene fuerza ni efectos retroactivos, salvo las excepciones previstas en la Constitución Política del Perú.

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