PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Holanda203Monografía19 de Octubre de 2015
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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
“El derecho y su aplicación”
Galdame, Florencia Belén
Carrera de Abogacía
General San Martin, Mendoza, 2015
ÍNDICE
CARATULA………………………………………….1
ÍNDICE……………………………………………….2
INTRODUCCIÓN……………………………………4
CAPÍTULO I: EL DERECHO
EL VOCABLO “DERECHO”: ETIMOLOGIA Y DIVERSAS SIGNIFACIONES……………………………………5
DEFINICIONES DE DERECHO…………………….6
CAPITULO II: EL DERECHO Y SU APLICACIÓN
GENERALIDADES…………………………………7
APLICACIÓN POR LOS PARTICULARES, POR LOS ÓRGANOS LEGISLATIVOS, POR LOS FUNCIONARIOS
Y POR LOS JUECES……………………………….8
CAPITULO III: APLICACIÓN DEL DERECHO EN RELACIÓN AL TERRITORIO Y AL TIEMPO
APLICACIÓN DEL DERECHO EN RELACIÓN
AL TERRITORIO…………………………………..10
SISTEMA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: SISTEMA DE LOS ESTATUTOS………………………………..11
SISTEMA DE LA NACIONALIDAD
DEL DERECHO………………………………….12
SISTEMA DE LA COMUNIDAD
DEL DERECHO………………………………….13
RÉGIMEN ARGENTINO………………………...13
APLICACIÓN DEL DERECHO EXTRANJERO…16
APLICACIÓN DEL DERECHO EN RELACION AL TIEMPO
TEORÍA GENERAL…………………………….16
PRINCIPIO DE LA RETROACTIVIDAD……....17
PRINCIPIO DE LA IRRETROACTIVIDAD……17
SOLUCIÓN ECLÉCTICA……………..………...17
TEORÍAS SOBRE LA RETROACTIVIDAD
DE LAS LEYES………………………………..17
RÉGIMEN ARGENTINO EN LO CIVIL………19
RÉGIMEN ARGENTINO EN LO PENAL……..20
CONCLUSIÓN……………………………………22
BIBLIOGRAFÍA …………………………………23
INTRODUCCÍON
El presente trabajo está diseñado de forma práctica y sencilla para comenzar a conocer el Derecho recorriendo los conceptos y características del mismo, uso e importancia, dando una breve descripción de cada punto planteado.
Al mismo tiempo la elección de un tema especifico para esta monografía permite conocer más sobre “La aplicación del derecho”.
El estudio del Derecho implica también una determinación del mismo. Los Estudiantes de Derecho y los actuantes del mismo (Legisladores, Juristas, Jueces, El Estado, La Sociedad Civil) deben conocerlo.
Este trabajo recopila y ordena la información proveniente de la investigación realizada en base a libros de estudios, buscando destacar la importancia de la aplicación del derecho.
CAPÍTULO I: EL DERECHO
EL VOCABLO “DERECHO”: ETIMOLOGIA Y DIVERSAS SIGNIFACIONES
El origen de la palabra derecho, en nuestro idioma, al igual que “direito” en portugués, “diritto” en italiano, provienen del término latín “directum” que es el participio pasivo del verbo “dirigere” que expresa la acción de poner en línea recta, enderezar, acomodar a un pauta o norma y por tanto el participio corresponde a lo dirigido, lo recto.
En la Roma imperial, la etapa en la que brillo el derecho escribiéndose recopilaciones que sirvieron de base a todo el derecho civil, por eso estudiamos Derecho Romano, derivaba de jus, escrito también “ius”, este procedía del suscrito “yu” que simboliza atadura, ligamen, vinculación. Ulpiano, escribió “ius a isutita apellatur” es decir jus deriva de justica, definiendo a la Justicia como la constate y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo, o dar a cada cual su derecho.
Ha escrito recientemente el consagrado iusfilosofo mendocino Carlos Ignacio Massini (Libros “Filosofía del Derecho” y “El derecho y los Derechos humanos” Bs As 1994, págs. 27 y 28) que directus se opone a su contrario tortus, participio pasivo de torqueo que significaba torcer, retorcer, por lo tanto tortum se refiere a lo torcido, lo retorcido, lo desviado. Se empleo no solamente a la torcedura física, sino a la desviación ética y tortus llego a connotar aquella conducta contraria a la normatividad ética o éticamente desviada.
En resumen se puede afirmar que etimológicamente “derecho” corresponde a la significación de conducta ajustada a normas justas
Según el diccionario de nuestro idioma, es decir el de la Real Academia de la Lengua española (Diccionario de la Lengua española, Madrid 1984, tomo I, págs. 455 y 456) la voz derecho tiene más de veinte significaciones. Muchas de ellas tienen poca o ninguna relación con lo nuestro, el decimoctavo significado es quizás el más difundido entre nosotros o el que más se emplea “Conjunto de principios, preceptos y reglas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil y a cuya observancia puede ser cumplidos los individuos por la fuerza”
Esta diversidad de significaciones que tiene la palabra derecho da a lugar a que pensadores como Carlos Santiago Nino (Introducción al análisis del derecho” 2da Ed Astrea, BS AS 1984, pago 14) consideren que “derecho” es una palabra ambigua “y para colmo tiene la peor especie de ambigüedad, que es, no la mera sinónima accidental sino la constituida por el hecho de tener varios significados relacionados estrechamente entre sí”. También resulta que la expresión “derecho” es vaga. No es posible enunciar propiedades que deben estar presentes en todos los casos en que la palabra se usa. El último inconveniente que presenta “derecho en el lenguaje corriente es su “carga emotiva”. Es una palabra con significado emotivo favorable, nombrar con esta palabra un orden social implica condecorarlo con un rotulo honorifico y reunir alrededor de las actitudes de adhesión de la gente.
DEFINICIONES DE DERECHO
Partiendo de la definición dada por Ulpiano, “El derecho es el arte de lo bueno y de lo justo” cabe decir que la misma es del tipo realista, a su vez es extrínseca ya que define al Derecho por su causa final, sin pretensiones de aludir la esencia, además es una definición de tipo emotiva-persuasiva que le otorga prevalencia al elemento valorativo del derecho.
Los mismos caracteres corresponden a la definición de las Institutas “Vivir honestamente, no dañar al otro y dar a cada cual lo suyo” aunque en ella no se alude al conocimiento sino a la conducta que se estima es “lo derecho”
La definición de Santo Tomas de Aquino “El derecho es la propia cosa justa, la conducta justa” tiene como caracteres ser de tipo esencial y real, es connotativa o intencional. Cabe agregar que entendía al derecho como el objeto de la justicia porque definía esa virtud como el hábito constaste de dar a cada uno su derecho.
En cuanto a la definición de Kelsen (en la Teoría Pura del Derecho) como “El sistema de normas coactivas” es de tipo positivista, nominal y verbal.
CAPITULO II: EL DERECHO Y SU APLICACIÓN
GENERALIDADES
Hasta ahora, en esta monografía, hemos hablado del derecho y preferentemente de su etimología, diversas significaciones y definiciones. Ahora dejamos de lado su análisis pasando de la teoría a la práctica.
El derecho es conjunto de normas; pero es también cumplimiento de ellas e incumplimiento, hay creación de normas, de carácter general por las legislaturas, exista una administración del Estado que actúa adecuándose a lo normado y emitiendo normas individuales, hay órganos estatales que tienen jurisdicción y actualizan aquella normativa general o la hacen realidad, ante los conflictos jurídicos diciendo que es lo debido, el derecho del caso sometido a juicio.
La dinámica jurídica se realiza o lleva a la práctica siempre mediante hechos humanos que conllevan valoraciones. Tengamos presente esto para adentrarnos a la aplicación del derecho, que es aplicación al ordenamiento compuesto por normas coercibles pero es también creación de otras.
En el problema de la aplicación del derecho se pueden observar tres situaciones: Si la norma jurídica es clara, rige sin dudas y con precisión el caso planteado, la cuestión se resuelve aplicándola. Si la norma es oscura o se presta a confusiones, existe duda acerca de su aplicación a un caso dado o hay discrepancia entre varias normas que podría solucionar el problema resulta indispensable interpretarlas, o sea, aclarar su sentido y alcance. La tercera situación se da si no se encuentra una norma que resuelva directamente la cuestión, es necesario llenar esa “laguna” e integrar el derecho.
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