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Mejoramiento y ampliación del servicio de agua potable y saneamiento básico rural

Caxass007Apuntes22 de Julio de 2023

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INFORME N°034-2023/LMBP/SO

A

:

Ing. Yerson Marín Manosalva

REPRESENTANTE COMÚN

De

:

Ing. Luis Manuel Basauri Ponce        

JEFE DE SUPERVISIÓN DE OBRA

Asunto

:

Conformidad de Expediente Técnico de Prestación Adicional y Deductivo Vinculante de Obra N° 02

Referencia

:

OBRA: "MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO RURAL EN: EL LANCHE, EL CHOLOQUE, LIMÓN (GRANADILLA, TUYUNGA, BELLAVISTA, EL TAMBO, PENCAPATA, CALLUINCHO), GELIC, LA LUCMA, SAN ISIDRO, SHUCAMAYO, OCSHALI (CHOROPATA) - 8 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE UTCO - PROVINCIA DE CELENDÍN - DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA"; CÓDIGO ÚNICO 2449296 (1)

OFICIO N°035-2023-MDU/GM (2) 23.may.2023 (r)

CARTA N° 037-2023-CC/JETV (3) 31.may.2023 (r)

Fecha

:

Utco, 01 de junio del 2023

Por medio de la presente tengo el agrado de dirigirme a usted, para saludarlo cordialmente a fin de emitir CONFORMIDAD al Expediente Técnico de Prestación Adicional y Deductivo Vinculante de Obra N° 02 de la obra: MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO RURAL EN: EL LANCHE, EL CHOLOQUE, LIMÓN (GRANADILLA, TUYUNGA, BELLAVISTA, EL TAMBO, PENCAPATA, CALLUINCHO), GELIC, LA LUCMA, SAN ISIDRO, SHUCAMAYO, OCSHALI (CHOROPATA) - 8 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE UTCO - PROVINCIA DE CELENDÍN - DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA"; CÓDIGO ÚNICO 2449296, notificados mediante la referencia (3), incluyendo las recomendaciones del  INFORME N°014-2023-MDU/GI-HAIE de la entidad notificado mediante la referencia (2).

  1. OBJETIVO

Informar sobre la evaluación del Expediente Técnico de Prestación Adicional y Deductivo Vinculante de Obra N° 02, presentado por el contratista Consorcio Celendín con documento de la referencia (3), perteneciente a la obra de la referencia (1).

  1. DATOS GENERALES DE OBRA

Ubicación                                : Distrito de Utco, Celendín - Cajamarca

Entidad                                : Municipalidad Distrital de Utco

Contratista                        : Consorcio Celendín

Consultor                                : Consorcio Nor Andino

Sistema de contratación                : A precios unitarios

Monto contractual                        : S/ 22,190,670.49 Soles (con IGV)

Adelanto Directo                        : No Solicitado

Adelanto de Materiales                : No Solicitado

Residente de Obra                        : Ing. Juan Nicolas Caballero Tejada

Jefe de Supervisión de obra        : Ing. Luis Manuel Basauri Ponce        

Coordinador de obra                : Ing. Imer Eli Huamán Alfaro

Proceso de selección                : LP N°001-2022/MDU/CS – PRIMERA CONVOCATORIA

Otorgamiento Buena Pro                : Fecha 03-08-2022

Contrato                                 : N°01-2022-MDU (Fecha 24-08-2022)

Carta fianza de fiel cumplimiento        : N° 0011-0648-9800008795-31

- Monto                        : S/ 22´19,067.05

- Entidad financiera        : BBVA

- Vigencia hasta        : 12-08-2023

Plazo contractual        : 360 días calendario

Fecha entrega de terreno                : 12/09/2022

Inicio de obra                        : 13/09/2022

Término Contractual de obra        : 07/09/2023

Inicio de Suspensión de obra N°01        : 22/03/2023  

Fin de suspensión de obra N°01        : 20/04/2023

Reinicio de obra                        : 21/04/2023

Termino Vigente de Obra                : 07/10/2023

  1. ANTECEDENTES
  • Mediante asiento de cuaderno de obra N°270 del residente de obra de fecha 22.febr.2023 el contratista indica:

Comunico al supervisor lo siguiente

Se ha recepcionado una solicitud, de todos los sectores donde se desarrolla el proyecto, donde se indica que los beneficiarios, a través de sus autoridades requieren el cambio de puertas, ventanas, estructuras de techos y coberturas de los SSHH de las unidades básicas de saneamiento (UBS), de un material de madera considerado en el expediente técnico por un material metálico. La razón de esta solicitud es porque existe en la zona un insecto llamado USHUALLO, (de la familia de los LEPIDOPTEROS); que destruye a la madera en un tiempo de dos años (02) años. Con el objeto de darle sostenibilidad al proyecto realizo este cambio o proponga este cambio al supervisor, se gestionará con adicional con deductivo vinculante.

Según lo indicado en el asiento N°246, del residente de fecha 08.febr.2023; os beneficiarios no permitieron los trabajos en el sector el Tambo, en el alcantarillado en los tramos: BZ-15 al BZ-21 y BZ-21 al BZ-55, correspondiente a un alcantarillado condominal, lo que trae como consecuencia que las viviendas 219, 221, 224, 226 no podrán evacuar a esta alcantarilla condominal, para construirles zanjas a estas últimas zanjas de percolación o pozo de absorción según la disponibilidad del terreno del usuario. Por lo tanto, propongo realizar este cambio gestionándose a través de un adicional deductivo vinculante.

Propongo un cambio en tubería en tuberías y accesorios de fierro galvanizados indicado en el expediente técnico por tuberías de PVC. Este cambio lo realizo basado en el reglamento de la calidad del agua para consumo humano (DS N°031-2010-SA/ Ministerio de Salud) título III de la autoridad competente para a gestión de la calidad del agua para el consumo humano, articula 9.- Menciona que el ministerio de salud (MINSA) es la autoridad nacional encargada de las gestión de la calidad del agua para consumo humano y lo ejerce a través de la dirección de la dirección general de salud ambiental (DIGESA), en tanto que la autoridad a nivel regional son las direcciones regionales de salud (DIRESA), cuya función es vigilar la calidad para consumo humano y fiscalización el complimiento de las normas señaladas en el presente reglamento en su jurisdicción y de ser el caso aplicar las sanciones que correspondan por lo recomienda la utilización de materiales inocuos en las estructuras de todo el sistema de agua potable evitando materiales sensibles a la corrosión u otros que generen riesgos a la salud de la población usuaria.

Por lo que se RECOMIENDA EL CAMBIO DE MATERIAL DE ACCESORIOS FIERRO GALVANIZADO A PVC.

En la captación del sector en Tambo se indica en el expediente técnico que debemos construir una captación de ladera denominada el higuerón, sin embargo en el punto indicado según las coordenadas UTM, del expediente técnico no existe un manantial que nos permita ejecutar esta partida, muy cerca a este punto se encuentra o existen flujos difusos superficiales que nos permiten sugerir una captación por galerías filtrantes, lo que pongo al supervisor con el fin de solucionar este problema, este problema tambien gestionará a través de un adicional con deductivo vinculante.

A la fecha, el terreno donde debemos construir el PIAR del sector el Tambo aún no está saneado, esto implica que el dueño de este terreno no deja trabajar no deja trabajar porque desea pago monetario, por esta razón planteo una reubicación del terreno donde construiremos la PIAR, cuyos datos daremos oportunamente.

Mediante asiento de cuaderno de obra N°271 el supervisor de obra de fecha 22. febr.2023 indica en el punto 4, el supervisor comunica lo siguiente:

En relación a las consultas realizadas por el contratista en el asiento precedente, se informa:

1. Puertas, ventanas y coberturas de UBS: se ha verificado la presencia del insecto que deteriora la madera (ushuallo) así como de la existencia de la solicitud de los beneficiarios para cambio de madera a estructura metálica en las UBS. Siendo que dichos cambios no involucran y/o alteran el diseño de las UBS, sino más bien el del tipo de material y siendo que es de necesidad para la culminación de la obra, así como de sostenibilidad en el tiempo, de CORRESPONDER SE AUTORIZA dichos cambios los mismos que deberán ser reflejados en un adicional deductivo vinculante que no involucren mayores costos a la obra. El adicional deductivo vinculante deberá ser elaborado en concordancia con el reglamento de contrataciones del estado, debiendo ser tambien autorizado y/o aprobado por la entidad. Además, que el contratista deber iniciar el trámite respectivo acreditando como mínimo la información que indica.

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