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Acuerdo de paz, convivencia escolar y comunitaria

FelipedroedwpeEnsayo21 de Noviembre de 2023

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

ESCUELA NACIONAL “BARLOVENTO”

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN

ZONA EDUCATIVA BRIÓN – BUROZ

ACUERDO DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR

Y

COMUNITARIA

Tacarigua, Octubre 2022

Introducción

     El presente reglamente establece las directrices y las bases del funcionamiento interno del plantel en lo que respecta a los derechos y deberes a cumplir por cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa, conforme establece las disposiciones contempladas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica del Trabajo, Reglamento de la Ley del Trabajo, Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente y cualquier otra disposición que no colida con la supra mencionadas. Los acuerdos de convivencia escolar son de aplicación general y de carácter obligatorio, es necesario que sean públicas, es decir del conocimiento de todas las personas que integran el Sistema Educativo, sin embargo su ignorancia no excusa de su incumplimiento y sus disposiciones no tienen efecto retroactivo. Por consiguiente, se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar que todo el personal directivo, docente, estudiantes, padres, madres o representantes, administrativo, obrero y cualquier otro  tengan conocimiento de las mismas; a través de cualquier espacio de difusión tales como reuniones, talleres, asambleas, etc.

Presentación o Enfoque

La Escuela Nacional “Barlovento”, es una institución donde se imparten clases de Educación Básica, ubicada en el calvario, Parroquia Tacarigua del Municipio Brión del Estado Miranda. Enmarcado dentro del contexto educativo tiene como objetivo:

  • Iniciar en el niño y niña una formación integral en cuanto a hábitos, habilidades, destrezas, actitudes y valores basados en la identidad local, regional, nacional, mediante el desarrollo de sus potencialidades y el pleno ejercicio de sus derechos con personas en formación atendiendo a la diversidad e interculturalidad.
  • Que el niño y la niña desarrollen una dimensión Ético-Moral inspirada en los valores básicos para la vida y para la convivencia, en un sistema de valores dirigidos a fomentar una actitud democrática responsable, tolerante que favorezca la participación activa y solidaria en la sociedad a objeto de propiciar niveles cada vez más altos de libertad, igualdad y justicia social a través de las actividades planteadas por parte de los docentes y la incorporación de las sugerencias realizadas por los padres y representantes, niños, y niñas.
  • Cultivar en el niño y la niña una convivencia ciudadana para la conservación,  defensa y mejoramiento del ambiente y de la calidad de vida para el uso racional de los recursos naturales , mediante del desarrollo de sus destrezas y su capacidad científica, técnica, humanista y artística mediante el desarrollo de actividades proyectadas en el plan de acción del P.E.I.C; Los Proyectos de Aprendizajes y los Planes Especiales diseñados por los docentes de cada grado y de acuerdo a los contenidos reflejados en el sub sistema de Educación Básica.
  • Desarrollar e implementar, administrar, evaluar innovaciones académicas, administrativas que incrementen el rendimiento académico y optimicen la efectividad de los recursos y los valores nacionales y regionales proyectando su acción a través del desarrollo de las artes escénicas, la música, la pintura, el folklore local, regional y nacional.

CAPÍTULO ÚNICO

CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DE LOS ACUERDOS DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA.

PERSONAL DIRECTIVO

El personal directivo del plantel, debe garantizar el derecho a la educación a los niños, niñas y adolescentes; en consecuencia no podrán impedir indebidamente su inscripción o ingreso a la escuela, plantel o instituto educativo, así como su permanencia en los mismos hasta tanto no culmine el año escolar. La educación será gratuita, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico:

Son atribuciones del Director(a):

  1. Coordinar el trabajo del personal a su cargo.
  2. Intervenir en la elaboración del informe anual de actuación del personal, docente, administrativo y subalterno, en la organización, administración y supervisión de la institución.
  3. Organizar el control de la conservación de la planta física, del mobiliario y del material didáctico.
  4. Planificar las actividades del Consejo de Docentes y en otras que conlleven la participación del personal Directivo.
  5. Velar por el estricto cumplimiento de los deberes y derechos del personal del plantel.
  6. Supervisar y controlar la asistencia, solicitudes de licencias, puntualidad y desempeño del personal que labora en el plantel, así como los trámites administrativos que de ellos procedan.
  7. Supervisar y controlar todas las dependencias internas del plantel y otras que imponga la Ley.
  8. Organizar las asambleas de padres y representantes y cumplir con los compromisos que en ella se asuman.
  9. Recibir y entregar bajo minucioso control de inventario el material de enseñanza, los muebles, libros, archivos y demás pertenencias de la institución, así como la conservación de la estructura de la planta física en el que se encuentra.
  10. Celebrar periódicamente asambleas generales (padres, madres, representantes y responsables), para enterarlos del funcionamiento del plantel e instruirlos sobre la colaboración específica que deben prestar a la labor educativa.
  11. Conocer la administración e inversión del presupuesto y demás fondos de la

            Institución.

  1. Dar cumplimiento a otras disposiciones señaladas en la Ley Orgánica de Educación, en sus reglamentos y en las Normas de Convivencia establecidas por el plantel.
  1. el rendimiento de los y las estudiantes garantizando la eficiencia del proceso educativo.
  2. Promover todo tipo de acciones y campañas para la conservación de los recursos no renovables del planeta.

SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA:

Son atribuciones del Subdirector(a):

  1. Planificar los lineamientos en materia política y educativa, emanados de la Dirección y el Consejo Directivo.
  2. Elaborar el plan anual de la Subdirección conjuntamente con el Consejo Directivo y los Coordinadores de departamentos.
  3. Ajustar la planificación de acuerdo con las circunstancias (flexibilidad).
  4. Convocar a reuniones a los docentes y coordinadores de asignaturas.
  5. Asesorar a la Dirección del plantel en todo lo relacionado con la formación y capacitación profesional.
  6. Gestionar ante los organismos públicos y privados, la participación de los docentes en cursos, seminarios, talleres, entre otros relacionados con la capacitación docente que estos impartirán.
  7. Coordinar el desarrollo de la programación de las diferentes unidades, dependencias bajo su cargo para el logro de los objetivos trazados.
  8. Establecer los mecanismos de control y orientación de la labor educativa.
  9. Verificar la continuidad programática de las asignaturas.
  10. Orientar y supervisar al personal docente, administrativo y obrero.
  11. Elaborar inventario con la colaboración de los jefes del Departamento.
  12. Evaluar el plan de actividades a realizar durante el lapso académico.

COODINACIÓN:

        Las coordinaciones son el órgano asesor inmediato de los docentes. Está conformado por docente en función de  coordinador, la comunicación permanente de los miembros de esta coordinación con el equipo  directivo es imprescindible para mantener y proyectar las relaciones entre el personal docente y lograr así un desarrollo armónico y verdadero del proyecto educativo del plantel.

        El coordinador es el responsable del cumplimiento cabal de los programas de enseñanza, del orden y la disciplina del plantel, igualmente responderá por el buen cumplimiento del personal que hace vida dentro de la institución en ausencia del  directivo.

Entre sus atribuciones específicas se encuentran:

  1. Elaborar un diagnóstico inicial del plantel en aspecto pedagógico.
  2. Conocer los diferentes planes del trabajo que realizan los docentes, orientándolos en dicha elaboración y desarrollo del uso del material didáctico, la metodología empleada, la ambientación de las aulas  y supervisar en cumplimiento de las orientaciones.
  3. Velar que los docentes se responsabilicen del cumplimiento de las reglas establecidas en las normas de convivencia,  que socialicen las mismas con los estudiantes, padres,  representantes y que colaboren con el mantenimiento del plantel.
  4. Atender situaciones de entrevistas con padres y representantes informándoles acerca de las actuaciones de sus representados y llevar un registro por escrito de dichas entrevistas.  
  5. Colaborar con el proceso de inscripción inicial, organizar a los estudiantes en las diferentes secciones y elaborar las nóminas correspondientes.

PERSONAL ADMINISTRATIVO:

Son atribuciones del Personal Administrativo:

  1. Gestionar ante el Director y Subdirector(a) Administrativo(a) las proposiciones de ingreso, traslados, jubilaciones, remociones y otro tipo de movimiento de personal.
  2. Apoyar las oficinas de secretaría y el personal docente.
  3. Elaborar las cartas, memos a las diferentes dependencias tanto internas como externas.
  4. Llevar el control de todo el personal administrativo y obrero.
  5. Tener al día los expedientes y archivos del área de su competencia.

PERSONAL DOCENTE:

Son atribuciones del Docente:

  1. Investigar e innovar en cuanto a estrategias para el aprendizaje.
  2. Colaborar en la elaboración del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y Normas de Convivencia del plantel.
  3. Elaborar y entregar la programación por lapsos de los contenidos a impartir al Departamento de Evaluación.
  4. Organizar actividades extraescolares en beneficio de los estudiantes.
  5. Participar en todo lo relacionado a la institución como su gestión y organización.
  6. Elaborar y entregar resultados de las evaluaciones  según cronograma establecido por el Departamento de Evaluación.
  7. Orientar y asesorar a la comunidad educativa en la cual ejerce sus actividades docentes.
  8. Velar por el buen uso y mantenimiento de los ambientes de trabajo y de materiales, así como de los equipos utilizados en el cumplimiento de sus labores.
  9. Participar y opinar en los consejos de secciones y Consejo Docente, a fin de proponer, sugerir, o aprobar las medidas necesarias para estimular y mejorar

FUNCIONES DEL CONSEJO DOCENTE:

  1. El Consejo docente es un organismo de carácter técnico constituido por el personal directivo, personal docente de aula y especialistas, es además el cuerpo consultivo de la dirección que estudia los problemas pedagógicos del plantel que sea sometidas a su consideración.
  2.  El consejo docente se reunirá ordinariamente una vez por cada lapso y una vez al inicio de cada mes para planificar las actividades correspondientes o extraordinariamente cuando el proceso lo exija. Sera presidido por el o la directora(a) del plantel, las coordinadoras o el personal que asigne la director(a) para dicha reunión y se realizará el acta correspondiente.
  3. El Consejo de Docente se organizara en comisiones permanentes de trabajo, de acuerdo a la normativa legal vigente y a las necesidades del plantel.
  4. Los Consejos de Docentes se realizará en horario acorde donde no afecte el desarrollo y planificación del docente y se dedique el tiempo necesario a los aspectos técnicos docentes u otras formas de interés.
  5. Las resoluciones aprobadas o las decisiones tomadas en un consejo de docentes son obligatorio cumplimiento por toda la comunidad escolar.

PERSONAL OBRERO:

Son atribuciones del personal Obrero:

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