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CONSTRUCCIÓN DE ORACIONES


Enviado por   •  17 de Abril de 2017  •  Apuntes  •  2.258 Palabras (10 Páginas)  •  351 Visitas

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26 de agosto de 2016

CONSTRUCCIÓN DE ORACIONES

La construcción de oraciones simples requiere que sus textos tengan claridad, concisión y sencillez, además de las reglas de puntuación para comprender dicha estructura.

Es de suma importancia recurrir a la gramática para la construcción de oraciones. La gramática es la disciplina que estudia sistemáticamente las clases de palabras, las combinaciones posibles entre ellas, las relaciones entre esas expresiones y los significados que puedan atribuirse dicha vinculación nos permite conocer cómo se transmite el mensaje.

29 de agosto de 2016

INTERPRETACIÓN

Inter (espacio en medio) pretar (hablar o explicar)

Jurídico

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Bueno        <---------------------------------------Interpretar -------------------------------------->    Malo

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Realidad

La interpretación en su concepto amplio.

El diccionario de la lengua española define el concepto interpretar como el modo de explicar o declarar el sentido de una cosa principalmente cuando exista oscuridad.

Por otro lado, el concepto interpretación procede del latín interpretatio-onis como acción y efecto que deriva entre la voz latina inter que significa en medio y la griega praso que significa hacer o acabar y que a través de los tiempos se le fue dando el sentido de aclarar los sucesos de la realidad para hacerlos ajustables al derecho.  La interpretación se puede distinguir desde dos aspectos:

  1. Aspecto restringido. En el texto claro no se debe interpretar nada  porque son textos descriptivos.
  2. Aspecto amplio. Se requiere de algunos otros métodos para interpretar el sentido de la oración.

31 de agosto de 2016

?.....

Por la ambigüedad propia del lenguaje natural

Existen dos grandes grupos de argumentos de la interpretación:

  1. Argumentos de primer grado. Son aquellos métodos o técnicas interpretativas que justifican una interpretación.
  2. Argumentos de segundo grado. Son reglas de prioridad que sirven para justificar el uso de los argumentos interpretativos de primer grado.

Juan-7 años-Golpeó en la cabeza y se desmayó-se va asu casa

Ana y Luis (papás)-Irving Dr. Lo revisa-Dr. Yamier necesita transfusión sanguínea y tiene un derrame-los papás dicen que no-firmar una responsiva

Testigos de jehová

5 septiembre 2016

Artículo 133 CPEUM supra lex, ley suprema.

Principios

Directrices

Normas

La tesis de Ronald Dworkin sostiene que el derecho tiene tantas reglas y normas, las normas son los principios y las directrices, mientras que las reglas son aquellas órdenes que mandan a hacer algo de manera concreta.

A las reglas Dworkin les llama NORMAS.

Las directrices son un simple estándar que propone un objetivo político social o económico para una comunidad.

Un principio es un estándar que ha de ser observado no porque tenga un propósito económico o social,  sino porque busca objetivos basados en la justicia, la equidad y otros convencionalismos morales.

Los principios jurídicos están por encima de las directrices y las reglas y son primordiales para una correcta interpretación jurídica. (P/e. Pro persona. DDHH, legalidad,

Según Prieto Sanchis se denomina principio general de derecho a las normas fundamentales generales e indeterminadas (pero determinables) que están en la base del sistema y dotan de sentido a la norma jurídica que los compone.

Estos principios pueden ser:

  1. Explícitos,  porque están expresamente reconocidos en alguna norma jurídica (p/e: art. 14 CPEUM)
  2. Implícitos,  que se obtiene por deducción a partir de una norma general o principio del que se desprende o por inducción a partir de varias normas se llega al principio que está en la base de todas ellas.
  3. Extrasistematicos, no expresos en ninguna norma o ningún principio sino que derivan de la filosofía moral o política que inspira el ordenamiento legal.

26 septiembre 2016

INTERPRETACIÓN

Interpretación de la norma

Razón

  1. Interpretación auténtica. Es realizado por el mismo legislador a través de una ley interpretativa especial o por ejemplo en materia penal a través de reglas de interpretación contenidas en la misma ley.

  1. Interpretación correctora. Trata de entender el significado con el que se hicieron los enunciados interpretativos.  No usa el significado literal, le da gran importancia a la argumentación e intención legislativa.
  1. Interpretación de la ratio legis. Es la razón de la ley o legal, es el fundamento que debe inspirar el contenido de la norma jurídica que contiene el derecho positivo.
  1. Interpretación doctrinal. La realizarlos autores en sus estudios y trabajos de investigación sobre el ordenamiento jurídico positivo, esta debe ser basada en el método científico.
  1. Interpretación evolutiva o social. Encontrar y adecuar el significado que la legislación pueda recibir en el momento que deba ser interpretada, el cual puede llegar a ser opuesto al originalmente dado por el legislador.
  1. Interpretación extensiva. Ampliar el significado de un texto para aclarar otro que no están comprendidos exactamente en el sentido de la norma.
  1. Interpretación formal.
  1. Interpretación judicial. Actividad del juez de interpretar la norma al momento de dictar sus resoluciones. Ejercicio de la actividad jurisdiccional.
  1. Interpretación constitucional. Presupone que toda interpretación implementada conforme a los criterios y teorías ya desarrollados, se somete a lo establecido en la constitución.
  1. Interpretación psicológica
  1. Interpretación restrictiva. Se restringe el alcance de la norma apartando de ella determinados supuestos que se encontraban incluidos de acuerdo con la redacción de su texto, pero que se entiende que no fue voluntad del legislador comprenderlos dentro de este.
  1. Interpretación teleológica. Consiste en investigar el fin (telos) práctico de las normas particulares independientemente de la intención del legislador cuando ha regulado expresamente la relación y cuando la regulación falta el criterio para la determinación de la norma mejor adaptada al caso se deduce de las necesidades mismas de la observación objetiva y positiva de los hechos, de la ponderación concreta de las exigencias reales y de las utilidades prácticas.
  1. Interpretación oficial

Argumentación jurídica

Conjunto de razonamientos jurídicos que sirven para demostrar , convencer y justificar pretensiones así como refutar tesis con el uso de la lingüística.

Sthepen Toulmin (1954-1956). Todo argumento tiene un pretensión

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