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Construccion Civil


Enviado por   •  8 de Agosto de 2011  •  9.965 Palabras (40 Páginas)  •  3.220 Visitas

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DIFUNDIENDO LEGISLACION LABORAL

“REGIMEN DE CONSTRUCCION CIVIL”

ELABORADO POR: Mstr. Eliana Vásquez Ordoñez

Sub-Directora (e) de Defensa Gratuita y

Asesoría del Trabajador

BASE LEGAL:

D.S. del 02 de Marzo de 1945; R.M.No.5-DT del 05 de Enero de 1956., Trabajadores Excluidos D.Leg.No.727 (Art.12 y 4), CTS D.S. del 5 de Diciembre de l946; D.S. del 20 de Diciembre de l948 y D.S. del 2 de Noviembre de l953; Solidaridad y Garantía en Beneficios Sociales del dueño de la Obra y Contratistas y Sub-Contratistas. R.S.No.18-54-DT; R.S.No.27-58-DT.; Planillas de Pago D.S.No.001-98-TR (Art.17); Día del Trabajador en Construcción Civil, Ley No.24324, CONAFOVICER, R.S.No.266-77-VC-1100.

¿QUIENES SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN ESTE REGIMEN?

Los trabajadores que laboren en obras que superen las 50 UIT.

¿QUIÉNES SE ENCUENTRAN EXCLUIDOS DE ESTE REGIMEN?

Los Trabajadores que prestan servicios en empresas constructoras de Inversión Limitada, así como a aquellos que prestan servicios para personas naturales que construyen directamente sus viviendas y que en ambos casos no excedan de 50 UIT.

¿CUÁLES SON LAS CATEGORIAS?

 Operarios: Albañiles,, carpinteros, ferreros, pintores, electricistas, gasfiteros, plomeros, almaceneros, choferes, maquinistas, Operarios mezcladores, concreteros, wincheros, mecánicos y los dedicados a la construcción de puentes, caminos y túneles.

 Ayudantes u Oficiales: Son los que se desempeñan como ayudantes de los Operarios.

 Peones: Son los trabajadores no calificados, ocupados en diversas tareas de la Construcción.

¿CUAL ES LA CARACTERISTICA DE LA ACTIVIDAD DE CONSTRUCCION CIVIL?

Son dos:

• La Eventualidad: Se explica por el carácter temporal de la relación laboral en construcción civil. Relación que no es permanente pues dura mientras se ejecuta la labor, para la cual se ha contratado al trabajador o mientras dure la ejecución de la obra.

• Ubicación Relativa: No existe un lugar fijo y permanente donde se realicen las labores de construcción, ellas se desenvuelven en diversos sitios, sin fijeza absoluta.

¿CUAL ES LA JORNADA EN TURNO CORRIDO DIURNO DEL TRABAJADOR DE CONSTRUCCION CIVIL?

Los trabajadores que laboren en turnos corridos diurnos, percibirán 8 horas y media de salario por 8 horas de labor, con un descanso intermedio de media hora para que el trabajador pueda tomar sus alimentos.

¿CUAL ES LA JORNADA EN TURNO NOCTURNO DEL TRABAJADOR DE CONSTRUCCION CIVIL?

Los trabajadores que laboren en el turno de noche, es decir a partir de las 11 p.m., percibirán una bonificación del 20% sobre el jornal básico previsto para la jornada de 8 horas diarias. Debe entenderse que los trabajadores que laboran en este turno no percibirán la media hora de salario señalado para el turno diurno, en la medida en que el refrigerio se tomará dentro de la jornada nocturna.

¿TIENE DERECHO AL 100% DE SOBRETASA LOS TRABAJADORES QUE LABOREN EN DOS MEDIAS JORNADAS?

Si, los trabajadores que laboren en horario partido, es decir, dos medias jornadas y labore durante 2 horas intermedias tendrá derecho al pago de esa sobretasa.

¿QUE SUCEDE SI LA LABOR EXTRAORDINARIA NO SUPERA LAS 10 HORAS, INCLUIDA LA LABOR ORDINARIA, Y SIEMPRE QUE SEA ANTES DE LAS 11.00 P.M.?

Serán remuneradas con una sobretasa del 60% sobre el valor de la hora ordinaria.

¿QUE SUCEDE SI LA LABOR EXTRAORDINARIA SUPERA LAS 10 HORAS, INCLUIDA LA LABOR ORDINARIA Y ANTES DE LAS 11.00 P.M.?

Serán remuneradas con una sobretasa del 100% sobre el valor de la hora ordinaria.

¿QUE SUCEDE REMUNERATIVAMENTE CUANDO LA JORNADA EXTRAORDINARIA SE REALICE POSTERIOR A LAS 11.00 P.M.?

Esta remuneración será fijada en forma convencional Punto 3 del Acta del 02.06.46, aprobada por el D.S. del 14-07-46 y punto 1 del Pacto del 08-05-51.

¿EN QUE CONSISTE LA BONIFICACION UNIFICADA DE CONSTRUCCION (BUC)?

Consiste en reunir dentro de ella a varias otras bonificaciones:

• La bonificación por desgaste de herramientas y ropa.

• La bonificación por alimentación.

• La bonificación por agua potable (esta bonificación reemplaza a la compensación por falta de agua potable y se otorga con prescindencia del hecho de que la obra cuente o no con agua potable).

• La bonificación por especialización (sólo la percibe el operario).

¿ESTA REMUNERACION ES EQUIVALENTE A UN DETERMINADO PORCENTAJE DE LA REMUNERACION?

Si, por lo tanto su cálculo no incluye el jornal dominical ni la bonificación por movilidad. Se otorga por día laborado y no es computable para el pago de gratificaciones ordinarias, asignación escolar, compensación vacacional, compensación por tiempo de servicios, ni participación en las utilidades.

¿CUALES SON LOS PORCENTAJES VIGENTES DEL BUC?

• Operario : 32% del jornal básico. (S/.10.75)

• Oficial : 30% del jornal básico. (S/. 9.02)

• Peòn : 30% del jornal básico. (S/. 8.05)

R.S.D.No.193-91-ISD-NEC (21-06-91) y Convenio Colectivo del período 95-96.

¿LA MOVILIDAD ES UNA BONIFICACION?

Si,

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