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Cuestionario De Derecho


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2012  •  621 Palabras (3 Páginas)  •  346 Visitas

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Cuestionario Laboral

1.- Art. 184.- Del desahucio.- Desahucio es el aviso con el que una de las partes hace saber a la

otra que su voluntad es la de dar por terminado el contrato.

En los contratos a plazo fijo, cuya duración no podrá exceder de dos años no renovables, su

terminación deberá notificarse cuando menos con treinta días de anticipación, y de no hacerlo

así, se convertirá en contrato por tiempo indefinido.

El desahucio se notificará en la forma prevista en el capítulo "De la Competencia y del

Procedimiento".

2.- Art. 264.- Tiempo de contratación.- El servicio doméstico puede contratarse por tiempo determinado; pero no podrá estipularse que durará más de un año, a menos que conste estipulación por escrito, autorizada por el Juez del Trabajo. Ni aún en esta forma, podrá durar más de tres años.

3.- Art. 635.- Prescripción de las acciones provenientes de actos o contratos.- Las acciones

provenientes de los actos y contratos de trabajo prescriben en tres años, contados desde la

terminación de la relación laboral, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos que siguen y en

los demás casos de prescripción de corto tiempo, especialmente contemplados en este Código.

4.- La edad mínima para contratar debe ser de 15 años la jornada es de 60 horas al día 30 horas a la semana, se les puede afiliar al IESS y este debe ser un contrato por escrito, el art 65 numeral 2 del código de la niñez , las personas que han cumplido 15 años además tienen capacidad legal para celebrar contratos según las demas del presente código.

5.-

6.- Art. 58.- Funciones de confianza.- Para los efectos de la remuneración, no se considerará

como trabajo suplementario el realizado en horas que excedan de la jornada ordinaria, cuando

los empleados tuvieren funciones de confianza y dirección, esto es el trabajo de quienes, en

cualquier forma, representen al empleador o hagan sus veces; el de los agentes viajeros, de

seguros, de comercio como vendedores y compradores, siempre que no estén sujetos a

horario fijo; y el de los guardianes o porteros residentes, siempre que exista contrato escrito

ante

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