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Enviado por   •  23 de Octubre de 2012  •  2.300 Palabras (10 Páginas)  •  457 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL CONTENIDO

El Derecho procesal civil es el conjunto de normas jurídicas que regulan: las relaciones jurídicas de los sujetos procesales y la aplicación de leyes civiles a los casos concretos de controversia de las partes.

Derecho Procesal Civil Contenido

by ERMO QUISBERT

1. Codificación del Derecho civil boliviano. La Codificación del Derecho civil boliviano es la agrupación orgánica, sistemática y completa de normas jurídicas civiles no permitiendo contradicción ni ambigüedad y, teniendo ellas una vida unitaria.

2. Fuentes del Derecho Procesal boliviano. La más antigua fuente del derecho procesal en Bolivia se remonta al año 1792 con la publicación de un Prontuario De Procedimiento que vino a llamarse "Cuadernillo de Gutiérrez", por el nombre de su autor que era Francisco Gutiérrez de Escobar.

3. Derecho procesal civil. El Derecho procesal civil es el conjunto de normas jurídicas que regulan: las relaciones jurídicas de los sujetos procesales y la aplicación de leyes civiles a los casos concretos de controversia de las partes.

4. Principios del proceso civil. Principios del proceso civil. Son reglas básicas que guían el funcionamiento coherente y equilibrado del proceso civil.

5. Clasificación de procesos y procedimientos civiles. Enumeración de procesos civiles. Enumeración de procedimientos civiles. Clasificación según el CPC.

6. Procesos De Conocimiento. Aquellos que resuelven una controversia sometida voluntariamente por las partes al órgano jurisdiccional y que se tramita sobre hechos dudosos y derechos contrapuestos, que debe resolver el juez declarando a quien compete el derecho cuestionado o la cosa litigiosa.

7. Procesos De Ejecución. Aquellos que sin resolver de fondo el asunto tienen por objeto el pago inmediato de una deuda o el cumplimiento de una obligación sobre la base de un título ejecutivo con fuerza de ejecutorio.

8. Leyes para la administración de justicia y el procedimiento. El Poder Judicial se ejerce por la CSJ, el TC, las CSD, los tribunales y los jueces de instancia y demás tribunales y jueces de ley, siguiendo siempre el marco que dicta la Constitución.

9. La jurisdicción. Es función pública, realizada por órganos competentes del Estado, con las formas requeridas por ley, en virtud de la cual, por acto de juicio, se determina el derecho de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones con autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución.

10. La competencia. La competencia es la facultad que tiene el tribunal o juez para ejercer la jurisdicción en un asunto determinado (LOJ, 26).

11. Inhibitoria y Declinatoria. La inhibitoria consiste en librar una Orden Instruida a un juez para que se abstenga de conocer e iniciar el proceso, y remita el expediente y diligencias practicadas al tribunal competente. La declinatoria es un procedimiento que se presenta como excepción previa a través del cual se pide al juez que deje de conocer el caso porque se cree que no se tiene competencia.

12. La recusación y la excusa. Recusación. Facultad que la ley concede a las partes en un proceso, para reclamar que un juez, o uno o varios miembros del tribunal colegiado, se aparten del conocimiento de un determinado asunto, por considerar que pueda parcializarse o que ha prejuzgado. La excusa es la abstención de los jueces de conocer un proceso cuando en ellos concurran algunas de las circunstancias legales que hacen dudosa su imparcialidad.

13. Actos y hechos procesales. Actos procesales. Aquellos emanados de las partes, de los agentes de la jurisdicción o aún de terceros ligados al proceso, susceptibles de crear, modificar o extinguir efectos procesales. Hechos procesales. Son los acaecimientos de la vida que proyectan sus efectos sobre el proceso.

14. Sujetos y partes procesales. Sujetos procesales. Son personas capaces legalmente para poder participar en una relación procesal de un proceso, ya sea como parte esencial o accesoria. Es decir son sujetos procesales: • las partes (actor y demandado), • el juez, • los auxiliares, • los peritos, • los interventores, • los martilleros, • los fiscales. Web PC

15. La representación. La representación (del latín “cognitor”, ‘el que realiza algo por otro’) Institución jurídica por el cual una persona actúa expresando su voluntad pero en interés de otra persona (el representado) recayendo los efectos jurídicos de esa actuación directa y retroactivamente en el círculo jurídico del representado. Web PC

16. Actos procesales de tribunal. Actos procesales de Tribunal. Son actos jurídicos emanados de los agentes de jurisdicción plasmados en resoluciones (jueces) o de sus colaboradores (secretarios, actuarios, auxiliares) susceptibles de crear, modificar o extinguir efectos procesales. Web PC

17. Medidas precautorias civiles. Medidas Precautorias Civiles. Acto procesal de tribunal plasmado en una providencia (CC, 1552 inc 2) que tiende a mantener una situación jurídica, una expectativa o un derecho futuro con el fin de asegurar el resultado de la acción (CPC, 164, 196 inc. 3, 548, 167, 173 párrafo II, 176 párrafo I; LAC, 45). Por ejemplo, el secuestro (CPC, 156). Son Medidas Precautorias Civiles (CPC, 156): 1. la Anotación preventiva 2. el Embargo preventivo 3. el Secuestro Judicial 4. la Intervención Judicial 5. la Prohibición de celebrar contratos sobre bienes determinados. Web PC

18. La conciliación. Conciliación. Acto procesal consistente en que las partes recíproca y voluntariamente ceden sus pretensiones a insinuación de un tercero, adquiriendo el acta de conciliación carácter de cosa juzgada material y finalizando extraordinariamente el proceso o suspendiendo su inicio. Web PC

19. La demanda. Acto de procedimiento, oral o escrito, que materializa un poder jurídico (la acción), un derecho real o ilusorio (la pretensión) y una petición del actor como correspondiente a ese derecho procurando la iniciación del proceso (CPC, 327, 50, 67, 101, 92, 328, 33; CPT, 117; CC, 1449). La demanda es la presentación de esos tres aspectos -acción, pretensión y petición-ante órgano jurisdiccional. Web PC

20. La Citación. Acto por en cual un juez o tribunal ordena la comparecencia de una persona: sea parte, testigo, perito o cualquier otro tercero, para realizar o presenciar una diligencia que afecte a un proceso judicial.Web PC

21. La Notificación y El Emplazamiento. Acto de tribunal a efecto de hacer saber, a un litigante o parte interesada en un proceso, cualquiera que sea su índole, o

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