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¿Cuál es el concepto y el contenido del Derecho Civil?


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2017  •  Exámen  •  10.844 Palabras (44 Páginas)  •  308 Visitas

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¿Cuál es el concepto y el contenido del Derecho Civil?

Es la rama del derecho privado constituida por el conjunto de normas que se refieren a las relaciones jurídicas de la vida ordinaria del ser humano, en su categoría de persona.

Es la rama del derecho privado que tiene por objeto regular los atributos de las personas físicas y morales y organizar jurídicamente a la familia y al patrimonio, determinando las relaciones de orden económico entre los particulares que no tengan contenido mercantil, agrario u obrero (Rojina Villegas).

El derecho civil es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre personas y de éstas con los bienes y la familia.

Durante la Edad Media, el Derecho Civil se identifica con la totalidad del sistema jurídico romano, como derecho laico y concentrado en las compilaciones de Justiniano conocidas como Corpus juris Civilis diferenciándose respecto del derecho eclesiástico aplicable a la Iglesia y sus súbditos.

Es una rama del derecho privado que regula las relaciones entre particulares (patrimonio, familia y sucesiones).

El contenido del derecho Civil se divide en derecho civil patrimonial y extrapatrimonial.

  • El Derecho Civil patrimonial tiene valor pecuniario (con valor económico), acatando los derechos reales y derechos personales, por ejemplo, la declaración unilateral de la voluntad, testamento, sentencia judicial, acto administrativo, enriquecimiento sin causa, etc.
  • En el Derecho Civil extrapatrimonial no tiene valor pecuniario. Aquí se tratan los derechos de las personas y el derecho de familia (e ven los vínculos entre personas, por ejemplo, con el matrimonio, concubinato, adopciones, etc.).

Proporciona un concepto de persona y menciona su raíz etimológica

El término viene del latín Personare (mascara), las cuales se utilizaban para la interpretación de obras teatrales, dándole un signo distintivo a cada personaje.

El término jurídico de persona, se considera como el sujeto o ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. Esta figura sirve para establecer los rasgos que legalmente nos hacen variar unos de otros, y las consecuencias jurídicas que implica esta diferenciación. Puede tratarse de un ser humano o una ficción jurídica a la que el derecho le reconoce su existencia.

¿Qué es una persona capaz?

Es una persona mayor de edad que pueda autogobernarse y emitir libremente su voluntad y aquellos que la ley señale como tal

¿Qué es una persona incapaz?

De acuerdo con el art. 450 del Código Civil CDMX son incapaces

  • Los menores de edad (incapacidad natural)
  • Los adultos que no puedan ejercer libremente su voluntad (incapacidad legal)

Proporciona el concepto de persona física y persona jurídica o moral

Persona física Se identifica como cualquier individuo o ser humano hombre o mujer, sin tomar en consideración sus cualidades individuales, actividad o posición económica, con capacidad para contraer derechos y obligaciones. Es todo ser capaz de derechos y obligaciones, por personalidad ha de entenderse la aptitud para ser sujeto, activo o pasivo, de relaciones jurídicas.

Personas jurídico colectiva  Es la organización que el derecho reconoce como un ente, una ficción jurídica que materialmente no existe, sino que es un instrumento del derecho al que reconoce capacidad para contraer derechos y obligaciones en cumplimiento de fines para los cuales fue creada y que los ejerce a través de personas físicas creadas para exteriorizar su voluntad, pero es diferente a ellos mismos.

Identifica las diferencias respecto al nacimiento y muerte de las personas físicas respecto de las morales y menciona algunos ejemplos.

NACIMIENTO

MUERTE

EJEMPLOS

PERSONA FÍSICA

La Ley General de Salud 389bis menciona que se considera vivo cuando de3sprendido del seno materno da una señal de vida (respirar, frecuencia cardiaca, pulsación, movimiento muscular)

Una vez concebido puede ser heredero, legatario o donatario (sujeto a viabilidad)

Inicia su personalidad cuando desprendido del seno materno vive 24 horas o es presentado ante el registro civil para su inscripción (Artículo 337 Código Civil CDMX)

La ley General de Salud 343 y 344 señala que basta que un órgano vital deje de funcionar

Los efectos jurídicos de la muerte son 3:

  • Concluye la personalidad
  • Se extinguen los derechos y obligaciones que requieren para su existencia la vida del ser humano
  • Se abre la sucesión hereditaria

Hombres, mujeres

PERSONA JURÍDICO COLECTIVA

De acuerdo a la función que se va a desempeñar, la ley que los regule y a la materia

Carácter público  Cuando cumplen los requisitos establecidos por la ley

Carácter privado  Requieren inscribirse en el Registro Público del Comercio

Con su disolución, que la ley aplicable en cada caso puede prever diversas causas.

En general, es por un acuerdo de voluntades de sus integrantes; liquidar el patrimonio social; y haber cubierto el pasivo (sus obligaciones económicas), o por revocación de su autorización.

Carácter público  Estados, entidades federativas, municipios, CDMX, organismos descentralizados, fundaciones

Carácter privado  Sindicatos, partidos políticas, asociaciones

¿Cuál es la importancia de la viabilidad?

Viabilidad jurídica es que sobrevivas 24 horas desprendido del seno materno o bien seas presentado vivo ante el Registro Civil. Es importante porque desde el momento de la concepción tienes derecho a ser heredero, legatario o donatario, pero para que se cumplan estos derechos debes ser viable.

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