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Derechos Humanos

maikantony17 de Julio de 2014

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UNIDAD CURRICULAR: DERECHOS HUMANOS

DERECHOS HUMANOS

Los Derechos Humanos son aquellas libertades, facultades, relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de etnia, color, sexo, idioma, religión, orientación sexual, opinión política o de cualquier otra índole, origen social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

De manera general se tiene que los Derechos Humanos, son derechos inalienables, y pertenecientes a todos los seres humanos; necesarios para asegurar la libertad y el mantenimiento de una calidad de vida digna, y están garantizados a todas las personas en todo momento y lugar.

Para que estos derechos humanos puedan realizarse, y reconocerse dentro de un ámbito real, el Estado, debe encontrarse en democracia, en todos los sistemas donde no existe base de democracia, existen diversas situaciones donde falta equidad y justicia.

ORIGEN Y EVOLUCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

Uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, que contiene una declaración del rey persa Ciro el Grande tras su conquista de Babilonia en 539 a. C. Fue descubierto en 1879 y la ONU lo tradujo en 1971 a todos sus idiomas oficiales. Puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del rey justo, cuyo primer ejemplo conocido es el rey Urukagina, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C., y donde cabe destacar también Hammurabi de Babilonia y su famoso Código, que data del siglo XVIII a. C. No obstante, el Cilindro de Ciro presenta características novedosas, especialmente en lo relativo a la religión. Ha sido valorado positivamente por su sentido humanista e incluso se lo ha descrito como la primera declaración de derechos humanos.

Existe un importante debate sobre el origen cultural de los derechos humanos. Generalmente se considera que tienen su raíz en la cultura occidental, también se hacen referencias a proclamaciones como la Carta de Mandén, de 1222, declaración fundacional del Imperio de Malí. No obstante, existió el término derecho hasta que se produjeron contactos con la cultura occidental, ya que estas culturas han puesto tradicionalmente el acento en los deberes. Existen también quienes consideran que Occidente no ha creado la idea ni el concepto de derechos humanos, aunque sí una manera concreta de sistematizarlos, también la visión occidental-capitalista de los derechos humanos, centrada en los derechos civiles y políticos, a la del bloque socialista, que privilegiaba los derechos económicos, sociales y culturales y la satisfacción de las necesidades humanas básicas.

Fruto de esta influencia, los derechos reconocidos tienen vocación de traspasar las fronteras nacionales y se consideran "derechos de los hombres". Aunque el primer uso constatado de la expresión "derechos del hombre" (iura hominum) se produjo ya en 1537, en un texto de Volmerus titulado Historia diplomática rerum ataviarum,

Entre los antecedentes de los Derechos Humanos, es posible destacar la enunciación de derechos naturales por parte de la Escuela de Salamanca, en España del siglo XVI, iniciada por Francisco de Vitoria y otros, que según ellos trataron, tanto lo relativo al cuerpo (Derecho a la Vida, a la Propiedad) como al espíritu (Derecho a la Libertad de Pensamiento, a la Dignidad).

Más tarde, ya avanzada la modernidad, aparecen los Derechos Humanos en la política Inglesa, como una exigencia burguesa de tener alguna clase de seguridad contra los abusos de la Corona y limitado por el poder de los monarcas sobre sus ciudadanos, crearon una serie de principios sobre los cuales los monarcas no podían legislar o decidir.

Durante los siglos XVII y XVIII, diversos filósofos europeos desarrollaron el concepto de derechos naturales. De entre ellos cabe destacar a John Locke y Voltaire, cuyas ideas fueron muy importantes para el desarrollo de la noción moderna de derechos. Los derechos naturales, para Locke, no dependían de la ciudadanía ni las leyes de un Estado, ni estaban necesariamente limitadas a un grupo étnico, cultural o religioso en particular.

Las distintas culminaciones de la Revolución Americana y la Revolución francesa, hitos fundamentales del efectivo paso a la Edad Contemporánea, representan el fin o el principio, según se quiera ver, del complejo proceso de reconocimiento o creación de los derechos humanos.

Así, pasando por otras revoluciones, como la Revolución Rusa y Mexicana, hasta nuestros días y sobre todo, desde el nacimiento de la Asamblea de la ONU, el término se ha universalizado con la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre del año 1948, y con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos del año 1966, alcanzando una gran importancia en la cultura jurídica internacional.

Si las revoluciones son el revulsivo que da lugar a la gestación de los derechos humanos, las diversas actas de nacimiento lo constituyen las declaraciones de derechos de las colonias estado unidenses. La primera declaración de derechos del hombre de la época moderna es la Declaración de Derechos de Virginia, escrita por George Mason y proclamada por la Convención de Virginia el 12 de junio de 1776. En gran medida influyó a Thomas Jefferson para la declaración de derechos humanos que se contiene en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, de 4 de julio de 1776. Ambos textos influyen en la francesa Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.

La noción de derechos humanos recogida en las Declaraciones, basada en la ideología burguesa del individualismo filosófico y el liberalismo económico, no experimentó grandes cambios a lo largo del siglo siguiente hasta que, ante las pésimas condiciones de vida de las masas obreras, surgieron movimientos sindicales y luchas obreras que articularon sus demandas en forma de nuevos derechos que pretendían dar solución a ciertos problemas sociales a través de la intervención del Estado, como la garantía del derecho de huelga, unas condiciones mínimas de trabajo o la prohibición o regulación del trabajo infantil. Desde la primera mitad del siglo XIX se había desarrollado una nueva filosofía social que se manifestó en el socialismo utópico, el reformismo de la Escuela Católica Social, la socialdemocracia, el anarquismo o el socialismo científico. En esta nueva fase fueron muy importantes la Revolución rusa o la Revolución mexicana.

Además de las luchas obreras, a lo largo de la edad contemporánea los movimientos por el sufragio femenino consiguieron para muchas mujeres el derecho de voto; los movimientos de liberación nacional consiguieron librarse del dominio de las potencias coloniales; y triunfaron diversas reivindicaciones de minorías raciales o religiosas oprimidas, movimientos por los derechos civiles o movimientos de políticas de identidad que defienden la autodeterminación cultural de colectivos humanos.

El siglo XX se caracterizó también por la incorporación de los derechos humanos al Derecho internacional. Si a principios del siglo se afirmaba que esta rama del Derecho sólo regulaba las relaciones entre Estados y excluía a los particulares, el cambio fue rápido y tras la Segunda Guerra Mundial, según Juan Antonio Carrillo Salcedo, los derechos humanos podían considerarse un principio constitucional del Derecho internacional contemporáneo. Es especialmente desde el nacimiento de la Organización de las Naciones Unidas, en1945, cuando el concepto de derechos humanos se ha universalizado y alcanzado la gran importancia que tiene en la cultura jurídica internacional. El 10 de diciembre de 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), como respuesta a los horrores de la Segunda Guerra Mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional

La expresión de "derechos humanos", es de origen reciente. Su formula de inspiración francesa, "derechos del hombre", se remonta a las últimas décadas del siglo XVIII. Pero la idea de una ley o legislador que define y protege los derechos de los hombres es muy antigua.

FUNDAMENTACION FILOSOFICA-JURIDICA DE LOS DERECHOS HUMANOS:

"Fundamentos Filosóficos de los Derechos Humanos":

 LA DIGNIDAD DE LA PERSONA HUMANA: La dignidad es un valor inherente a todo ser humano que no termina por una decisión de otro ser humano. La dignidad no sólo hay que verla desde el punto de vista de vivir diario, sino también desde esos dos elementos básicos que le sostienen que son la libertad y la igualdad; ambas, obtenidas con el nacimiento en el lugar y bajo cualquier circunstancia favorable o desfavorable. Esa libertad intrínseca hace que la persona pueda pensar y tener conciencia real de lo que le rodea, a pesar de las influencias naturales, económicas, sociales y políticas.

Esta "igualdad", es algo que va más allá, es aquel elemento de la Dignidad que cada ser humano posee por el hecho de ser concebido, igualdad de vivir, igualdad de desarrollarse interiormente, igualdad de poder pensar con libertad, igualdad de saber que es lo bueno y que es lo malo.

 EL JUSNATURALISMO: LOS DERECHOS NATURALES COMO INHERENTES A LA NATURALEZA HUMANA: El punto de discusión es la manera en que

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