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EL SINDICALISMO EN MEXICO

cessantonioInforme17 de Junio de 2012

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EL SINDICALISMO EN MEXICO

Definicion de sindicatos: proviene del Griego SUNDIKE que se utilizaba para hablar de un grupo de personas con interés común. Esta palabra pasó al francés y se le llamó Sindicato. En la Edad media se utilizaba la palabra de Unión ó Gremio (mutualismo). En México aparece en 1917.

Artículo 364.- Los sindicatos deberán constituirse con veinte trabajadores en servicio activo o con tres patrones, por lo menos. Para la determinación del número mínimo de trabajadores, se tomarán en consideración aquellos cuya relación de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del período comprendido entre los treinta días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro del sindicato y la en que se otorgue éste.

Artículo 365.- Los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local, a cuyo efecto remitirán por duplicado.

I.Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva;

II. Una lista con el número, nombres y domicilios de sus miembros y con el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios;

III. Copia autorizada de los estatutos; y

IV. Copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva.

Los documentos a que se refieren las fracciones anteriores serán autorizados por el Secretario General, el de Organización y el de Actas, salvo lo dispuesto en los estatutos.

El sindicalismo es un fenómeno que surge como consecuencia inmediata a los abusos patronales ocurridos a partir de la revolución industrial, tal como los tradeunions o sindicatos, en los cuales la unión de trabajadores sirve como protección de sus derechos.

En México en la época del porfiriato se apoyó la industrialización e introducción de infraestructura en el país, además de apoyar las inversiones e industria extranjera, ello sin la protección adecuada a los trabajadores y obreros, a los cuales incluso se les prohibia el derecho de coalición, pues trataba de beneficiar lo más posible las inversiones y a la parte patronal.

Una consecuencia del desequilibrio obrero-patronal fueron las huelgas ilegales de Cananea y Río Blanco, las cuales fueron violentamente reprimidas, siendo antecedentes claros de la revolución mexicana, y del artículo 123 de la Constitución de 1917.

En 1912 se fundó el Departamento del Trabajo y se estableció la Casa del Obrero Mundial que en 1913 conmemoró en el país, el 1o. de mayo, exigiendo la jornada de ocho horas y el descanso dominical. La Casa del Obrero Mundial procuraba agrupar a los trabajadores en sindicatos y asociaciones profesionales, aunque muchos de sus métodos de lucha consistieron en el sabotaje, el boicot y la huelga general.

Finalmente en el artículo 123 constitucional se plasma el derecho al trabajo y a las coaliciones de trabajadores. Además se convoca a un Congreso Obrero para formar una organización nacional de trabajadores, el cual se reunió el 1 de mayo de 1918 del cual surgió la CROM Confederación Regional Obrera Mexicana.

Posteriormente con el cambio interno de la CROM la creación del PNR se expidió la Ley Federal del trabajo en 1931, la cual es eminentemente proteccionista con la parte trabajadora.

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