El seguro social
shamante2Ensayo29 de Noviembre de 2013
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El articulo 6o de la nueva LSS
Conforme lo establece el articulo 6º de la nueva LSS, el seguro social comprende dos regímenes:
• El régimen obligatorio, y
• El régimen voluntario.
Comenzaremos nuestro análisis manifestando que la LSS de 1943 solo contemplaba el régimen obligatorio, comprendiendo en el mismo tres ramos de seguros específicos: 1) el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; 2) el seguro de enfermedades no profesionales y maternidad; y 3) el seguro de invalidez, vejes, cesantía y muerte. Dicha legislación no establecía un régimen voluntario de aseguramiento.
La LSS de 1973, amplio la cobertura de las ramas de seguro que integran el régimen obligatorio y creo las prestaciones sociales. En un principio, el régimen obligatorio contemplaba cuatro ramos de seguro, a saber: 1) el seguro de riesgos de trabajo; 2) el de enfermedades generales y maternidad; 3) el de invalidez, vejes, cesantía en edad avanzada y muerte; y 4) el de guardería para hijos de aseguradas. Luego a partir del 1º de mayo de 1992, se creo un nuevo ramo de seguro para el régimen de seguro obligatorio: 5) el seguro de retiro, el que por cierto formara parte del SAR -conjuntamente con la aportación patronal al INFONAVIT-. Lo realmente trascendente de esta legislación en vigor hasta el 30 de junio de 1997, es el haber incorporado al fin un régimen voluntario, conformado por dos grupos específicos: a) el seguro facultativo y b) los seguros adicionales, mismos que sumados a otras figuras jurídicas tales como la incorporación voluntaria y la propia continuación voluntaria en el régimen obligatorio, constituyeron un enorme avance en los esquemas de protección al rebasar a los trabajadores y su núcleo familiar, tradicionales recipientario del servicio, extendiéndose a otros sectores sociales antaño desprotegidos no necesariamente vinculados a una relación laboral. Mención especial merece la inserción, en dicha legislación ahora derogada, de los llamados servicios o prestaciones sociales, que por 23 años fueron de ejercicio discrecional por parte del IMSS y hoy son obligatorios.
En la actualidad, la LSS de 1997 conserva de alguna manera, en su régimen obligatorio, los mismos seguros ya contemplados en la legislación anterior, aunque reordenados y distribuidos, amen de contar con un sofisticado sistema de financiamiento; el legislador federal sostuvo también el régimen voluntario y las prestaciones sociales.
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