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INFORME PROYECTO DOBLE VESTIDURA DEL JUEZ ORDINARIO EN EL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA


Enviado por   •  16 de Marzo de 2017  •  Apuntes  •  649 Palabras (3 Páginas)  •  208 Visitas

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INFORME PROYECTO DOBLE VESTIDURA DEL JUEZ ORDINARIO EN EL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA

Estudiante: Edward Guzmán Barceló

Consultorio Jurídico 2.

Asesora: Mónica Vásquez.

Muestra: Jueces Civiles del Circuito.

Instrumento: Entrevista Semiestructurada.

Jueces Asignados: Benjamín Herrera (segundo civil del circuito), Edgardo Vizcaíno (juez décimo civil del circuito), Candelaria O’ byrne (jueza quinta civil de circuito).

De los jueces asignado solo fue posible practicar la instrumento metodológico a los jueces Benjamín Herrera y Edgardo Vizcaíno; lamentablemente la Dra. Candelaria O’ byrne no fue posible contactarla pese a que asistí en repetidas ocasiones y horarios para poder realizarle la entrevista, dejándole la carta emitida por la Prof. Mónica  Vásquez, el consentimiento informado e incluso las preguntas que se le formularían. Con la poca colaboración de los dependientes en el despacho, no pude conocer su rostro si quiera y la excusa repetidamente fue que se encontraba en audiencia.

Aspectos Generales: Los jueces se muestran acordes con el discurso constitucional debido a la constitucionalizacion del derecho y al NO desconocimiento de los mecanismos jurídicos que emanan de la constitución. Advierten como positivo, la función constitucional que ejercen al tutelar derechos fundamentales y reconocen la dualidad de su cargo.

Reconocen que falta mucho por hacer y que el proceso civil no es ajeno al panorama constitucional pese a ser técnico y formalista.

Aspectos específicos: Generalmente los jueces no identifican hechos no litigiosos como espacios para aplicar los postulados constitucionales en los procesos ordinarios. Tales como los autos de sustanciación, la etapa de conciliación o las notificaciones.

Frente al precedente judicial y la excepción de inconstitucionalidad reconocen que son absolutamente legítimos y perfectamente aplicables no obstante en la generalidad de los casos no son comúnmente utilizados en el proceso ordinario.    

Frente a la visión del juez ordinario tienen criterios contrapuestos por un lado advierten que si existe un nuevo juez por el cambio de estructura estatal y el ejercicio de sus funciones pero por otro lado establecen que no existió un cambio en el juez ordinario sino que se buscó una integralidad.  

Coinciden en que el principio de legalidad y seguridad fue trastocado en la modificación constitucional y el que el tanto el proceso como la función del juez en su doble vestidura obedecen a la aplicación correlativa de estos principios y demás postulados constitucionales.  

Conclusiones: En este espacio me parece que condiciona la aplicación de la entrevista, el lugar donde se realizó: los despachos de los jueces. Sería interesante observar que tanto muta o cambia el discurso del juez si la entrevista es realizada en un escenario académico.

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