Los principios de contabilidad
rembrandtgDocumentos de Investigación28 de Octubre de 2014
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qqPrincipios de contabilidad
Los principios de contabilidad se establecieron para ser aplicados a la denominada Contabilidad Financiera y, por extensión, se suelen aplicar también a la Contabilidad Administrativa. La Contabilidad Financiera proporciona información, principalmente a usuarios externos: accionistas, acreedores, futuros inversores, organismos estatales, etc. La Contabilidad Administrativa está mas dirigida a ofrecer información a usuarios internos: Gerentes, Ejecutivos, Consejo de Administración o Dirección, etc.
La Contabilidad Administrativa se planeará de acuerdo a las necesidades o preferencias de cada empresa, la cual podrá imponer sus propias regulaciones. La Contabilidad Financiera deberá planearse para proporcionar información cuantitativa, comparativa y confiable a los usuarios externos. Esto no significa que la información que ambas ofrecen sea diferente, sino que la Contabilidad Financiera deberá atenerse a los conceptos y Principios de Contabilidad generalmente aceptados en cuanto a la presentación de informes y normas a seguir. Caben destacar los siguientes:
a) Principio de asociación de ingresos y egresos.
b) Principio de consistencia.
c) Principio de revelación suficiente.
d) Principio de importancia relativa.
e) Principio de objetividad.
f) Principio de conservatismo.
g) Principio de costo.
PRINCIPIO DE ASOCIACIÓN DE INGRESOS Y EGRESOS
El Concepto de periocidad está unido al principio de asociación de ingresos y egresos el cual establece: "todo ingreso debe estar asociado a un determinado período, el cual ha de soportar los costos causados o que pudieran causar esos ingresos".
El principio de asociación de ingresos y egresos, considero representa uno de los más importantes retos con los que se enfrenta el Contador. No es fácil determinar el período en el cual ha de considerarse como ganado un determinado ingreso y los costos cargables al mismo. ¿Una venta a futuro ha de considerarse como un ingreso ganado en el período en que se realizó la venta o en el que aquella se materializa? ¿Cómo considerar los gastos que una venta pueda ocasionar en más de un período? Por ejemplo: los gastos ocasionados en las ventas a largo plazo. En los contratos de construcción o la prestación de un servicio que barca más de un período contable y en donde los ingresos se obtienen una vez terminada la obra o prestado el servicio, ¿en qué período deben considerarse ganados los correspondientes ingresos cuando existe una razonable duda en cuanto a su cobrabilidad? ¿Cómo repartir los costos cuando la parte más relevante de los mismos se ocasionan bien al comenzar o al finalizar la obra o servicios prestado que abarquen más de un período contable?, etc.
En teoría es fácil reglamentar en forma general, pero en la práctica hay muchas divergencias debido a la variedad de las operaciones comerciales que producen ingresos. Determinar los ingresos ganados en un período y cargar en forma equitativa sus correspondientes costos, le repito, es uno de los retos más difíciles a resolver por el Contador, no sólo a los efectos de la Contabilidad tanto Administrativa como Financiera, sino también para efectos del Impuesto sobre la Renta. Seguidamente le transcribo algunas reglas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos en relación a este problema.
"…La necesidad de conocer los resultados de operación y la situación financiera de la entidad, que tiene una existencia continua, obliga a dividir su vida en períodos convencionales. Las operaciones y eventos, así como sus efectos derivados susceptibles de cuantificarse, se identifican con el período en que ocurren; por lo tanto, cualquier información contable debe indicar claramente el período a que se refiere. En términos generales, los costos y gastos deben identificarse con el ingreso que originaron, independientemente de la fecha en que se paguen.
Los cortes convencionales en la vida de la entidad bajo el concepto realización – período contable presupone entre otras cosas:
a) Que se consideren como activo y pasivo los pagos anticipados y los anticipos recibidos por concepto de servicios a proporcionar, así como la utilidad no devengada, reconociendo que se han realizado como tales, pero no devengado como un gasto o ingreso, respectivamente; lo cual origina que en el Balance General se muestren las transacciones que, clasificables como activo, pasivo, capital y resultados acumulados, se han realizado pero que se van a consumar o liquidar en lapsos contables futuros o sus beneficios afectan más de un período y, que en el estado de resultados que incluyan estrictamente los ingresos, costos y gastos que se han devengado.
b) Que al realizarse un ingreso se reconozca paralelamente los gastos que le sean inherentes, independientemente de cuando se liquiden.
c) Que se establezcan estimaciones y provisiones que aún cuando se desconozca su monto exacto y se calculen aproximadamente se refieran a ciertos costos y gastos devengados.
d) Que se ajusten en períodos contables subsecuentes las diferencias entre las cifras definitivas y las contabilizadas previamente.
INGRESOS
Básicamente existen dos criterios en cuanto a la determinación del período en el cual los ingresos han de considerarse como ganados. Los que consideran que se debe aplicar:
a) Base de las ventas y producción terminada.
b) Base de los cobros realizados.
a) Base de las ventas y producción terminada
Los que mantienen el criterio de aplicar la base de las ventas manifiestan que "los ingresos han de considerarse ganados en el período en el cual se realicen las ventas, sin tener presente si estos han sido o no cobrados", lo cual no tiene importancia puesto que las cuentas por cobrar que estén razonablemente asegurado su cobro representan un activo tan o más seguro que el de los inventarios que se han vendido. Ahora bien, surge el problema de considerar cuando una venta ha sido realizada, puesto que la mayoría de las legislaciones mercantiles consideran que la venta no queda perfeccionada hasta que no se traspase el título de propiedad.
Para los efectos prácticos de los registros contables, se suele considerar la venta como realizada cuando se factura la mercancía y el comprador la canceló o se comprometió a cancelarla habiéndola o no recibido, puesto que en ocasiones la entrega puede hacerse en distintas fechas posteriores a la de la venta, de acuerdo a las condiciones contratadas.
El considerar los ingresos como ganados en el período en el cual se realiza la venta es lo generalmente aceptado para la venta de bienes muebles terminados. Por ejemplo: si es necesario fabricar artículos vendidos y su producción abarca más de un período contable, no será posible traspasar el título de propiedad antes de haber finalizado la producción del artículo. Por otra parte, y bajo el punto de vista contable no serí ajusto considerar como ingresos ganados las ventas de un período y cargar una parte o todos los costos de esas ventas a períodos futuros. En estos casos, tanto en la venta de bienes muebles o inmuebles que han de ser fabricados y que abarquen más de un período contable será necesario considerar los ingresos ganados y sus correspondientes costos en base a la producción realizada en cada período.
b) Base de los cobros realizados
En algunas ventas, especialmente en las denominadas ventas a largo plazo, no se traspasa el título de propiedad al comprador hasta que éste no haya cancelado el bien adquirido o el pago está condicionado a que el vendedor cumpla determinados compromisos posteriores a la fecha de venta. Existen diferentes tipo de empresas en las cuales se concede al comprador el derecho de devolución de los bienes comprados. Un caso muy común es el de la venta de libros en donde algunas editoriales tienen un porcentaje de devoluciones de más del 50% de las ventas facturadas. Para estos casos no parece lógico que se consideren las ventas como ingresos ganados en el período en que aquellas se realizaron y tiene validez contable el no considerar los ingresos como ganados hasta que no hayan sido cobrados.
Hasta el año 1,990, nuestra Ley de Impuesto sobre la Renta, permite diferir los ingresos a los períodos en los cuales se cobren para:
a) Las construcciones que duren más de un año.
b) Ventas de inmuebles a plazos.
c) Los intereses obtenidos por instituciones de crédito y bancos cuyos productos sean recuperables en varias anualidades.
EGRESOS
Todo ingreso ha ocasionado u ocasionará un egreso, un costo, excepto las denominadas donaciones incondicionales, pero me atrevo a decirle que, aún estas, tarde o temprano ocasionarán un costo. Los egresos de una empresa, inexorablemente tienden a convertirse en costos y, en consecuencia, para la contabilidad egreso es sinónimo de costo.
Como sabemos, el principio de asociación de ingresos y egresos establece que todo ingreso declarado en un período debe soportar sus correspondientes costos. De no cumplirse este principio se estarían falseando las ganancias o pérdidas declaradas en ese período. Determinar esos costos, no es una tarea tan sencilla como pareciera a primera vista. Es de suma importancia distinguir entre:
a) Costos capitalizables.
b) Costos consumidos o expirados.
a) Costos capitalizables
Consideramos costos capitalizables a todo desembolso o compromiso de pago no consumido en su totalidad en el período en el cual se realizó, Se registrarán de acuerdo con el principio del costo y se distribuirán racionalmente entre el período actual, si se hubieran consumido una parte de los mismos
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