Regimen IETU IVA ISR
cozzmo29 de Marzo de 2012
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RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES
Es un régimen opcional. En él pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, siempre que estimen que sus ingresos o ventas no serán mayores a $2’000,000.00 al año, además de no expedir facturas ni desglosar el IVA.
Ciclo tributario del pequeño contribuyente
1.- Lo primero que debe hacer es inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes , lo cual debe hacer ante la entidad federativa donde obtenga sus ingresos; si este servicio aún no se proporciona en la entidad, entonces debe hacerlo en el SAT.
2.- Una vez inscrito, debe expedir comprobantes simplificados (notas de venta) a sus clientes por las ventas de sus bienes o servicios.
3.- Debe presentar declaraciones de pago por los ingresos que obtiene y en algunos casos, declaraciones informativas.
4.- Debe solicitar facturas cuando compre bienes nuevos para uso en el negocio y su precio sea superior a $2,000.00. Estos comprobantes deben contener el IVA desglosado y demás requisitos fiscales.
REQUISITOS FISCALES DE LOS COMPROBANTES
• Tener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y la clave de Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.
• Tener impreso el número de folio.
• El lugar y la fecha de expedición.
• La clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona a favor de quien se expidan.
• La cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
• El valor unitario y el importe total, señalado en número o letra, así como (en su caso) el impuesto al valor agregado por separado.
• Tratándose de ventas de primera mano de mercancías importadas, el comprobante que se expida debe contener el número y fecha del documento aduanero y la aduana por la que se introdujo dicha mercancía al país.
• Contener impresa la Cédula de Identificación Fiscal.
• La leyenda "La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales".
• Datos del impresor (Registro Federal de Contribuyentes, nombre, domicilio y, en su caso, teléfono, así como la fecha en la que se incluyó la autorización del impresor para imprimir comprobantes fiscales en la página del SAT).
• La fecha de impresión.
• La vigencia de dos años.
• La leyenda "Número de aprobación del Sistema de Control de Impresores Autorizados", seguida del número generado por el sistema.
5.- En caso de tener trabajadores, cumplir con otras obligaciones.
6.- Debe mantener actualizados sus datos en el RFC, para ello es necesario que informe de cualquier cambio relacionado con su nombre, domicilio y obligaciones fiscales que haya manifestado al inscribirse. Esto incluye, el aviso de suspensión de actividades, cuando deje de percibir ingresos por esta o cualquier otra actividad.
MOTIVOS POR LOS QUE NO SE PUEDE SEGUIR EN EL RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES:
• Cuando las ventas o ingresos del año anterior sean mayores a $2’000,000.00.
• Cuando vendan mercancía de procedencia extranjera y sus ventas por esta mercancía representen más de 30% del total de sus ingresos, pueden continuar en este régimen si pagan el impuesto conforme al siguiente procedimiento: de clic aquí.
• Cuando se den a los clientes uno o más comprobantes de los conocidos como facturas, con IVA desglosado.
• Cuando reciban el pago mediante traspasos de cuentas bancarias o casas de bolsa.
• En este régimen no se pueden llevar a cabo las actividades a través de fideicomisos.
Los contribuyentes que ya no reúnan los requisitos para estar en este régimen, pagarán el impuesto conforme al régimen de actividades empresariales y profesionales o conforme al régimen intermedio, según corresponda de acuerdo con sus ingresos.
SERVICIOS PROFESIONALES
Ciclo tributario del prestador de servicios
1.- Debe inscribirse o darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
2.- Ya inscrito, debe expedir comprobantes a sus clientes por el monto de los honorarios que haya cobrado, y debe solicitarlos a sus proveedores por los gastos que haga relacionados con sus servicios.
3.- Desde el inicio de sus operaciones debe llevar la contabilidad de los ingresos que obtiene y de los gastos e inversiones que hace indispensables para prestar sus servicios.
4.- Quienes se encuentran inscritos en este régimen deben presentar declaraciones de pago y declaraciones informativas anuales.
5.- Deben cumplir con las demás obligaciones del régimen.
¿Cuáles son?
OBLIGACIONES FISCALES POR CUMPLIR
Además de las obligaciones que ya mencionamos (llevar contabilidad, expedir comprobantes, presentar declaraciones), debe cumplir las siguientes obligaciones:
1. Efectuar retenciones. Se deberá efectuar la retención del impuesto sobre la renta cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de subsidio para el empleo.
2. Expedir constancias. Si tiene trabajadores deberá entregarles constancia de las percepciones que les pague y las retenciones que les efectúe, a más tardar en el mes de enero de cada año.
3. Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la opción de deducción inmediata.
4. Calcular en la declaración anual del impuesto sobre la renta, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
Debe mantener actualizados sus datos en el RFC, para ello es necesario que informe cualquier cambio relacionado con su nombre, domicilio y obligaciones fiscales que haya manifestado al inscribirse. Esto incluye, el aviso de suspensión de actividades, cuando deje de percibir ingresos por esta o cualquier actividad.
ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Es el régimen conforme al cual pueden pagar sus impuestos todas las personas físicas que se dediquen a las siguientes actividades:
• Comerciales;
• Industriales, que consisten en la extracción, conservación o transformación de materias primas, acabado de productos y la elaboración de satisfactores;
• Agrícolas, que comprenden las actividades de siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
• Ganaderas, que son las consistentes en la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, así como la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
• De pesca, que incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce, incluida la acuacultura, así como la captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial;
• Silvícolas, que son las de cultivo de los bosques o montes, así como la cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos y la primera enajenación de sus productos, que no hayan sido objeto de transformación industrial.
Las personas que realizan actividades antes citadas tienen la obligación de pagar los siguientes impuestos:
o Impuesto sobre la renta
o Impuesto al valor agregado
o Impuesto al activo
o También pueden ser sujetos del impuesto especial sobre producción y servicios.
Además, en este régimen deben cumplirse otras obligaciones como se describen a continuación.
OBLIGACIONES FISCALES POR CUMPLIR
Una vez que usted decida tributar en este régimen, deberá cumplir las siguientes obligaciones:
1. Inscribirse o darse de alta.
2. Llevar contabilidad y conservarla.
3. Expedir y conservar comprobantes fiscales por las actividades que realice.
4. Presentar declaraciones informativas.
5. Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
6. Presentar declaración anual.
7. Expedir constancias. Si tiene trabajadores deberá entregarles constancia de las percepciones que les pague y las retenciones que les efectúe, a más tardar en el mes de enero de cada año.
8. Efectuar retenciones. Se deberá efectuar la retención del impuesto sobre la renta cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de crédito al salario.
9. Otras obligaciones:
•Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la opción de deducción inmediata.
•Calcular en la declaración anual del impuesto sobre la renta, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
TARIFA PARA EL PAGO PROVISIONAL DICIEMBRE 2011 PARA LAS PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES
Límite inferior $ Límite superior $ Cuota fija $ Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior %
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