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Enviado por   •  22 de Junio de 2015  •  Síntesis  •  416 Palabras (2 Páginas)  •  267 Visitas

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FECHA: 25 de abril de 2014.

Antecedentes

El día 24 de abril de 2014, se celebró la reunión programada en el pleno del Consejo de la Judicatura de Chimborazo, en presencia de la Dra. Liliana Andrade, Directora del Consejo de la Judicatura de Chimborazo, Dr. Rodrigo Miranda Juez de la Sala de lo Civil de Chimborazo, Mags. Julián Guamán Gualli Coordinador Regional de la Zona 3 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Egr. Julián Peñaherrera Asesor Jurídico de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del MREMH, Ab. Dennys Dávila Asesor Jurídico de la Coordinación Regional Zona 3, en la cual se trató 3 temas puntuales.

1.- Registro de firmas de notarios y notarias de la provincia de Chimborazo en el sistema esigex.

2.- Ingreso al trámite de homologación de sentencias dictadas en el extranjero.

3.- Tramites de exhortos activos.

En cuanto al registro de firmas de las distintas notarias en la provincia de Chimborazo, se llegó al acuerdo con la Dra. Liliana Andrade que, el Ab. Dennys Dávila Asesor Jurídico de la Coordinación Regional Zona 3, hará llegar el documento con el formato para el registro de firmas de las notarías y notarios de la provincia de Chimborazo para que se encuentren habilitados en el sistema Esigex, al Ab. Byron Coronado, Asesor del Consejo de la Judicatura de Chimborazo el mismo que procederá a llenar los formularios con las distintas firmas y registros de las notarías habilitadas en la provincia de Chimborazo.

Con respecto al ingreso a trámite de homologaciones de sentencias dictadas en el exterior, se mantuvo dialogo con el Dr. Rodrigo Miranda el mismo que, manifestó que en la provincia de Chimborazo no existía problema con respecto al admitir a trámite la homologación de sentencias, ya no se ha exigido que sea a través del Exequátur, o canal diplomático sino más bien que la sentencia se encuentre legalizada o apostillada, sin embargo la facultad de homologar o no la sentencia, es facultad imperativa del Juez

de la Sala Especializada que conozca el caso en particular, los mismos que analizaran la estructura jurídica y si cumple o no la normativa legal interna.

En cuanto al trámite exhortos activos, se observó que no existe mayor problema, sin embargo el Consejo de la Judicatura de Chimborazo, se comprometió a comunicar a los diferentes Jueces que manejan estos casos con la finalidad de que, si hubiera algún problema se puedan comunicar directamente con la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del MREMH, y subsanar cualquier inconveniente.

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