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Análisis “Democracia y Legitimación del Poder en Rousseau”- José Rubio Carracedo.


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2016  •  Tareas  •  429 Palabras (2 Páginas)  •  159 Visitas

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Análisis “Democracia y Legitimación del Poder en Rousseau”- José Rubio Carracedo.

Daniela Bautista, Akever Amáris, María Ávila, Karen Bonilla.

Ciencia Política y Gobierno.

¿Con qué argumento Rousseau rechaza las teorías propuestas sobre el origen de la obligación política basadas en la fuerza o la astucia, en qué consiste su constructismo y qué diferencia presenta el punto de partida con Hobbes y Locke?

Jean-Jacques Rousseau con sus ilustres pensamientos republicanos fue de gran influencia dentro de la acontecida Revolución Francesa. Sus renombrados escritos de “El Contrato social” y “Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres” son pieza fundamental para entender las relaciones entre gobernantes y gobernados, en ellos quedaron plasmadas sus opiniones referentes a la naturaleza humana, el tipo de pacto, la ley natural que lo llevó a este, y la legitimidad de tal acuerdo.

A continuación se presentará una interpretación que busca la resolución de las preguntas planteadas basándonos en el análisis de José Rubio Carracedo hacia Rousseau.

Origen de la Obligación Política.

Rousseau rechaza las teorías propuestas sobre el origen de la obligación política basadas en la fuerza o la astucia en cuanto propone una teoría basada en la legitimación dada por convenciones entre los seres humanos partiendo de una no pretendida sociabilidad natural de lo que se deriva el hecho de que “si nadie tiene autoridad natural sobre sus semejantes solo quedan convenciones como base de toda autoridad legítima entre los hombres”

Modelo Constructivo Normativo.

El constructivismo de Rousseau combina tres constructos normativos, el hombre natural, el hombre civilizado y el contrato social.

• El hombre natural, como un ser libre, racional e igual, pero, en el estado natural se guiaba de principios anteriores a la razón: los de auto-conservación y compasión, de los cuales se derivan todas las reglas del derecho natural. En este estado de naturaleza los hombres son felices, pero aun así es insuficiente, por esto, el hombre pasa –con ayuda de su contexto- al estado de sociedad, al cual puede llegar por dos modelos:

1. El del hombre civilizado o contrato social abusivo, en el cual se legitiman y culminan las grandes desigualdades sociales.

2. El del contrato social o modelo positivo, en el cual se establecen “los principios del derecho político” con el objetivo de proteger la libertad y la igualdad.

Diferenciación de Rousseau con Hobbes y Locke.

Los antecedentes, el desarrollo y la legitimidad del pacto entre hombres poseen distintas perspectivas. Entre los autores que nos competen mencionar, encontramos a Hobbes, Locke, y Rousseau, siendo este último de nuestro principal interés. De este modo encontramos las concepciones de cada uno y las planteamos en el siguiente cuadro.

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